MINEROS

Zone des éléments

Référentiel

Code

Note(s) sur la portée et contenu

    Note(s) sur la source

      Note(s) d'affichage

        Termes hiérarchiques

        MINEROS

          Termes équivalents

          MINEROS

            Termes associés

            MINEROS

              2 Description archivistique résultats pour MINEROS

              2 résultats directement liés Exclure les termes spécifiques
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0073-PX_0073_0082 · Pièce · 02/07/1809
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Bernardo Camino, natural del Reino de Galicia, de estado soltero, de 35 años de edad, hijo del difunto don Domingo Camino y de doña Silvestra, ignora si existe, otorga su testamento y declara por bienes 2 000 pesos que posee su apoderado en la Ciudad de México; 4 500 pesos, pertenecientes a un cargamento que se encuentra depositado en poder de don Jorge de la Serna, del comercio de Veracruz; 1 500 que le debe don Antonio Quintana, minero de Angangueo; 260 pesos que existen en su baúl, además de algunos artículos de oro y una libranza de 300 pesos; y 23 pesos que deben cobrarse en México, parte de su sueldo o pensión; manifiesta que se cobre todo y ordena se satisfagan algunos dineros y artículos a las personas que se mencionan en la escritura. Nombra Albacea a don Tomás Murphy, del comercio de Veracruz, a quien da poder y facultad para que entre en sus bienes; y del remanente que quedare de sus bienes, instituye como única y universal heredera a su madre, en caso de que sobreviva, y por falta de ésta, lo hereden por iguales partes, sus tres hermanos, residentes en el Reino de Galicia.

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0096 · Pièce · 11/06/1806
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Iruela Zamora, Capitán de Milicias Provinciales de Valladolid y Minero Matriculado del Real de Angangeo, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Juan Antonio Domínguez, vecino de la Capital de México, para que en su representación reciba de los almacenes reales de dicha corte, los 12 quintales de azogue que le están asignados para beneficio de los metales de la enunciada mina, y otorgue en razón de ello la correspondiente escritura, dando la fianza competente, y en lo sucesivo solicite las porciones de azogue necesarios para el beneficio de metales, por lo que se le da éste con libre administración.