Antonio Muñoz de Anaya, Alférez de la Compañía Española de Milicia y Batallón de esta villa de Córdoba, y Antonio Martínez Romano, vecino de ella, registran y manifiestan una mina nueva nombrada el Patriarca San José descubierta en el pago de esta villa, a distancia de una legua poco más o menos, en la barranca que nombran del río Seco, de la parte del norte, en el camino que va de esta villa para el trapiche que tiene el dicho Alférez Antonio Muñoz; que corre la veta de norte a sur y la boca que tiene abierta mira al poniente y la labor que se va siguiendo va para el norte; y según las fundiciones que se han hecho de los metales de dicha mina, manifiesta tener plata con demostración de oro, y por tal la manifiestan con cata, catillas o minas hondas o lo que se encuentre en ella. Asimismo, piden y suplican al alcalde mayor de esta villa que habiendo presentado dicho escrito se sirva de haber por manifestada y registrada dicha mina; se sirva a declararlos como de su propiedad y primacía, para darles posesión de ella y que se les guarden los fueros y privilegios que deben gozar; y que este escrito se protocolice en el archivo de esta villa y se les dé testimonio de ello, para que sirva de título y guarda de su derecho.
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Juan Morera de Silva, Escribano del Rey Nuestro Señor y vecino de esta villa de Córdoba, que al presente asiste al despacho del oficio público de ella como teniente de don Miguel de Orue, su propietario, y a los negocios tocantes y pertenecientes a su Muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento por nombramiento de sus capitulares; certifica y da fe que el día de hoy don Pedro García de Rivas, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, presentó ante el Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa, un escrito con una declaración y resguardo hecha por el Capitán don Mateo de Garay, con la cuenta y trato que ha tenido con el susodicho, la cual pidió se le protocolice en el oficio público de su cargo. Cuya declaración y resguardo dice: “Hare buenos a don Pedro García de Rivas los pesos que dijere Bartolomé Fernández Feijo importaron 75 arrobas de azúcar que recibió de cuenta de don Pedro de Rivas del Capitán Rebollar y me abonó a mí su procedido. San Miguel y julio 11 de 1710. No pasó por 12 pesos que el dicho don Pedro dijo le dio el Bachiller don Francisco Neira, que dijo ser para el relator y pertenecen a los 7 000 y más pesos que tiene demandados contra la hacienda de Barras y mina de Rayas de los avíos y paga de operarios, la paga de un vale de 471 pesos 4 reales y medio que tengo hechos a favor de don Pedro y don José de Rivas, suplemento que recibió entre otros de mayor cantidad que pague por los avíos de dicha hacienda”. “Es de mi cargo la paga de 215 pesos 3 reales y medio que recaen de cuenta de del dicho don Pedro, de don Santiago de Villanueva para seguir el artículo de que se mandase pagar, y dicha cantidad se ha de hacer fenecido o declarado que no se me debe por la Real Audiencia, y los 471 pesos 4 reales y medio juntos con 210 pesos que de mi orden pagó Marcos García Ballesteros a don Fernando de Velasco, Duque de Estrada, los 200 pertenecen a don Lorenzo Cano que es quien lo recibió y si este no los pagare cobrado el crédito de la mina y sus haciendas me pertenece a mí la paga de todo”. Entre otras declaraciones que se mencionan.
Sem títuloSantiago Mariano Rendón y Parra y Antonio Alcaide, vecinos del pueblo de Tatatila, como compañeros del descubrimiento de la mina que denunciaron en este Juzgado, a cuyo laborío se ha opuesto el dueño de otra mina que esta beneficiando en la barranca de Zomelahuacán; motivo por el cual otorgan poder a Juan Julián Hernández, vecino del paraje de la Vigas, para que en sus nombres los defiendan en el litis que ha iniciado en esta cabecera, pareciendo en juicio y en defensa del derecho que le asiste como primeros denunciantes de dicha mina nombrada San Nicolás.
Don Baltazar Ruiz Fernández, vecino y residente en la Villa de Xalapa, otorga poder y licencia a doña Ramona Moreno, su legítima mujer, residente actualmente en la Ciudad de México, para que en su ausencia trate y contrate en cualesquiera géneros y personas, y en especial para que pueda comprar una mina que se halla denunciada en la jurisdicción del Real del Monte, nombrada San Pedro y San Pablo, y para que en su virtud pueda aceptar y otorgar las escrituras públicas o privadas que por bien tuviere.
Don Patricio Santos, vecino del pueblo de Jalapa, con poder general de don Miguel Gómez, dueño de una mina en esta jurisdicción, quien dijo tener demanda con don Francisco Ortiz Zapata por una cantidad de 260 pesos, el cual huyó a los Reinos de Casilla, por lo que declara que don Manuel Bárcena Bezanilla, ha acordado cubrir los adeudos dejados por el citado Zapata, a cambio de la fianza de hipoteca a la mina de don Miguel Gómez
Don Miguel José de la Paz y Arellano, vecino del pueblo de Jalapa, dueño de la mina de oro llamada “San Miguel de las Cuevas”, situada en las barrancas de Zomelahuacan, jurisdicción de Jalacingo, otorga poder especial a don José Antonio de Santander, vecino del mismo pueblo, para que suministre la cantidad necesaria de azogue para beneficio de dicha mina.
Don Miguel José de la Paz y Arellano, don Manuel José de Esquivel y don José de Vargas Machuca, vecinos del pueblo de Zomelahuacan, jurisdicción de Jalacingo, dueños de la mina llamada “San Miguel de las Cuevas”, declaran que fueron despojados de la misma por don Francisco Sánchez, por lo que nombran a Antonio Vázquez Ruiz, vecino del pueblo de Jalapa, como su defensor, acordando retirar de su consorcio a don Matías de la Mora Castañeda, a quien le otorgaron la cuarta parte de los productos de la mina, parte que pasa a manos de don Antonio Vázquez Ruiz.
Don Miguel Gómez, vecino del pueblo de Jalapa y dueño de las minas de cobre nombradas Nuestra Señora de Guadalupe y San Miguel de las Cuevas en las barrancas de Zomelahuacán, términos de la Jurisdicción de Jalacingo, de una parte y de la otra don José Beltrán, del Comercio de España, ambos otorgan que hacen compañía de dichas minas, por el tiempo de 5 años, señalando el segundo que pondrá el principal en reales y efectos que se requiere para su habilitación y Miguel pondrá las minas y asistencia personal e industria.
Felipe de Jesús Pérez Sánchez Zavaleta, Miguel Nicasio Pérez Sánchez Zavaleta y Juan José Pérez Sánchez Zavaleta, vecinos del paraje Cruz Blanca, jurisdicción de Jalacingo, registran el hallazgo de 2 vetas de mina en tierra despoblada, cerca de la barranca llamada Tenepanoyan.
El ciudadano José Manuel Piña, vecino del pueblo de Ixhuacán y residente en este suelo, otorga que da su poder [especial] a don Manuel Patiño de esta vecindad, para que a nombre del comparente practique cuantas gestiones sean necesarias en solicitud del conveniente despacho para elaborar en una mina que tiene denunciada; a cuyo fin parezca y se presente en todos los tribunales y ante las autoridades que importe, promoviendo y haciendo se practiquen los trámites precisos, exhibiendo los documentos que se le pidan, rindiendo informaciones, alegando la preferencia contra cualquier otro tercerro que pretenda oponerse y desempeñando últimamente todos los demás actos, agencias y diligencias jurídicas y extrajudiciales que convengan.
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