Don Jerónimo José Malagamba, vecino y del comercio de esta villa, otorga poder a los señores Buchan Matthiessen y compañía, del comercio de Mejico [México] y Veracruz, para que negocien, vendan y empeñen una certificación del Crédito Público, valor de 61 861 pesos 7 reales 6 granos correspondientes al depósito bergantín, dado a su favor el 10 de julio de 1826 por el ciudadano Ildefonso Maniau y Torquemada, vocal secretario de la Junta del Crédito Público.
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Don Miguel de Lizardi y Migoni, del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don Francisco Agüero, vecino de la capital de México, para que en su nombre, comparezca y represente sus derechos que le asisten ante el tribunal que corresponda, como dueño que es de doce cajas bretañas con marca ML del número nueve al veinte, venidos por su cuenta, riesgo y consignación en el bergantín Americano Liberti, su capitán Mirick, el cual fue detenido por la goleta Iguala.
UntitledDon Jerónimo José Malagamba, del comercio de Veracruz, declara que 61 861 pesos 7 y 6 octavos reales que se depositaron en las Cajas de Veracruz, correspondientes al registro del bergantín Vengador, el 3 de febrero de 1819, los que por orden del señor Virrey conde del Venadito se mandaron devolver con fecha en México del 5 de abril de 1821, lo que no ha tenido efecto hasta esta fecha por las urgencias del erario, en los cuales representa el compareciente como apoderado del comandante y maestre de dicho bergantín Vengador y de los interesados en su registro, corresponden a don Martín Sánchez y Serrano, del comercio de Veracruz, 5 000 pesos que debe cobrar en los mismos términos que se verifique el pago por el Gobierno Nacional, ante cuya suprema autoridad pende la solicitud el cobro de toda la cantidad antedicha. Y para la debida constancia, en guarda de los derechos del Serrano, y para que participe en proporción de los pagos o abonos que se hagan para extinguir la deuda, a su solicitud otorga el compareciente la presente declaración, con consentimiento de copias.
UntitledEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don Miguel de Amasorraín, vecino de la ciudad de México, para que en nombre y representación de su persona parezca ante el Señor Licenciado don José Joaquín de Uribe Castejón y [Medrano], de la Orden de Santiago, del Consejo de Su Majestad, su Oidor de la Real Audiencia de esta Nueva España, Juez Visitador de Protocolos de Escribanos, de Numeración de Tributarios y Privativo Conservador del Real Estanco de Naipes en este Reino, y de la averiguación de la arribada del bergantín nombrado Nuestra Señora de la Soledad al río de Guasaqualco [Coatzacoalcos] y desembarco de su tropa; y pida a su señoría se sirva dar por libre la partida de ganado mayor que el día 27 del corriente [roto] el alcalde mayor de esta villa, que le remitía don [Lucas] Alonso de Sarabia, dueño de haciendas de ganado mayor en la provincia de Guasaqualco [Coatzacoalcos], por cuenta de 2 000 pesos que le debe en [valor] de un vale.
UntitledDon Juan Bautista de Lezama, de este comercio, dijo que don Juan Fernández de la Granda, vecino de Pueblo Viejo de Tampico, le confirió poder general para seguir y defender sus derechos en el asunto sobre el comiso de los efectos que conducía el bergantín goleta americano Emeline, que está pendiente en el mismo pueblo Viejo de Tampico, ante Juan González de Castilla, alcalde de dicho pueblo, su fecha a 11 de febrero de 1825, cuya copia original se encuentra agregada a fojas 104 de los autos de la materia de los cuales tuvo conocimiento el Tribunal Superior de Justicia de este Estado Libre y hoy se hayan por suplica interpuesta en la Suprema Corte de Justicia de la Federación. Por la presente, otorga que sustituye dicho poder en don Juan Francisco Fernández, vecino de la capital de México, para que use de él según le es conferido.
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