El Alférez de Caballos Juan José Rincón, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que Serafina Teresa de Espinosa, vecina de la Ciudad de México, mujer legítima de Agustín Camacho, ausente, le otorgó poder especial para le venta de un solar, y usando de él, vende a Diego de Aguirre, un pedazo de solar que mide de frente 31 varas y 68 de fondo, ubicado a la entrada de la Calle Real que viene de la plazuela del barrio alto a la Plaza Pública, linda por el costado con casa de Pedro Hernández de la Velada, difunto, por el otro con casa que fue de María Rodríguez y al fondo con el caño de agua que iba a dar al Convento de San Francisco. La venta se hace en 50 pesos de oro común que por su valor le ha dado.
MÉXICO, CIUDAD DE
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El Teniente de Caballos José Pérez de Arellano, dueño del rancho nombrado Lucas Martín, dijo que Juan Bravo de Alarcón, difunto dueño que fue de ese rancho, era deudor de Juan de Thormes de 1, 350 pesos de oro común que recayeron en sus herederos y dos de éstos cedieron la parte que les correspondía en Juan Rodríguez de Tejada, y este como único dueño, en el Licenciado Juan de Palafox y Mayorga, Abogado de la Real Audiencia de México. Quien reconvino en el pago que con sus réditos importan 2, 000 pesos de oro común, pero hallándose imposibilitado para cubrirlo, se obliga a dar dentro de 3 años, las fincas mejoradas, que importan 7, 600 pesos, por tanto otorga que debe al Licenciado Juan de Palafox y Mayorga, 2, 000 pesos por lo antes expresado y se obliga a pagar 100 pesos de oro común en cada año por el tiempo que no la redimiere.
El Licenciado Juan de Palafox y Mayorga, Clérigo de Menores Órdenes, Abogado de la Real Audiencia de México, residente en el pueblo de Jalapa, instituye y funda una capellanía de misas rezadas por las almas del purgatorio por 2, 000 pesos de oro común de principal que rinden al año 100 pesos, situados y cargados a censo redimible sobre un molino de pan moler, rancho de labor y ganados con sus casas, trojes y aperos ubicados en términos de esta jurisdicción. Se nombra como primer capellán propietario a uno de los hijos y descendientes legítimos del Capitán Juan Rodríguez de Tejada, vecino y mercader de la Ciudad de los Ángeles y doña Juana de los Santos y Thormes, y a falta de esta línea los hijos y descendientes de Juan José de Thormes. Nombra como primer Capellán interino al Licenciado Juan de Palafox y Mayorga.
Juan de Barona Velázquez, Alguacil Mayor de Tepeaca, de una parte y de la otra Cristóbal Benítez de Lara, vecino de México; el primero dijo que Cristóbal le es deudor de 680 pesos de plazo cumplido y por vía de ajuste y convenio se han comprometido en darle por dicha cantidad 100 pesos después de que se paguen los fletes a los arrieros de la carga que han conducido la presente flota a este pueblo; otros 100 pesos en la Ciudad de México luego que llegue el Virrey Marqués de Valero; con lo que le hace gracia y donación de la restante cantidad que son 480 pesos y da por nula y cancelada la escritura.
Don Francisco de Obregón, residente en el pueblo de Jalapa, proveído por Alcalde Mayor de las 4 villas del Marquesado del Valle de Oaxaca, otorga poder especial, en primer lugar a don Antonio de Tapia y en segundo a don Francisco Zurita, ambos vecinos de la Ciudad de México, para que en su representación se presenten en los tribunales y soliciten el Real Título de Alcalde Mayor de las 4 villas dando los fiadores que fueren necesarios así también para que cualquiera pueda hacer el juramento acostumbrado.
Don Miguel González del Camino, Diputado Real del Comercio de la presente flota al frente de don Fernando Chacón, otorga poder a don Gil de Larrea, a don Javier Esteban Hugo de Omerique, vecinos de la Ciudad de México, y al Capitán Juan Fernández de Arnaud, residente en este pueblo y próximo a hacer viaje, a todos de mancomún para que en su nombre y crédito busquen y soliciten en la Ciudad de México de cualquier persona, comunidad o depósitos, hasta 60, 000 pesos de oro común por los plazos y con los intereses llanos o a riesgo que asienten o tengan por conveniente, obligándose como principal deudor o como fiador de los mencionados a la paga de la referida cantidad, otorgando para ello las escrituras que fueran necesarias.
Don José Bernardo de Ogal, vecino de la Ciudad de México, reconoce que debe y pagará a don Martín de Castellanos, vecino de la Ciudad de Sevilla, 2, 940 pesos escudos de oro común, y a don José Antonio de Gracia, de esa misma vecindad, 2, 500 pesos escudos de oro común; los primeros son del importe de las mercaderías que le dejó en confianza y que ya debía haber cubierto, pero le ha concedido la espera hasta las banderas subsecuentes, pagándole por ello el 8% de premio. Los 2, 500 son los mismos que José Antonio de Gracia ha suplido y prestado en reales a su satisfacción, de los cuales se da por entregado a su voluntad.
Juan José de Thormes, vecino del pueblo de Jalapa, vende a Pedro de Estrada, vecino de la Ciudad de México, un negro esclavo nombrado Juan Tirado, casta loango, de 43 años de edad, que hubo por compra de los albaceas del Capitán Antonio Cardeña, el 23 de mayo de 1719, cuyo esclavo se encuentra libre de empeño, hipoteca y enajenación, sin asegurarlo de vicio, tacha ni enfermedad pública ni secreta, en 300 pesos de oro común que por él le ha dado y pagado a su voluntad.
Don José Rodríguez Mauriño, don José Rodríguez Erce y don Francisco del Río, vecinos y mercaderes de la Ciudad de México, todos de mancomún reconocen que se otorgan como principales deudores y llanos pagadores de don Francisco Antonio Gago, residente en el pueblo de Jalapa, cargador de la flota a cargo del jefe de escuadra don Fernando Chacón, a saber 16, 056 pesos de oro común, mismos que por hacerle buena obra les ha prestado y se obligan a pagarlos en la Ciudad de México al primer despacho que de ella se hiciere de las primeras naos a los Reinos de Castilla de la Ciudad de la Nueva Veracruz.
Don Diego Risueño, vecino de la Ciudad de México y mercader en ella, residente en el pueblo de Jalapa, dijo que el Sargento Mayor Juan Antonio Trasviña, vecino y comerciante en dicha ciudad, le otorgó poder y usando de él, de mancomún se obligan a pagar en primer lugar a don Miguel González del Camino, residente en el pueblo de Jalapa, cargador de la flota a cargo de don Fernando Chacón; en segundo lugar a don José Antonio Leyssa y por la de éste a don Lucas Serafín Chacón, ambos vecinos de la Ciudad de México, sin más poder ni otro recaudo que la copia autorizada de esta escritura, a saber 12, 404 pesos de oro común, mismos que han importado diferentes mercaderías que le ha vendido, de las cuales se obliga a pagar para el día último de diciembre de este año.