Pedro Díaz, vecino de México, carretero, se obligó a pagar a Juan del Castillo, dueño de sus carros, vecino de México, 100 pesos de oro común por razón de otros tantos que su esposa le dio en reales de contado, en la ciudad de México, 10 días después de esta fecha.
MÉXICO, CIUDAD DE
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Alonso Ruiz, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Francisco García, vecino de la ciudad de México, 70 pesos de oro común los cuales son por razón de otros tantos que Lorenzo de Valderrama Salcedo le prestó en reales, dos meses después de la fecha de esta escritura, puestos en la ciudad de México.
Gabriel de Movellán, vecino de la ciudad de México, dueño de sus carros, se obligó a pagar a Cristóbal López, vecino de esta provincia, 260 pesos de oro común, precio del fierro labrado que le vendió, a dos tomines y cuartillo libra, 10 meses después de la fecha de esta escritura.
Baltazar Vázquez de Herrera, vecino de la ciudad de Toledo, en los reinos de Castilla y residente en Jalapa, dio su poder cumplido a Juan de Sabalza [Juan de Zavalza], vecino de la ciudad de México, para que represente su persona y otorgue la carta de pago y finiquito a Luis Díaz [de Lucena] y a Francisco López Enríquez, por 7 645 pesos ensayados.
Miguel de Aviñón, residente en su ingenio de azúcar nombrado San Miguel de Almolonga, y Vicente Alemán, vecino de la Veracruz, revocaron en todo y por todo los poderes que habían otorgado a Juan López de Torres, vecino de la ciudad de México, en el año de 1612.
El Capitán Bartolomé de Castro, de la Compañía Miliciana del Batallón de Jalapa, don Juan de Medina Carabeo, Miguel Jerónimo López de Ontanar, el Capitán Antonio de Campo, el Alférez Juan Meléndez Favio, entre otros vecinos de este pueblo, otorgan poder al Alférez Pedro Román, de la Compañía del Real Palacio de la Ciudad de México, para que en nombre de esta provincia, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Jalacingo, Papantla, Tetela y Jonotla, comparezca ante los señores jueces y oficiales de la Real Hacienda y obligue a esta provincia y su vecindad, a la paga de los 2 mil pesos en fin de cada uno de los 6 años por el remate de las Reales Alcabalas hechas en don Melchor Francisco Sánchez.
Francisco de los Santos, natural de Santa María de Carracedo, Arzobispado de Santiago de Galicia, hijo legítimo de Antonio de los Santos y de Francisca de Canabal, otorga su testamento donde declara lo siguiente: tiene como bien la casa donde vive y en ella una tienda de mercader; dicha casa tiene sobre sí 2 mil pesos de principal que pertenecen a los censos de Diego Basilio de Somoza, vecino de San Martín; tiene un rancho arrendado a don Juan de Estrada en términos del pueblo de San Martín. Declara ser casado con María Josefa de Velasco, natural de la Ciudad de México y residente en el pueblo de San Martín. Asimismo declara deberle 3, 963 pesos a la viuda del Capitán Juan Díaz de Posadas, vecina de México, a don Luis José Chacón 2, 000, a José Sagardi, Contador Mayor de la Aduana, 600; a Pedro Carrasco 350, y otras deudas menores que están relacionadas. Nombra como albacea a don Juan de Zea Marino y Lamas, vecino de Pachuca, a don Pedro Bermúdez, vecino de México, a su mujer María Josefa de Velasco, y a Antonio Cabello, vecino de Jalapa.
El Licenciado Nicolás Sánchez Lobato, Cura Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Tlacolulan, otorga poder especial a don Domingo de Santo Domingo, vecino de la Ciudad de México, para que en su representación pida, reciba y cobre de la Real Caja la cantidad de dinero que al curato le ha asignado por concepto de salario que corre a partir del 14 de marzo de 1700.
El Capitán Bartolomé de Castro, vecino del pueblo de Jalapa, albacea testamentario del Alférez Miguel de Zamora, nombrado por codicilio, tutor y administrador de Josefa de la Encarnación Vértiz, nieta del mismo Alférez, quien está en edad de tomar estado de religiosa en el Convento del Señor San Lorenzo en la Ciudad de México, y para ayuda a su dote necesita vender la casa que obtuvo por herencia, por tanto vende dicha casa a Sebastián de la Peña, Escribano, ubicada en la Calle Real que baja de la plaza para el camino de la Nueva Veracruz, colinda a su espalda con callejón o solar del Alférez Sebastián de Flores Moreno, por el costado con casa del comprador y por el otro lado con casa del Capitán Bartolomé de Castro. La venta se hace libre de tributo e hipoteca en 200 pesos.
Diego de la Torre Arnate, Síndico del Convento del Señor San Francisco de este pueblo de Jalapa, pareció en virtud de la patente expedida por el Padre Fray Clemente de Ledezma, de la religión de San Francisco, ex lector de Filosofía y Ministro Provincial del Santo Evangelio en la Ciudad de México. De la otra parte parecieron Sebastián Díaz de Acosta, patrono de la capellanía de misas que instituyeron y fundaron Diego González y su mujer Mariana de Astudillo, abuelos legítimos de dicho patrono, y asimismo padres que fueron del Licenciado Diego González de Astudillo, poseedor que fue de dicha capellanía. Para lo cual dicho Diego González y su mujer impusieron 1, 000 pesos de oro común sobre sus bienes con hipoteca a favor de Alonso García de la Torre, vecino que fue de este pueblo, correspondiéndole a éste 50 pesos de réditos anuales, y el cual fundó capellanía de misas en dicho convento de San Francisco de este pueblo, por cláusula testamentaria. Y por fallecimiento en 1692, de Diego González, hasta el presente no se han podido recaudar más que 36 pesos en un año, lo que perjudica a dicho convento en 14 pesos por cuya razón se procedió a hacer las diligencias de embargo de dichos bienes; ante esta situación, Diego de la Torre Arnate como Síndico, Sebastián Díaz de Acosta como capellán, y el Licenciado Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, su hijo coincidieron en un acuerdo que se menciona en esta escritura. Declarando dicho Síndico que el pedimento para ejecución fue por 400 pesos de oro corridos de dichos censo, lo cual es un error pues sólo se restan 14 pesos anuales lo cual da 196 pesos hasta la fecha, más 60 pesos de costas y diligencias, importando 156 pesos, habiendo pagado 50 pesos dicho Pantaleón, y lo restante se pagará en dicho convento como está mencionado en la escritura.