El escribano público de esta ciudad, acudió al llamado del hospital de Caridad de Mujeres de esta ciudad, nombrado San José, por una mujer que se haya enferma, quién hizo la siguiente declaración: Dijo llamarse María de la Luz Izquierdo, natural de la ciudad de Méjico [México], de veintidós años de edad, viuda de Marcos Lozano que falleció el año pasado en la ciudad de Veracruz de la epidemia del vómito, dejándole por fruto del matrimonio una niña de año y medio de edad, llamada María Cástula Lozano Izquierdo, sin bienes por ser ambos pobres. También, declaró que hallándose viuda, enferma y sin recursos, pasó a esta ciudad con objeto de recobrar su salud y desde que llegó recibió caridad para ella y su hija, de la señora doña María Petra Oropeza, esposa de don José de Alcalde, quién se hizo cargo de su niña, hasta hacerla su ahijada, llevándola a recibir el sacramento de la confirmación. Que la relacionante habiendo seguido enferma, pidió permiso para pasar a este hospital donde fue recibida, y por cuanto desea que si llegara a morir, su citada hija quede asegurada para siempre con la enunciada señora, por la presente otorga que, cede y abdica todos los derechos de madre que tiene en su citada hija en la memorada doña María Petra Oropeza, para que la sostenga, eduque y cuide de ella, hasta que salga de la menor de edad, adoptándola por hija; pues no teniendo ningún bien y aun cuando recobre la salud, su trabajo personal no podrá producirle lo necesario para sustentarle y educarla, por cuanto pide y suplica a dicha señora continué su caridad para con la niña.
UntitledMÉXICO, CIUDAD DE
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Don Miguel María Lerdo de Tejada, vecino de la ciudad de México, residente en ésta, dijo que en rendición de cuentas que don José Bernardino Alcalde hizo con don Manuel Guevara, por la administración de una tienda, que de la propiedad del primero tuvo el segundo en este suelo, le salió restando la cantidad de 585 pesos, que don Luis Uribarry, también de está vecindad, como principal pagador se obligó a satisfacer a Alcalde, en el término de cuatro años. Por lo antes mencionado, el comparente otorga que ha recibido de don Luis Uribarry, los expresados 585 pesos por lo que formaliza a su favor el resguardo para que luego por su cuenta, perciba y cobre del deudor don Manuel Guevara, la referida cantidad, que como tal fiador le satisfizo, y las costas que se originen de su exacción, y de ellos otorgue a su favor los resguardos correspondientes, con sus fianzas necesarias y todo cuanto el otorgante haría hasta conseguir su reintegro.
UntitledDon José María Ruiz, de esta vecindad, como apoderado del presbítero don Atenógenes María Lombardini y doña Margarita del Toro, albaceas de doña Juana Domínguez del Toro, otorga que vende al presbítero don Pascual Jiménez, una casa que fue de dicha doña Juana Domínguez del Toro, ubicada en esta ciudad, en la calle que hoy se titula del Gobernador y antiguamente se llamó de las Locerías, la cual tiene 23 varas de frente, que lo hace al poniente con dicha calle, y 51 varas de fondo al oriente por donde linda con el callejón de la Bolsa del Diablo, en cuya línea tiene de latitud 54 varas por ampliarse ésta a distancia de 25 varas hacia lo interior de la línea del frente, formando un martillo, lindando dicha casa y su sitio por el costado del norte con casas de la testamentaria de don Pablo Fraile y don Manuel de Mora; por el costado del sur con casa del finado don Juan Cabrera y solar de doña María Petra Oropeza, así como, en la parte que forma el martillo; linda por poniente con casa de la finada doña María Cadena y del citado difunto Cabrera. La vende en precio de 1 000 pesos que ha de satisfacer en dos plazos.
UntitledDon José Ignacio Romero, de esta vecindad, en nombre de doña Guadalupe Aravalles y Casanova, vecina de la ciudad Federal de México, en virtud de poder general que le otorgó en el año de 1824; otorga que vende a don José Ignacio Morales, de esta vecindad, una casa de madera, piedra y lodo y un solar con 36 varas y media de frente y 66 y tres cuartas de fondo, en esta ciudad, situados en el barrio que llaman de Jalitic [Xallitic] inmediato al Chorrito, los cuales lindan por oriente con casa de don Miguel Ytrera; por el poniente con casa que fue de don Tomás de la Cruz; por el sur con otra de Juan Licona y Gaspar Roldán; y por el norte con solar que fue de los naturales de esta ciudad; cuya casa y solar los hubo la señora Aravalles de su difunto padre don Domingo de Aravalles, y ahora vende en cantidad de 500 pesos.
UntitledDoña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, otorga que da en arrendamiento al señor don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad, una casa ubicada en la segunda calle principal que baja para Señor San José, y que siendo la habitación de la locadora, va a desocupar por razón de su viaje a México, cuya casa de hecho pertenece a un religioso que habiendo estado aquí secularizado, hoy se halla enclaustrado en la isla de la Habana, llamado Fray Francisco Victoriano Rodríguez, y cuyo cuidado, conservación y usufructo está dado a la locadora. El arrendamiento es por cinco años a partir del presente día y el precio es de 47 pesos 4 reales cada mes, bajo las condiciones que se mencionan. Se exceptúa de este arrendamiento una accesoria con vista a la calle, hacia la parte más occidental de la casa, que ahora sirve de tienda de ropa a la locadora. Declara que el material que hay en el fondo de la hornilla de la fábrica de cerveza, es de la propiedad de la locadora, a excepción de los ladrillos que son de Bárcena.
UntitledEl Excelentísimo Señor don Sebastián Camacho, Gobernador del Estado, y don Jerónimo Barceló, vecino de México, hoy residente en esta ciudad, otorga poder especial al Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, para que a nombre de los otorgantes haya, demande, perciba y cobre una cantidad de pesos perteneciente a los otorgantes, de cuya suma y deudor ya tienen dadas instrucciones a don Ramón María Terán.
UntitledDon José Manuel de Zulueta, de esta vecindad, otorga poder especial al Licenciado don Antonio Viamonte, de esta vecindad, para que en su nombre, haya, demande, reciba y cobre de don Manuel García de la Mata, vecino de Veracruz, la cantidad de pesos que le debe al otorgante, exigiendo el pago en numerario o en libramientos para Puebla o México.
UntitledEL Señor Licenciado don Juan Antonio Sánchez, Diputado del Honorable Congreso del Estado, de esta vecindad, otorga poder especial al Señor don Manuel Facio, residente en la ciudad de México, para que en su nombre parezca ante el Excelentísimo Señor Presidente de la República, en sus secretarías, en la Suprema Corte de Justicia y en todos los demás tribunales superiores e inferiores de la federación que convengan, pretendiendo se proponga y nombre al señor otorgante para el obtento en propiedad del juzgado de distrito de este Estado, probando previamente que el otorgante se halla adornado de todas las circunstancias requeridas por la constitución y leyes del congreso general.
UntitledEl Muy Reverendo Padre Fray José Ignacio de Bocanegra, Guardián Presidente; don Bernabé de Elías Vallejo y don Rafael Velad, Votos Perpetuos; don Matías Martínez de Espinosa y don José María Becerra, don Andrés Semeria, don Jorge de Ojeda, don José Mariano Florido, don Domingo de la Rosa y don Narciso Jerónimo Echegaray, Consiliarios; con don Francisco Borja Lotina, Secretario, quienes componen la Venerable Mesa; dijeron que don José Fernández de Castañeda falleció bajo su último testamento que otorgó ante don Francisco de Madariaga, Escribano de la ciudad de México, el 7 de abril de último, en cuyo testamento se hallan dos cláusulas en las cuales nombra a la Venerable Mesa del Tercer Orden de Nuestro Padre San Francisco de Xalapa, como su albacea testamentaria y tenedor de bienes solo en lo respectivo a sus casa, asimismo, en otra cláusula nombra como heredera del remanente de su bienes, con especialidad de sus catorce casas, a la Purísima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María, que se venera en la capilla del mismo Tercer Orden de San Francisco de Xalapa, para que el usufructo o alquileres de ellas se invierta de la siguiente manera: 15 pesos mensuales para el culto de la Santísima Virgen y el remanente, pagados los cobradores, reparos de las casas y demás gastos precisos, se harán dos partes iguales de las que tomará una el padre guardián para repartirla entre si y los demás religiosos moradores de allí, y que apliquen todos misas rezadas de la limosna de un peso para las Ánimas del Purgatorio; y la otra mitad la entregará la Venerable Mesa albacea, también mensualmente al señor cura de la parroquia de Xalapa, para que la reparta a su discreción entre los clérigos más necesitados de aquella ciudad, apliquen también misas de la limosna de a peso para las Ánimas del Purgatorio. Y para dar cumplimiento a lo dispuesto por el testador, otorgan poder especial al Ministro Hermano Mayor de esta misma Venerable Orden Tercero don Antonio Velasco Quiroz, para que representando sus propias personas y los derechos y acciones de la testamentaria de don José Fernández de Castañeda, pueda recibir las expresadas casas por ante escribano que de dicha entrega de fe, asimismo, para que administre dichas casas poniéndolas en arrendamiento, cuidando de sus reparos y conservación, y para todo lo demás que sea necesario.
UntitledDon Juan Devincentis, de esta vecindad y comercio, otorga poder especial a los señores Hegewisch y Ebert, del comercio de México; para que, en su representación, recauden del Gobierno Federal de esta República, la cantidad de 3 129 pesos y 3 cuartillas reales que se le deben, como consta de los documentos con que han de gestionar dichos señores quienes practicarán al efecto cuantas agencias crean necesarias hasta verificar el cobro. Asimismo, poder para que puedan diligenciar la realización de la indicada deuda por permuta, ventas, traspaso, cesión o de otra manera y con el premio que pacten. Y a cuyo fin formalizarán recibos, cartas de pago o cualquier otro instrumento que convengan.
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