Ana González de Velilla Blanco, mujer legítima del Capitán Lope de Yribas [Iribas], vecina de esta villa de Córdoba, usando la licencia que le fue concedida por su marido, otorga poder a dicho Capitán Lope de Yribas [Iribas], para que la obligue conjuntamente con él, en favor del Capitán Francisco de Santa Ana, vecino y mercader de la ciudad de los Ángeles, a pagar 6 568 pesos de oro común, que le deben de resto de 7 688 pesos, los cuales recibieron para el avío, conservación y aumento del ingenio nombrado San Miguel Tocuila y también para el trapiche San Miguel Atetenetla [Azezenatl]. Por otra parte, declara que le da poder para que reciba de dicho Francisco de Santa Ana u otro interesado, hasta en cantidad de 2 000 pesos de oro común, para el aumento de dicho ingenio y trapiche [roto].
Sans titreMERCADERES
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Francisco Machado, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que se obliga de dar y pagar a Balthazar [Baltazar] Díaz [Pérez], mercader y vecino de la ciudad de los Ángeles, 160 pesos y 3 reales por otros tanto que tiene recibidos del susodicho en mercaderías de su tienda por mano de Joseph [José] de Amaya, vecino de esta dicha villa.
Sans titreAna Martín, vecina de esta villa de Córdoba, mujer que fue de Juan Ernandez [Hernández], otorga que vende a Joseph [José] de Nares, mercader y vecino de esta villa, medio solar con 25 varas de frente y 50 de fondo que posee en esta villa en la calle que sale de la plaza Pública de ella para las casas del Capitán Pedro López del Castrillo; que linda por una parte con solar suyo y por la otra con solar de dicho José de Nares, hace frente calle en medio con solar de Isabel Vázquez; por el fondo con solar de Isidro Medel. Lo vende en precio de 45 pesos.
Sans titreJosé de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a Pedro Trillo de Figueroa, mercader y vecino de esta villa, 900 pesos de oro común en reales, por otros tantos que por hacerle amistad y buena obra le ha prestado. Dicha cantidad se obliga a pagar en tres plazos cada cuatro meses como se expresa en el acta.
Sans titreJuan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Capitán don Diego Salgado, mercader y vecino de la ciudad de los Ángeles, para que lo pueda obligar y obligue como fiador y principal pagador de Antonio Millán Quijada, vecino y mercader de esta villa, en la cantidad de pesos que importare los diezmos que recaudare en esta villa y en el tiempo de cinco años, que ha de correr con ellos en administración obligándose como tal fiador.
Sans titreJuan de los Santos Cubillos y Domingo Mucio, vecinos de esta villa de Córdoba, el primero como principal deudor y el segundo como su fiador, otorgan que se obligan de dar y pagar a don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino y mercader de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 1 425 pesos de oro común en reales, los mismos que don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, le debía y estaba obligado a pagar a dicho Sebastián de Guevara, de ajuste y líquido alcance que entre los dos habían tenido; cuya cantidad, Juan de los Santos Cubillos, tiene convenido pagar por estar debiendo esta misma suma a don Antonio de Leiva, y lo hará para el día último del mes de julio del año venidero de 1703.
Sans titreBartolomé de Lecea y su mujer, María de la Cruz de Villanueva, vecinos de Jalapa, venden a Lucas Cardeña Malpica. mercader y vecino de Jalapa, una negra esclava nombrada Isabel, de nación Angola, que hubieron y compraron de Alonso Guilarte, vecino de este pueblo, de 40 años de edad, poco más o menos, libre de hipoteca, empeño y enajenación, sin asegurarla de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad, por el precio de 200 pesos de oro común.
Francisca Ramírez, viuda, mujer que fue de Francisco de Orduña Castillo, dio su poder cumplido a Miguel de Troya, mercader, vecino de Jalapa, para que en su nombre compre unas tierras que están a 1 legua de Jalapa, en el precio que asentare.
Tomás de Campo, mercader y Doña María González del Moral, su legítima mujer, vecinos de Jalapa; Doña María como hija de Doña Sebastiana del Moral, difunta, ambos, en nombre de sus herederos, en su calidad de dueños de un censo sobre un solar en que Bartolomé de Oliver tiene labradas unas casas, aprobaron, revalidaron y dieron por buena la venta a censo del referido solar que hizo Doña Sebastiana del Moral a Bartolomé de Oliver, en cuya virtud el susodicho les ha de pagar 6 pesos de réditos en cada año, hasta la redención del principal de 120 pesos.
El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño de este ingenio, revocó el poder dado al Capitán Diego de Sanabria Sepúlveda, mercader, vecino de la ciudad de México, y otros a diferentes personas; y ahora dio su poder cumplido a su tío el Lic. Don Diego Fernández de la Higuera, domiciliario del Arzobispado de la ciudad de México, y al Doctor Don Antonio Caravallo Dávila, abogado de la Real Audiencia de dicha ciudad, para en la aprehensión, tenencia, y posesión, ajuste y entero del mayorazgo que posee como llamado a él por muerte de su padre el Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros. Y generalmente, para en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que al presente tiene o adelante tuviere.