Salvador de Acosta, vecino del pueblo de Naolinco, vende a José Antonio de Acosta, mercader y vecino de este pueblo de Jalapa, una esclava de nombre María Feliciana de 25 años de edad, libre de censo, empeño, hipoteca, sin asegurala de vicio, defecto ni enfermedad, en el precio de 350 pesos de oro común.
MERCADERES
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El Capitán don José Robledano de Cardeña, don Diego de Castro y Gamboa, el Capitán Bartolomé de Castro, don Gregorio Fernández Mantilla, el Alférez Laureano Fernández de Ulloa, Joseph Antonio de Acosta, Francisco Ortiz, Diego Domínguez, Juan de Dios Thormes y don Francisco de Aguirre, vecinos y mercaderes de este pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a Don Feliciano de Ulloa Sevilla, vecino de la Ciudad de México, para que en nombre de la provincia de Jalapa, haga las posturas, pujas y mejoras durante el remate de alcabalas.
Antonio de Herrera Povas y Pereira, mercader y vecino de este pueblo de Jalapa, hijo legítimo de Don Antonio de Herrera Povas y de Doña María Juana de Pereira, difuntos y vecinos que fueron de la Alverca, Obispado de la Guardia en el Reino de Portugal junto a la Extremadura; casado con Petrona Josefa de Castro, su legítima mujer, hija legítima de Diego de Castro y de Ana María de Chávez y Peña, vecinos de este pueblo de Jalapa, se otorgan poder para testar y nombramiento de albaceas en compañía de los Alférez Don Gregorio Fernández Mantilla y Laureano Fernández de Ulloa, así como tutores y curadores de los hijos, que el señor Pereyra tuvo en su primer matrimonio con Doña Inés González, difunta; sus hijos son Pedro Antonio de 5 años, Antonio de 2 años y José Joaquín de 1 año, a quienes nombran herederos universales.
El Teniente de Caballos Corazas, don Juan José Rincón, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder general al Capitán Bartolomé de Castro, vecino y mercader de este pueblo de Jalapa, para que reciba y cobre de cualquier persona, cualquier cantidad de reales pesos que le deban.
Don Juan José de Arpide, mercader y vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don José de la Calle, vecino de este pueblo, para que en su nombre demande, reciba y cobre de cualquier persona, todas las cantidades que le deban, así como en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, comparezca ante el rey, señores de las reales audiencias, chancillerías, jueces y justicias de ambos fueros.
Don José de Molina, vecino de este pueblo de Jalapa, mercader de oficio, se obliga a pagar a doña Ana Antonia Camino, viuda de don Juan Cordero, de quien es albacea, curadora y tutora de su hija menor María Bárbara, la cantidad de 8, 363 pesos y 4 y medio reales, en el periodo de 5 años, pagando por réditos el 5% de la citada cantidad en cada año.
Don Laureano Fernández de Ulloa, mercader y vecino de este pueblo, con poder especial de don Pedro de Herrera, para rentar una casa; haciendo uso de dicho poder, otorga en arrendamiento a don Manuel Rodríguez, la citada casa, construida de cal y canto, cubierta de tejas; linda al poniente con casas que fueron del Capitán Castro, por el sur con casas de Teodora Josefa Mojica y por el oriente con casas de don José de la Calle, la renta por el periodo de 3 años, en el precio de 220 pesos por cada año.
Simón Navarrete, alias Blanco, hijo legítimo de Francisco Navarrete e Isabel Martínez, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder para testar a Manuela [Antonia] Ochoa, su mujer legítima, en compañía de don Francisco González, vecino de este pueblo, de oficio mercader, así como albaceas testamentarios y como herederos universales a Antonio de 11 años, María de 6 años, Andrés de 3 años y Vicente de 2 años, sus hijos legítimos.
Don José Tavera, vecino y mercader del pueblo de Jalapa, casado con doña Silveria Antonia Salvo, hija legítima de don Bartolomé Salvo y doña Ángela Francisca del Pino, vecinos de este pueblo, los cuales al contraer matrimonio le prometieron por dote y caudal la cantidad de 2,000 pesos en valor de bienes, muebles y lo que falte en reales, y al hacer inventario de los bienes otorgados por los citados padres de ella, resulta la cantidad de 2,500 pesos, lo que deja satisfecho a dicho José y declara que los 500 pesos de las arras caben en la décima parte de su caudal, obligándose a tenerlos en su poder por dote y propio caudal de su mujer, sin enajenarlos, ni obligarlos y si lo hiciere, que no valga.
Don Francisco Escalante, mercader vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Roque Gutiérrez de Ceballos, vecino de esta provincia, 100 pesos de oro común, por razón y resto de todas las cuentas que hoy han finiquitado, seis meses después de la fecha de esta escritura, todos juntos en una paga.