Por una parte don Juan Luis de Córdoba, residente en esta villa de Córdoba, apoderado de don Gaspar Miguel de Rivadeneira, vecino y labrador de la ciudad de Tepeaca, poseedor del vínculo que fundó Gaspar de Rivadeneira, su bisabuelo, dueño de la hacienda de ganado mayor nombrada la Estanzuela, en virtud de su poder otorgado el 30 de diciembre de 1705; y de la otra parte el Capitán don Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa; dijeron que por cuanto tienen concertado y ajustado en que Juan Luis, en virtud del poder, venda a Juan de los Santos, 1 000 toros de los que vinieron en la partida de este presente año, en precio de 7 pesos cada uno; por cuya importancia luego que los entregue le ha de dar la mitad de su valor y la otra mitad para mediados de diciembre de este año. Y para que tenga efecto ambos comparecientes deliberaron hacer escritura, por tanto, en aquella vía y forma, el dicho Juan Luis de Córdoba, dijo que en nombre de su parte, se obliga a entregar al Capitán Juan de los Santos Cubillos, los 1 000 toros en precio de 7 pesos cada uno y le ha de pagar la mitad de su valor y la otra mitad para mediados de diciembre.
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MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0075
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Pièce
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1706/06/19
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba