Juan Pérez, vecino de Teziutlán, como principal obligado, y el Bachiller Don Miguel Pérez de Medina, cura beneficiado de Jalapa, como su fiador, se obligaron a pagar a la Masa General de la ciudad de Puebla de los Ángeles, 1065 pesos de oro común, de los diezmos de tres años, de los pueblos de Ixhuacán, Teziutlán y San Juan Xiutetelco que se agregó a la doctrina de Jalacingo; los cuales corren a partir del 1 de enero de 1695, a razón de 355 pesos anuales.
MASA GENERAL Y DIEZMOS
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MX UV.USBIX ANX-P-0013-PX_0013_0104
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Pièce
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02/11/1694
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa
MX UV.USBIX ANX-P-0053-PX_0053_0232
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Pièce
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26/08/1785
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa
Don Jerónimo Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec, otorga que se obliga a dar y pagar a la Masa General de Diezmos de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla y Señores Comisarios de su Cofre, la cantidad de 1, 080 pesos en que se le remataron los diezmos de la Cordillera del pueblo de Ixhuacán de los Reyes, por tiempo de 3 años corrientes desde el presente de 1785 hasta 1787, a razón de 360 pesos, presentando como fiador y principal pagador a don Fernando José Rebolledo hasta por la cantidad de 360 pesos anuales.