Doña Ignacia Fernández de la Calleja, mujer legítima de don Francisco José de la Barreda Gayón, vecino de este pueblo; se obliga a pagar a don Félix Lince y en ausencia de éste, a don Diego Francisco de Upton de Fuentes, cargadores de la flota a cargo del Marqués de Mari, la cantidad de 170 pesos que les debe su marido, en el periodo de 4 meses, a partir de la fecha de esta escritura.
MARQUESES
118 Description archivistique résultats pour MARQUESES
Francisco Gutiérrez Franco del comercio de España y residente en este pueblo, recibió de Juan Manuel de Santelices, a través de Matías Callejo, la cantidad de 500 pesos de oro común, que le debía a José del Pozo, Oficial Real de San Juan Puerto Rico, en virtud de cesión que el señor Marqués de la Cañada hizo a Francisco Alarford.
Don Nicolás de Aguirre Figueroa, residente en este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, dueño de hacienda de ganado menor en la jurisdicción de San Andrés Chalchicomula, provincia de Tepeaca, y vecino de ella, otorga que vende a los naturales de los barrios de San Nicolás, Santiago Ystiyuca [Ixtiyuca], Tozongo [Tosongo] Alto y Tozongo [Tosongo] Bajo, jurisdicción de este pueblo, cinco sitios de tierra y una caballería a la linde de ellos, de ganado menor, que está en los términos de este pueblo, y se contienen en las mercedes otorgadas por los Señores Virreyes que han sido de esta Nueva España: don Luis de Velasco, el Conde de Monterrey y el Marqués de Guadalcazar. Cuyas mercedes hicieron a Juan Blanco, Juan Romo y a doña Catalina Franco, en cuyos derechos sucedió García de Arévalo y Luis de Arévalo, y por muerte de éstos, los obtuvo don Nicolás de Aguirre Figueroa, por habérseles rematado en pública almoneda. Los vende en 1 100 pesos de oro común en reales horros de alcabala, de los cuales 100 pesos pagarán dentro de seis meses y 1 000 pesos dentro de seis años, a razón de 166 pesos y 4 reales en cada un año. Los sitios se nombran: Moyoapa [Moyoapan], Sacantlapa [Zacatlapa], Chapultepeque [Chapultepec], Otlatepeque [Otlatepec], Yscuinatle [Izcuinatle].
Sans titreDon Alonso López de Sagade Bogueiro [Bugueiro], vecino de esta villa de Córdoba, dijo que cuando trató matrimonio con doña Antonia Clara de Rivadeneyra [Rivadeneira], hija legítima del Capitán don Francisco de Rivadeneyna [Rivadeneira] y de doña [roto] y Arebalo [Arévalo], su suegro le prometió en dote 4 000 pesos de oro común, ofreciendo pagarle 1 000 pesos cada año a partir de junio de 1691, y por cuanto su suegro no tiene reales para pagar el resto de esa suma, por la presente recibe en cuenta de lo que le debe: una mulata esclava nacida en su casa, hija de Inés de Monterrubio, su esclava, nombrada Isabel, de edad de veinticuatro a veinticinco años, con dos hijos, una mulatilla nombrada Nicolasa Margarita de dos años y un mulatillo nombrado Joseph [José] de los Santos de siete meses, por precio de 500 pesos; asimismo, una licencia de trapiche de beneficio de hacer azúcar hecha por el Excelentísimo Señor Marqués de Mancera Virrey que fue de esta Nueva España al dicho Capitán don Francisco de Rivadeneyra [Rivadeneira], su data en México a 10 de noviembre de 1665, por 400 pesos. De cuyos bienes por la presente hace cesión y traspaso Francisco de Rivadeneyra [Rivadeneira].
Sans titreDon Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella, el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primero Voto de esta villa por Su Majestad, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador General de esta Nueva España y Presidente de la Real Audiencia, y en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero del presente año, refrendado de don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Facultad que usan para dar en arrendamiento al Licenciado don Salvador Martínez de Abrea, Presbítero, vecino de esta villa, 2 caballerías y un cuarto de tierra con más seis solares, que por el oriente linda con Matías Álvarez, por el occidente con el Alférez Nicolás Rodríguez, por el norte con el camino que sale de esta villa para los barbechos y por el sur con el camino viejo de los carros que va de esta villa. Tierras que fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España, y las arriendan por tiempo de nueve años, que empezaron a correr y contarse desde primero de marzo pasado del presente año, por precio 29 pesos anuales y se obligan a que será cierto y seguro, y no le serán quitadas pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar por el mismo tiempo y precio.
Sans titreEl Capitándon Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don Luis José Chacón, vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona lo obligue como fiador de don Lorenzo de la Torre, del Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, Factor, Veedor, Juez Oficial Real de la Real Hacienda de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, a que guardará carcelería el susodicho en las casas de su morada como está mandado por despacho del Excelentísimo Marqués de Valero, Virrey de esta Nueva España, y que seguirá su viaje en primeras banderas a los reinos de Castilla. En razón de lo antes referido, otorgará escritura de fianza que le fuere pedida obligándolo a que como carcelero comentariense, lo entregará cada cuando se le pida con las cláusulas, firmezas y circunstancias que convengan, quedando comprendido que para lo anexo y concerniente se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Sans titreJuan Miguel [roto], vecino de esta villa, dijo que se le remataron dos negros, el uno nombrado Marcos y el otro Diego, esclavos del Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, en [400] pesos para aplicarlos en los 500 pesos en que fue multado el capitán por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España. Y ahora, por la presente declara que dichos esclavos los sacó para doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, mujer de don Lorenzo de la Torre, de la Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, por haberlos comprado con su dinero.
Sans titreDon José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, instituyó y fundó una capellanía de misas rezadas por su alma, la de doña María de Leiva Esparragosa, su mujer difunta, y por la de María de Olaso y Salgado, su actual mujer, la de sus padres, abuelos, hermanos y sucesores, por lo que, poniendo en ejecución, otorga que funda una capellanía con la cantidad de 3 000 pesos de oro común como principal, que aplicó y señaló en el valor de una casa de cal y canto que tiene en el pueblo de Orizaba, cubierta de teja con solar cercado, que linda y hace frente con plaza Pública del pueblo, y por otra parte linda con casas del Marqués del Valle de la Colina, y por otra parte, linda con Casas Reales, dicha casa la hubo y compró del Aguacil Mayor don Juan González de Olmedo, vecino de dicho pueblo. Dicha capellanía la funda con la dotación de misas, nombramiento de capellanes y patronos, condiciones y cualidades que se mencionan en la escritura.
Sans titre