El Capitán don Diego Mardones Barahona, Corregidor en esta provincia, Juez de Caminos y de Registros, dijo que por ordenanza del virrey, se mandó que desde primero de junio de cada año hasta otro día después de San Francisco, que es 5 de octubre, ninguno de los carreteros, chirrioneros, ni recuas, bajen a la ciudad de la Nueva Veracruz, por el riesgo que corren por las aguas, ríos y otros inconvenientes que requieren remedio. Así también, que se notifique a los dueños de los molinos no les vendan cargas de harina sin primero hacer el registro de las mulas e indios que traen en sus servicios, y si pasaren sin hacerlo, se les aplique la pena de 30 pesos de oro común.
MANDAMIENTOS
30 Descrição arquivística resultados para MANDAMIENTOS
Don Martín de Rada, Alcalde Mayor en este partido, recibió una carta del alcalde de corte de la Veracruz, en que por ella manda que ninguna recua ni otra persona pase con mercadería de Castilla, sin licencia firmada por el citado alcalde, y el que no la trajera, se detenga, se embargue y se le dé noticia del caso; por lo que manda se cumpla.\n\n
Auto por el cual el Capitán don Juan de Peralta Mendoza, Alcalde Mayor, manda a las personas que tienen tienda en este pueblo, que manifiesten ante el escribano las mercaderías que tuvieren en sus tiendas y las que fueren metiendo para vender, para ajustar y cobrar la alcabala que cada uno debiese a su majestad, así de lo que hubiesen vendido como lo que en adelante fueren vendiendo, lo cual cumpla pena de 6 pesos de oro común, que aplica por tercias partes, al que pretenda ignorancia.
Don Antonio Sebastián de Toledo Molina y Salazar, Marqués de Mancera, Señor de las Cinco Villas y de la del Mármol, Tesorero General de la Orden de Alcántara, Virrey Lugarteniente, Gobernador y Capitán General de la Nueva España, por cuanto don Francisco Alfonso Díez de la Barrera, Correo Mayor del reino, por memorial que presentó, le hizo relación diciendo que en los partidos de Tlalmanalco y Tepeaca había mucho número de salteadores, que en esos días habían amarrado cinco correos y era de gran inconveniente no haber seguridad; por lo que le suplicó fuese servido de despachar el recaudo conveniente, mandando a los alcaldes mayores de esos partidos, limpien los caminos de salteadores. Y por su visto el dicho pedimento y atento a lo que en él se le representa, manda a los alcaldes mayores de las ciudades de la Puebla, Tepeaca, partidos de Orizaba y San Antonio Huatusco, pongan particular cuidado y vigilancia, así por sus personas como por las demás justicias, en procurar que todos los caminos de su distrito y jurisdicción estén exentos y desembarazados de ladrones, salteadores y gente facinerosa; prendiéndolos y castigándolos conforme a sus delitos para que libremente, sin recelo y con toda seguridad se proceda trajinar, así por los correos que salen de la ciudad para la Nueva Veracruz y otras partes del reino. Y es de su obligación el procurarlo por sus oficios, sin que haya de su parte negligencia u omisión.\n\n
Mandamiento en forma para que Francisco de Vega sea preso en esta jurisdicción y con sus bienes sea traído ante su merced, en razón de una deuda de 600 pesos que tiene con don Rodrigo de Vivero.
Juan Martínez Romano, Joseph [José] de Brito, Martín Álvarez, Sebastián Hernández, Francisco de la Calle y Mateo Díaz, vecinos y labradores de esta villa, en voz y en nombre de los demás vecinos labradores de esta jurisdicción, dan poder a Antonio de Brito [Lomelín], labrador, vecino de esta villa, para que en nombre de los susodichos parezca ante el Excelentísimo señor don Juan de Palafox y Mendoza, Obispo de la ciudad de los Ángeles para que suplique revocación de un mandamiento por su ilustrísima despachado, en el que manda que todos los vecinos del beneficio de esta dicha villa que tienen ranchos y [labores] en esta jurisdicción paguen al [Bachiller] Diego Núñez Centeno, Cura Vicario de esta villa y partido de Huatusco [roto], por [suma] pesos de oro común [por cada un año], por la administración de sus ranchos y que dicho pago sea [roto].
Sem títuloCopia de mandamiento de 21 de junio de 1687 por el cual don Melchor Portocarrero Lazo [Laso] de la Vega, Conde de Monclova, Comendador de la Zarza en la Orden y Caballería de Alcántara, Virrey y Capitán General de esta Nueva España, concede licencia a Francisco Rodríguez de Olmedo, vecino de la jurisdicción de Huatusco, para que en las tierras que tiene y posee en la jurisdicción de la villa de Córdoba, cerca de la Peñuela, Boca del Monte y Totutla, pueda sembrar caña y fundar un trapiche donde moler y hacer azúcares y panochas de la permitida.
Sem títuloPetición de Francisco de Camas de León, en nombre del Capitán Baltazar Domínguez, vecino del número de los fundadores de la villa de Córdoba, para que lo dejen libremente trajinar con su recua por el camino de la Veracruz, sin llevarle derechos de las visitas que hicieren a su recua, para lo cual presentó mandamiento del Marqués de Cerralbo, con copias insertas de la ordenanza del Marqués de Guadalcázar (1619), confirmación del Marqués de Cerralbo (1625), mandamiento del Marqués de Montesclaros (1607), confirmación de don Luis de Velasco (1610), y mandamiento del Marqués de Gelves (1622), los cuales hacen alusión a que sólo carretas y carreteros deberán llevar derechos por las visitas que hicieren a los carros y carretas, exceptuado de este derecho a las recuas, así mismo no haberse de entender con los dueños de recuas la prohibición de bajar con indios en tiempo señalado a la Veracruz, sino tan solamente con las cuadrillas de carros. En cuyo auto el corregidor de Orizaba, hace mención de una causa de denunciación en contra de dicho Domínguez, por bajar con indios en servicio de su recua a la Nueva Veracruz en tiempo prohibido, resolviendo enviar al Señor Virrey los mandamientos presentados por parte de Baltazar Domínguez, junto con la ordenanza que revocó el Señor Marqués de Guadalcázar y confirmó el Señor Marqués de Gelves, y provea lo que fuere servido.
El capitán Juan González de Olmedo y el Sargento Sebastián de Prado Zagarraga, vecinos del pueblo de Orizaba, por si y en nombre de los vecinos de dicho pueblo, sentaron composición de tierras por lo que toca a su vecindad, solares y tierras que poseen los que no están compuestos en aquella jurisdicción, ofreciendo servir a su Majestad con 2,300 pesos para la Armada de Barlovento los cuales dijeron pagar en los dos primero despachos de flota del presente año. Cuya composición fue otorgada por el Virrey García Sarmiento de Sotomayor, habiendo mandado comisión al capitán Juan González de Olmedo y al Sargento Sebastián de Prado Zagarraga para que repartan y rateen entre los vecinos de Orizaba y los demás de la jurisdicción que no estuvieren compuestos, los dichos 2,300 pesos, recaudándolos y enviándolos a la Real Caja de la Nueva Veracruz.
Don Francisco de Lapuente González, vecino de la ciudad de México, recibió 150 pesos de oro común de Doña Aldonza Clara de Vargas, viuda de Andrés Vázquez, por cuenta de Doña Ana Francisca Matamoros, su madre; y por la de 300 pesos que importaba la manda que hizo Doña Juana de Vargas a Doña Mariana Fernández de Córdoba, con más 15 pesos en reales por los gastos que ha tenido el otorgante.