LITERAS

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              5 Archivistische beschrijving results for LITERAS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0011-PX_0011_0213 · Stuk · 14/11/1669
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Esteban de Torres, alquilador de mulas y literas, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, dijo que, hace un mes aproximadamente, trayendo a don Agustín Lomelín de Espíndola en una litera de su propiedad que venía de dicha ciudad con negros y negras bozales, habiendo llegado a la venta de la Rinconada del Marquesado del Valle, los negros se amotinaron y mataron a don Agustín y a otras personas. El otorgante escapó con vida, pero le hicieron pedazos su litera, sus mulas fueron matadas y comidas por los negros, perdiendo también sus ropas, dinero y pertenencias, dejándolo pobre. Asimismo, dijo que se ve obligado por necesidad y falta de otro recurso, a aceptar la poca compensación ofrecida por el gobernador de Veracruz, por decir que es juez conservador de dichos negros y caución de ellos, siéndole perjudicial al otorgante dicho trato. Por lo tanto, protesta que cualquier trato, pago o documento que otorgue con el gobernador de Veracruz, no implica renuncia a su derecho a poder pedir después justicia donde y como le convenga por los daños sufridos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0041-PX_0041_0035 · Stuk · 09/03/1767
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Tomás de Santiago y Cruz, junto con doña Juana Núñez, viuda de don Antonio Vanegas, y don Juan de Ariza, dueños de Literas y Avíos de Ligera, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Pedro de Madera, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, para que pueda parecer ante el señor gobernador y oficiales reales de dicha ciudad, y solicite se rediman y libren de las notables pensiones que las tropas de soldados y oficiales que suben y bajan por este pueblo, les ocasionan al tomarles con violencia los bagajes que necesitan para sus transportes y el de sus cargas, por el ínfimo precio de 1 real por legua que por cada uno les pagan con notable pérdida y quebranto de sus haciendas.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0032-PX_0032_0039 · Stuk · 16/09/1752
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Antonio Vanegas, Nicolás de Oliver, \"alías\" Cuernavaca, y Tomás de la Cruz, vecinos del pueblo de Jalapa, dueños de literas, mulas de silla y carpa, otorgan poder especial a don Pedro de Madera, vecino de la nueva Ciudad de la Veracruz, para que ajusten las literas mulas de carga y silla, así como las demás bestias y mozos que sean necesarios, por los precios y tiempos que acuerden.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0035-PX_0035_0031 · Stuk · 15/09/1758
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Juana Núñez, vecina del pueblo de Jalapa, viuda de Antonio Vanegas, dueña de literas y mulas, otorga poder especial a don Pedro de Madera, vecino de la Nueva Veracruz, para que comparezca ante los Oficiales Reales, donde haga postura por llevar las misiones que lleguen de España, obligándola con todos sus menesteres a llevarlas a los lugares que se le ordenen, por medio de sus sirvientes.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0058 · Stuk · 1835/05/04
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Nogueira, dueño de literas en esta ciudad, y don Guillermo B. Jaques, Director de la Línea Poblana de Diligencias, otorgan que se obligan a la puntual y exacta obediencia de la contrata que tiene celebrada, en la cual don Juan Nogueira se obliga a despachar dos literas de Xalapa y otras dos de Veracruz tres veces a la semana a las horas que se prefijen, cuyas literas no tardarán en el transito más que 28 horas. Que don Guillermo pagará por cada pasajero que vaya en las literas a razón de 20 pesos por cada uno no llevando equipaje, y si lo llevare será éste conducido en una mula que debe dar Nogueira, pagándole el flete a razón de 12 reales por arroba. Que los pasajeros para el pescante serán conducidos entre Xalapa y Veracruz en caballos que también dará Nogueira, y cuyo flete pagará Jaques a razón de 8 pesos por cada caballo. Que una hora antes de la salida se presentarán las literas a los encargados de las diligencias para saber cuáles sean las cargas que han de llevar. Que todos los días últimos de cada mes pagará Jaques a Nogueira con puntualidad las cuentas de las literas que salgan, tanto de Veracruz como de Xalapa. Que esta contrata durará por el término de un año contado desde esta presente fecha. Que dentro de veinte días Jaques le franqueará a Nogueira en calidad de préstamo 2 000 pesos, cuya suma deberá de satisfacer Nogueira abonando desde noviembre de este año, la mitad de lo que alcance cada mes en las cuentas.

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