El presbítero don Felipe de Jesús Leboreiro, clérigo domiciliario de este obispado de Puebla, hijo de don Bernardo Leboreiro y de doña María Baena, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: manda ser sepultado en la manera que dispongan sus albaceas. Señala por sus bienes dos casas de edificio bajo, ubicadas en esta ciudad. Una de ellas en la primera calle que de las gradas del atrio de San Francisco conduce para la ermita de Santiago, y la otra, en la calle, también de Santiago, asimismo, tiene libros, muebles y ropa de uso. Ordena que la casa de la última calle de Santiago, la vivan por sus días los señores Ignacio Ortega, su esposa Juana Hernández y Joaquina Ortega, hija de ambos, y por la falta de ellos tres, se alquile para que con sus rendimientos se socorran a los pobres. Asimismo, ordena que la casa de la primera calle de Santiago se alquile, luego que él fallezca, y que sus rendimientos se distribuyan semanalmente los sábados, en socorrer a los pobres. Ordena que sus libros se realicen, para que de sus importes se distribuyan también a los pobres. Manda que su ropa de uso y los muebles de casa, se entreguen a su criada Joaquina Ortega, para que disponga a su arbitrio. En caso de que tuviese algunos bienes más, ordena se apliquen igualmente a los pobres, atento a no tener herederos forzosos ascendentes ni descendientes. Nombra por su albacea al presbítero don José Francisco Campomanes, actual cura de esta feligresía, y a su hermano don Pascual [Campomanes]. Solicita al presente escribano, que en la copia que ha de dar de este testamento, deje 4 hojas en blanco, rubricadas de su puño, y ordena que lo que en ellas se señale se le dé también validación, como si estuviese incorporado al presente testamento.
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El Bachiller don Sebastián Falcón, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo de la iglesia, estando enfermo en cama del cuerpo, sano de la voluntad y en todo su libre juicio, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que ha servido una capellanía que está fundada sobre casas de la Nueva ciudad de la Veracruz en propiedad que le hizo colación de ella el señor provisor, cuyos réditos de un año que se cumplió por julio se le deben 50 pesos, manda que se cobre. Declara que debe a las personas siguientes: Luis de Tejeda, al padre guardián y a don Francisco Mayorga Cervantes. Declara por sus bienes un alba con puntas grandes blancas, una sotana de ceda nueva, sotana y mantel de picote usada, dos capotes, una cajita con diferentes libros, un breviario, un semanario, una caja de cedro mediana con cerradura y llave dentro de ella, cuatro camisas y cuatro calzones blancos, entre otros artículos que se mencionan en la escritura. Nombra por su albacea a don Francisco Mayorga Cervantes y también lo nombra su heredero.
Zonder titelEl Bachiller Juan García de Arroyo, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de Juan García de Arroyo y de Juana de Vozmediano, vecinos que fueron de la villa de Carrión, valle de Atrisco [Atlixco], de donde es natural el otorgante y vecino de esta villa de Córdoba, hace su testamento donde declara que la legítima paterna que le tocó por fin y muerte de su padre la renunció en sus hermanas Mariana, María y Petrona García de Arroyo. Declara [tuvo en] propiedad una capellanía de misas rezadas [que fundó] Bartolomé García de Coz [Cos], su tío, [en villa de Carrión], la cual dejó en propiedad a Nicolás García, hijo de su tío y de doña Ana Larios Penchi, por haber entrado éste como religioso de la Compañía de Jesús y ser el deudo más cercano a su tío. Declara que don Felipe Ramírez de Arellano, vecino de la villa de Atrisco [Atlixco], le es deudor de 200 pesos del corrido y renta de su capellanía, que esta impuesta sobre su hacienda de labor y casas. Declara por bienes una casa y solar en esta villa de Córdoba; una negra nombrada Catalina, de sesenta años; dos mulatos nombrados Diego de la Cruz, de quince años, y Miguel, de catorce años de edad; cuarenta y ocho libros grandes y chicos de diferentes materias, entre otro bienes. Ordena que después de su fallecimiento quede en libertad su esclava Catalina, por lo bien que le ha servido y por haberlo criado. Manda se le dé medio solar que tiene en esta villa a su ahijada Melchora, hija de Juan López de Villardoy e Isabel de Rojas, vecinos de esta villa, para ayuda a su casamiento. Deja la casa de su vivienda a la Concordia de San Felipe Neri de la ciudad de los Ángeles, para que sus prepósitos y consiliarios manden decir perpetuamente por su alma e intención una misa rezada cada uno de los doce meses del año. Manda que sus esclavos Diego y Miguel sean entregados a la Concordia de San Felipe Neri, para que sirvan en su iglesia por todos los días de su vida. Nombra como albacea testamentaria al principal [roto] que fuera de la dicha Concordia de San Felipe Neri [roto].
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