Don José de Herrera y Campo, Maestro Farmacéutico, vecino de esta Villa de Jalapa, otorga poder especial a don Jacinto Antonio Herrera y Campo, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre se presente en el Juzgado del Señor Intendente de aquella ciudad, donde firme las escrituras relativas a la contrata de medicinas que se remataron a su favor y reciba 350 pesos que de las Cajas Reales se le han de integrar.
JUZGADOS
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Don Francisco Rodríguez León, Sargento Mayor del Regimiento de Dragones de España, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Antonio [Cristóbal de] Salamanca, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que a nombre de él, como padre de don José Joaquín Crescencio León Rodríguez y Noriega [sic], comparezca en el Juzgado Metropolitano a contestar lo conducente en su derecho al recurso de apelación interpuesto por el Presbítero don José Francisco Márquez, al auto que el señor Juez de Capellanías y Obras Pías, en 16 del corriente, se sirvió proveer definitivo, en el expediente formado por la vacante Capellanía que con el principal de 3 000 pesos fundaron don Francisco Cabañas Picado y Cornejo, y doña Mariana Priego y Nava, declarada por dicha definitiva providencia a favor de su hijo; haciendo para ello, todas las agencias y diligencias que ha dicho particular conduzcan.
Don Juan Manuel de Cotarro, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Juan José Darget, vecino y del comercio de la Puebla de los Ángeles, para que se presente en el Juzgado del Señor Teniente Letrado, Asesor Ordinario, a ratificar y llevar a cabo la postura que hizo en esta Villa, de dos fincas que hay en ella, pertenecientes al concurso formado a bienes del difunto don Luis de Zárate, los cuales se han de rematar en dicho juzgado. Ofreció por ellas 2 500 pesos.\t
El Presbítero don Mariano Merino Roso, natural de esta Villa, y domiciliario del Obispado de la Puebla, otorga poder especial al Bachiller don José Mariano Ladrón de Guevara, actual Cura del pueblo de Xilotepec, residente al presente en la Ciudad de la Puebla, para que en su nombre se presente en el Juzgado de Capellanías y Obras Pías de dicha ciudad, y en los demás juzgados y tribunales que correspondan, y con manifestación que haga de los documentos necesarios, pida y promueva que se le declare sucesor del difunto padre Andrés Roso, de la Congregación Jesuita, en el goce de la Capellanía que servía, y fundó en esta Villa doña Paula Barradas [Meléndez] con el principal de 4 000 pesos; a cuyo efecto haga todas las presentaciones, actos, agencias, y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan, hasta conseguir la indicada declaración.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de esta Villa, Síndico personero de su Ilustre Ayuntamiento, otorga poder especial a don Vicente de la Barreda, Pertiguero de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla, para que en su nombre solicite del Juzgado Eclesiástico de Capellanías y Obras Pías, que sobre el rancho nombrado Zoncuantla, que posee por suyo propio en las inmediaciones de esta Villa, se imponga 4,000 pesos de la capellanía que se fundó conforme a la voluntad del Señor Conde de Reparaz, y disfruta el presbítero que sirve de capellán en el Beaterio de esta Villa, cuya cantidad esta para redimirse por el actual poseedor de la hacienda nombrada el Lencero, en la que hasta ahora se ha reconocido dicho capital, el mismo que se encuentra en poder del otorgante por cuenta de don José Ignacio de Uriarte, dueño de la expresada hacienda, a fin de remitirlos a aquel juzgado.\t
Doña Josefa Juana Palacio, de esta vecindad, otorga poder especial a don José Ramón de Abascal, para que en su nombre practique y concluya las diligencias que la compareciente suscitó en el Juzgado del Señor Alcalde Ordinario de Segunda Elección, de esta Villa, sobre reducir a efecto los esponsales que tiene contratados con el mismo Abascal, y cuyo expediente pende en la superioridad de la Real Audiencia de esta Nueva España, contestando allí sobre la oposición que a esta alianza, ha hecho su madre doña María de Luz Acosta; así también se lo confiere para que la defienda en todos los pleitos, causas y negocios civiles o criminales.
Don Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, dijo que en el juzgado del Alcalde Ordinario de Segunda Elección, se sigue causa criminal de oficio contra don Domingo Rocha, pero que de los pocos días que se halla en la cárcel, ha contraído una enfermedad, por lo que pide se le excarcele bajo fianza para ponerse en cura con el facultativo en medicina, por lo que el otorgante se constituye en su fiador y carcelero comentariense hasta que se reponga de tal enfermedad.\t
Don Pedro Miguel Martínez, vecino y del comercio de Jalapa, como albacea del difunto don Domingo Antonio Mojo y Festa, otorga poder especial a don Joaquín José Guerrero y García, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, para que en nombre de dicha testamentaria se presente en el Juzgado General de Bienes de Difuntos y pida al señor juez oidor se le libre el suficiente recado para la cobranza de las deudas activas de dicho difunto, particularmente para la que debe su hermano don Manuel Mojo y Festa, vecino de Buenos Aires
Don Manuel Antonio de Alonso, vecino de España y residente en Jalapa, declara que tiene en su poder algunos bienes de la testamentaria de su difunta suegra doña Ana María de Iglesias, pendientes en el Juzgado de Provincia sin poderse concluir por lo cual otorga que se obliga a cubrir una fianza, a favor de don Manuel Antonio de Alonso y don Clemente de Lafragua, vecinos de la Ciudad de Puebla y residentes en este pueblo, para que lleven los citados bienes a España.
Don Matías de la Mora Castañeda, vecino del pueblo de Jalapa, informa que don José Joaquín Mellado y doña María de Jesús Álvarez de Guzmán, vecinos del pueblo de Tlacolulan, le informaron que el Juzgado General de Bienes de Difuntos, ordenó notificarle a dicha María, que afianzase con sujeto abonado, la cantidad que resultase de las dependencias ultramarinas que dejó su primer marido don Juan López Meilán, por lo que dicho Matías se obliga a pagar en dinero de contado, la cantidad que resulte de dichas dependencias, en sustitución de los citados José y María.