Los Capitanes Juan Antonio de Arce y Arroyo, José Robledano de Cardeña y Juan Antonio de Zavalza, junto con Laureano Fernández de Ulloa, vecinos de este pueblo, informan que Juan Martín de Zurbano, cedió a los vecinos del pueblo de Jalapa las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Tetela, Jonotla y Papantla que se remataron a su favor, por lo que los declarantes se constituyen en fiadores y principales pagadores, obligándose a pagar en las Reales Cajas de México, la cantidad de 40, 000 pesos, dando 8, 000 pesos anuales durante 5 años, periodo en el cual dura la administración de dichas alcabalas.
JONOTLA, JURISDICCIÓN DE
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Don Laureano Fernández de Ulloa, residente del pueblo de Jalapa y arrendatario de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Papantla y Jonotla, da en arrendamiento las alcabalas de Jalacingo y Teziutlán a don Nicolás Pérez Toledano, vecino del pueblo de Jalacingo, por el periodo de 4 años, con una paga de 1,885 pesos 5 reales.
Don Miguel García de Espejo, Arrendatario de las reales alcabalas de esta jurisdicción de Jalapa, Jalatcingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Papantla y Jonotla, declara que por motivos de salud tiene que retirarse de sus actividades y por ello traspasa y cede el citado arrendamiento a don Juan de Atenas, vecino de la Nueva Veracruz.
Los Capitanes José Robledano de Cardeña, Bartolomé de Castro, Manuel de Olmedo, los Alférez Laureano Fernández de Ulloa y José Antonio de Acosta, vecinos de este pueblo, otorgan poder especial a Juan de Lucena, para que los obligue como fiadores, en cualquier cantidad de pesos, en el remate de las alcabalas de esta jurisdicción, Teziutlán, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Atempa, Tetela, Jonotla y Papantla, que se hará en la Real Almoneda de la Ciudad de México.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo, otorga poder especial a don Domingo de Villanueva, natural de España y residente en la Ciudad de México, para que comparezca en la Real Almoneda de la Ciudad de México, donde se remataran las reales alcabalas de la jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Papantla, Tetela y Jonotla, haciendo las posturas que convengan y le parezcan.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a Francisco de Escalona para cobrar la recaudación de las reales alcabalas de está jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, Teziutlan, San Juan de los Llanos, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla.
Don Miguel García Espejo, vecino de este pueblo de Jalapa, arrendatario de las reales alcabalas de esta jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Tetela, Jonotla, Teziutlán, Atempa y Papantla, informa que por no poder administrar las alcabalas del partido de Naolinco y sus pueblos y ranchos, ha decidido darlas en arrendamiento a don Félix José de los Reyes y don Francisco Munguía, vecinos del citado pueblo de Naolinco, por el periodo de 5 años, por la cantidad de 850 pesos que le han de pagar cada uno.
Don Miguel García Espejo, arrendatario de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Tetela, Jonotla, Teziutlán, Atempa y Papantla, informa que por no poder administrar las alcabalas del partido de Perote, ha decidido otorgarlas en arrendamiento a don Marcos Barreda, vecino del citado partido y pueblo de Perote, por el periodo de 5 años, con una paga de 840 pesos en cada año.
Don Miguel García Espejo, arrendatario de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Tetela, Jonotla, Teziutlán, Atempa y Papantla, informa que por no poder administrar las alcabalas del partido de Coatepec e Ixhuacán de los Reyes, las cuales abarcan desde el Río de Nacastalapa e incluyen los pueblos de Coatepec, Xico, Ixhuacán, Santiago Teocelo, las lomas del río Pedernales, el pueblo de Jalcomulco y el ingenio de Pacho e incluyendo los demás ranchos, las cuales otorga en arrendamiento a don Bartolomé Salvo, vecino de este pueblo de Jalapa, por el periodo de 5 años, con una paga de 574 pesos por cada año.
Don Pedro Pablo de Urquidi, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz y residente en este pueblo, otorga que se constituye como fiador de don Miguel García Espejo, arrendatario de Real Alcabala de esta jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa y Jonotla, en sustitución de don Domingo Gutiérrez Losilla, difunto, por la cantidad de 2, 000 pesos mexicanos, por lo que otorga poder a don Juan Antonio Barraza para que en su nombre parezca en la Contaduría de la Real Alcabala ante el Señor Contador General y pida se le admita por tal fiador.