Miguel de Zurita, residente en Naolinco, en nombre y con poder del Lic. Diego Martín de los Reyes, su tío, cura beneficiado del pueblo y partido de Santa María Tlapacoyan, jurisdicción de Jalacingo, vende al Lic. Nicolás Roxer, cura beneficiado del pueblo de Naolinco, una mulata, esclava que fue de de Diego Martín, padre del dicho beneficiado, de 39 años de edad, nombrada Nicolasa Gutiérrez, libre de empeño, hipoteca y otra enajenación, en el precio de 350 pesos de oro común.
JALACINGO, JURISDICCIÓN DE
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Esteban Gómez, vecino de la Puebla de los Ángeles, dio poder al Lic. Mateo Hidalgo, presbítero, vicario del partido de Jalacingo, para que cobre en su nombre a don Alonso Sánchez, vecino de los llanos de Perote, 65 pesos de oro común por una escritura de obligación de plazo pasado.
El Licenciado Antonio Primo de Rivera, Alcalde Mayor de la jurisdicción de Jalapa y Jalacingo, hace aclaración respecto al documento anterior, en el cual dice que no se selló por que el del sello nuevo no se presentó y ante la necesidad de otorgar una copia del testimonio anterior a cada familia, sólo lo firmó y le puso fecha de 9 de enero del presente año.
Para la dicha información se recibió juramento del Lic. Nicolás Rogel, cura beneficiado del pueblo y partido de Santa María Tlapacoya, jurisdicción de Jalacingo y dijo que fue testigo instrumental en la memoria de Pedro de la Peña, a quien conoció y lo vio hacerla junto con los demás testigos
Don Juan Antonio de Arce y Arroyo, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de esta jurisdicción y la de Jalacingo, revisó la memoria del Licenciado don Francisco Fernández de Velasco, difunto cura del pueblo de Tlacolulan, y ordenó que quienes firmaron dicha memoria corroboren si les pertenece y si el citado cura estaba en su entero juicio al momento de dictar tal memoria.
Don Lucas Rosete, Alguacil Mayor de Jalapa y su agregada Jalacingo, otorga poder al Licenciado Carlos Antonio de Thormes, Abogado de la Real Audiencia de la Nueva España, residente en México, para que se encargue de todos los pleitos que tenga o tuviere con cualquier persona, compareciendo ante el Rey, Audiencias, Tribunales, Chancillerías y demás Tribunales que con derecho deba, presentando la documentación, testimonios, diligencias, autos y demás que sea requerido, por lo que se le da éste con libre y general administración.
El Licenciado Alonso José Gatica, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de la antigua parroquia del pueblo de Jalapa, informa que doña Nicolasa Catarina Cardeña, propietaria del Oficio de Escribano Público de este pueblo y la jurisdicción de Jalacingo, lo otorga en arrendamiento a su hermano legítimo, don Miguel Eustaquio Cardeña, en 50 pesos por cada mes, a partir del día 6 de julio de este año.
Francisco de Cabañas, marido y conjunta persona de Francisca de Vergara, vecino de San Andrés Atzalan, jurisdicción de Jalacingo, recibe del Lic. Juan de Landa, clérigo, beneficiado de Jalacingo, como patrón que es de la obra pía para casar doncellas pobres que mandó instituir Antonio de Guevara Unzueta, vecino de Atzalan, 150 pesos de oro común por ser su mujer una de las beneficiadas de la dote de dicha obra pía.
El Capitán Antonio Beltrán, vecino del desierto de Perote, jurisdicción de Jalacingo, se obligó a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 52 pesos y medio real de oro común, por otros tantos que valieron las semillas, ganados y lana, del diezmo del año pasado de 1679, de su rancho nombrado La venta de Lovillo, y que compró al Lic. Juan González de Castro, presbítero, colector de diezmos, en los plazos siguientes: 32 pesos y 4 tomines para fin del mes de diciembre del presente año, y los 19 pesos y 4 tomines y medio, para fin del mes de agosto del año venidero de 1681.
El Licenciado Pedro de Irala, cura beneficiado por Su Majestad del pueblo de Jalapa, dio su poder cumplido al Capitán Don Gaspar de Villanueva Zapata, Alcalde Mayor de la provincia y jurisdicción de Jalacingo, para que en su nombre reciba y cobre de la Real Caja de Su Majestad de la ciudad de México, los pesos de oro común que se le debieren por el servicio del dicho beneficio, desde el día que se cobró hasta hoy día de la fecha, a razón de 50 pesos anuales.