Don Juan Antonio Gómez de Riobo, vecino del pueblo de Ixhuacán de los Reyes y residente en este pueblo de Jalapa, informa que por superior despacho de Juez General de Bienes de Difunto de la Ciudad de México, se obliga a devolver los bienes del difunto don Francisco Somonte, Cura que fue del pueblo de Ixhuacán, mismos que fueron inventariados y repartidos entre el citado Riobo y el Bachiller don Ambrosio Vicente de Barrios.
IXHUACÁN DE LOS REYES, PUEBLO DE
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Juan Antonio de Arce y Arroyo, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de esta provincia de Jalapa y de Jalacingo, dijo que los pueblos de Ixhuacán de los Reyes y Teocelo, ordinariamente se atrasan en el pago de los reales tributos, y para evadirles de los salarios de comisarios, otorga que da comisión a Pedro Calderón, vecino de este pueblo, para que se mantenga en dichos pueblos, y los de Xicochimalco y de Santiago Ayahualulco, en el conocimiento y administración de la Real Justicia en los casos y cosas que se puedan ofrecer tanto civil como criminalmente.
Antonio de Aragón, vecino del pueblo de Ixhuacán de Los Reyes, como principal y Bernabé Antonio Vázquez como fiador, vecino de este pueblo de Jalapa, se comprometen a pagar 750 pesos por el remate de los diezmos del curato de Ixhuacán de Los Reyes, en el periodo de 3 años, a razón de 250 pesos en cada año.
Pedro Ortiz, como principal y Diego Vázquez, como su fiador y principal pagador, vecinos de Coatepec, deben y se obligan a pagar a José Robledano de Cardeña, la cantidad de 970 pesos por el arrendamiento de las alcabalas de los pueblos vecinos de Ayahualulco, Ixhuacán de los Reyes, Teocelo, Xicochimalco, Coatepec y los ingenios ubicados al otro lado del río Nacastapala, desde Zoncuantla hasta las lomas, desde el río Pedernales, por el tiempo de 5 años.
Don Dionisio Camacho, de esta vecindad, colector de diezmos de la cordillera de Xalapa, otorga arrendamiento en favor de don José María Morgado, los diezmos que se recauden (excepto el ramo de tabaco), que comprenden el pueblo de Teocelo, doctrina de Jicochimalco [Xicochimalco], terminando por éste con la barranca y río que lo divide por Ixhuacán con Nanacatlan y por Coatepec con el río ya citado hasta la junta; por el tiempo de tres años, que deberán contarse desde el día cinco del presente, y por precio de 280 pesos anuales.
Sem títuloEl ciudadano Diego Melchor Gutiérrez, hijo legítimo de don Diego Melchor [Gutiérrez] y de doña Mariana Josefa García, sus padres ya difuntos, vecinos que fueron del pueblo de Yshuacan [Ixhuacán] de los Reyes, de donde es originario; otorga su testamento en la siguiente manera: Ordena que su cuerpo se traslade al pueblo de Jico [Xico] y se sepulte delante de la capilla del santísimo. Declara que es casado con María Dolores Galán, quién no trajo a su poder ningún capital ni él tenía nada al tiempo de su enlace, en dicho matrimonio han procreado a catorce hijos, entre solteros, dos casados, una viuda y uno ya difunto. Declara que a los hijos que se casaron les dio dinero en efectivo, animales de carga y cubrió con gastos de entierro de quienes fallecieron y ordena que se descuente de lo que les toque en las hijuelas de división. Expresa que no recuerda tener deuda pasiva, más en el evento de que aparezcan y se justifiquen las satisfarán sus albaceas, así como recaudarán las que pueda haber activas. También declara que a su hijo Manuel de Jesús Gutiérrez, es quién durante doce años ha llevado sobre sí todo el trabajo y giro de sus negociaciones, adquiriéndose por su industria y afanes, algunos aumentos, por cuya razón para compensarlo es su voluntad mejorarlo en el quinto de sus bienes libres. Instituye y nombra por sus únicos y universales herederos a sus catorce hijos en partes iguales. Nombra por tutora y curadora ad bona de sus hijos menores a su esposa María Dolores Galán y suplica al señor juez que lo sea competente se sirva discernirle el cargo sin exigirle fianza alguna, Y nombra por sus albaceas testamentarios y tenedores de todos sus bienes a su esposa María Dolores Galán y a su hijo Manuel de Jesús Gutiérrez. Finalmente, aunque los referidos albaceas les constan cuáles son sus bienes, no obstante, a esto para la mayor amplitud a ésta disposición pondrá una lista de ellos al pie de la copia que le ministre el escribano, cuya lista será también firmada por él y autorizada por el presente escribano rubricando estas fojas de su puño, sin este requisito de rúbrica no será válido cualquier que aparezca. Finalmente revoca y anula todos los testamentos, codicilos, poderes para testar y otras disposiciones que antes de esta haya hecho u otorgado por escrito o por palabra.
Sem títuloUn ciudadano que expresa llamarse José Antonio Martínez, Síndico actual del pueblo de Ixhuacán de los Reyes de este cantón, otorga poder a don Florentino González, de aquella vecindad, para que a nombre del comparente y representando los derechos y acciones de aquella municipalidad y los comunes del pueblo de Ixhuacán, pueda gestionar en todos los asuntos que en la actualidad haya pendientes o que en lo sucesivo se movieren, percibiendo y cobrando las cantidades que se les adeude y defendiendo en todos sus pleitos.
Sem títuloDon José Ruiz Sánchez, de esta vecindad, colector de diezmos de esta cordillera, otorga arrendamiento en favor de don Antonio Díaz Galván, vecino del pueblo de Xicochimalco, todos los diezmos que se recaudan y pertenecen a la doctrina y comprensión del citado pueblo y su anexo de Teocelo, con inclusión del Potrero de San Marcos menos el ingenio de la Laguna, que terminan por la de Ixhuacán por aquel rumbo; y por este con el término de la doctrina de Coatepec y con el río de las Puentes. Dicho arrendamiento por el término de tres años, a partir del pasado 5 de agosto por el precio de 500 pesos anuales, que deberá pagar al fin de cada uno de estos. Y para cuya seguridad debe dar dos fiadores y estando presentes aceptan y se constituyen don Felipe Ramos, vecino del pueblo de San Antonio Huatusco y a don Juan Rodríguez Varela del pueblo de Teocelo.
Sem títuloEl Presbítero José María Rubín de Celis, Cura del Pueblo de San Francisco Actopan, otorga poder especial a don Vicente de la Barreda, Pértigo de la Catedral de la Puebla de los Ángeles y Procurador de la Curia Eclesiástica, para que se presente ante el Obispo de la Puebla y en todos los demás tribunales, a tratar la permuta que tiene hecha con el Presbítero José Mariano Campos, cura de Ixhuacán de los Reyes.
Miguel de Almanza, vecino del pueblo de Ixhuacán de los Reyes, presentó una memoria testamentaria que otorgó Antonio de Morales, de la misma vecindad, en presencia de su párroco y 8 testigos en que instituyó por su albacea al mencionado Miguel de Almanza, pero dijo que se hallaron 9 testigos por lo que pide valga como escritura pública y como tal se haga el registro público y que de él se saque cualquier traslado y se entreguen a los herederos y albaceas.