Nicolás Alonso, Gobernador del pueblo de San Pedro Chiconquiaco y demás oficiales de él, dijeron mediante Andrés Pérez, intérprete, que el 14 del corriente mes y año se cumplió la escritura del maestro de escuela de este pueblo que ha sido Pedro de León y Molina, y en atención a estar gustosos con él por haber cumplido con su obligación, solicitan continúe, obligándose a mantenerlo en su pueblo por el tiempo de 4 años que han de correr desde el 15 del mismo mes y año, dándole 96 pesos de oro común para sus tercios corridos, 12 fanegas de maíz y un huevo los viernes por cada muchacho que acuda, y el maestro se compromete a enseñarles la lengua castellana, la doctrina cristiana, a leer y escribir por 3 horas en la mañana y 3 en la tarde.
INTÉRPRETES
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Juan Martín, Francisco Diego y Pascual Alonso, Alcaldes de San Pablo Coapan; Pedro Jiménez y Agustín Gregorio, Regidores; y Diego Martín, Escribano, dijeron mediante Andrés Pérez, intérprete, que Francisco de Buendía, maestro de su escuela se ha ausentado y desistido en cumplir con la escritura para continuar con la escuela, cuyos otorgantes tienen a bien a no obligarlo en atención a tener a otro maestro más de su propósito y conveniencia, Pedro Gómez, vecino de esta jurisdicción a quien se obligan a darle 70 pesos de oro común por cada año, más una fanega de maíz por mes, un huevo cada muchacho por semana durante 2 años, y el maestro se obliga a enseñar la lengua castellana, la doctrina cristiana, a leer y escribir desde los 5 años a las muchachas y a los muchachos hasta que tomen estado.
Don Tomás de la Cruz, Gobernador del pueblo de San Jerónimo Coatepec; Bernardo de los Santos y Diego de la Cruz, Alcaldes, dijeron sin intérprete por ser ladinos, que en cumplimiento con lo mandado a tener escuela en cada pueblo, se obligan a pagar a José Pérez de esa misma vecindad, 70 pesos de oro común en cada año, más 12 fanegas de maíz, por 4 años que han de contarse del 17 de julio del presente año, más un huevo por semana que ha de entregar cada muchacho, y una india tesquí para que le haga tortillas y atole, y el maestro es obligado a tener escuela donde ha de enseñar la lengua castellana, a leer y escribir a los muchachos desde los 5 años hasta que tomen estado y las muchachas hasta los 10 años.
Pascual de Torres, Gobernador del pueblo de Xicochimalco; Miguel de la Cruz y Lorenzo Martín, Alcaldes; José de la Cruz y Felipe de la Cruz, Regidores; y Tomás de la Cruz, Escribano, dijeron sin intérprete, que en cumplimiento de lo mandado sobre que haya escuelas en todos los pueblos, por la presente se obligan a pagar durante 2 años a Salvador Jiménez, vecino de esta jurisdicción, 100 pesos de oro común, más una fanega de maíz en cada mes, un huevo por muchacho cada semana, una india tesquí para las tortillas y atole, con calidad de que han de tener escuela sin hacer ausencia y en caso de que lo haga, deje a otro en su lugar para que les enseñe la lengua castellana, la doctrina cristiana, a leer y escribir, a los muchachos desde los 5 años hasta que se casen y a las muchachas hasta los 10.
Don Miguel Bonifacio, Pascual de la Cruz, Gobernador y Alcalde de Chiltoyac y Julián Antonio, Escribano; don Juan de Santiago, don Juan de la Cruz, don Cristóbal García entre otros gobernadores y oficiales, dijeron sin intérprete por ser ladinos, se obligan a pagar al Mayordomo que fuera de la Cofradía de nuestra Señora de la Concepción 140 pesos de oro común, 50 de ellos para el día de San Juan Bautista de 1728 y el resto para el fin de ese año... (rasgado)
Don Diego Ramírez, Gobernador del pueblo de San Juan Miahuatlán, sus alcaldes y oficiales, dijeron sin intérprete que en cumplimiento de lo mandado acerca de que haya escuela en todos los pueblos se obligan a pagar durante 2 años a José Bravo, vecino del pueblo de Jalapa, 90 pesos en cada año, más una fanega de maíz cada mes, un huevo por muchacho cada semana (rasgado).
Manuel Alonso, Gobernador del pueblo de Xicochimalco; Mateo Juan y Diego Martín, Alcaldes; Juan de la Cruz y José Méndez, Regidores; Lucas Martín, Escribano, dijeron mediante Andrés Pérez, intérprete, que se han cumplido 4 años de la obligación que tenía el maestro de escuela y para su continuación han buscado a otro maestro nombrado Juan Hernández Salado, vecino de Jalapa, a quien se obligan a pagar durante 4 años, 145 pesos en cada uno, más 12 fanegas de maíz, un huevo por muchacho cada semana, comprometiéndose a enseñar la lengua castellana, oraciones, doctrina cristiana, a leer y escribir.
Diego Palacios y Orcasitas, vecino de la Ciudad de México, agente por parte del fiscal para la cuenta y tasación de los tribunales de esta jurisdicción, y don José Sáenz Cano, intérprete, declaran que han recibido del Capitán Juan Ricardo de Guzmán, 183 pesos de oro común; 138 de ellos por la mitad de los salarios que ha vencido el agente y los 45 restantes por la mitad de salarios que ha vencido el intérprete.
El Gobernador y Oficiales de dicho pueblo, dijeron a través del intérprete Francisco Montero, que en cumplimiento a lo mandado por Su Majestad para la fundación de escuelas de lengua castellana en todos los pueblos, se obligan a pagar a Patricio de Escobar, 80 pesos anuales, enseñando la doctrina cristiana, a leer y escribir la lengua castellana, las muchachas desde los 5 a 10 años y los muchachos desde dicha edad hasta que se casen, durante 1 año.
Francisco Antonio Mier, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, Agente del Real Fisco de la nueva cuenta de los tributarios de esta jurisdicción, mandada hacer por Real Provisión el 8 de abril del presente año, y Juan Rodríguez, vecino e intérprete nombrada para ella, dijeron que recibieron del Capitán Juan Martínez de Soria, Alcalde Mayor, la cantidad de 169 pesos, 1 tomín y 6 granos de oro, 116 pesos para el Agente y el resto para el intérprete, por concepto de la mitad de salarios que han devengado.