Don Tomás Rodríguez, Gobernador; don Pascual de la Cruz, Francisco Ignacio y Alonso de la Cruz, Alcaldes, Marcos Berriel y Antonio de Santiago, Regidores y don Lorenzo de Santiago, Escribano, por sí y en nombre del demás común y naturales del pueblo de Xilotepec, a través de Andrés Pérez intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Sebastián Lobato, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 96 en reales de contado, 12 fanegas de maíz, agua, leña que fuere menester y un huevo que ha de dar cada muchacho por semana.
INTÉRPRETES
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Ante el Capitán Don Juan Francisco de Herrera, Alcalde Mayor de Jalapa y de Jalacingo, Don Nicolás de la Torre [Arnate], gobernador actual de Xilotepec, Don Nicolás Luis y Tomás de la Cruz, alcaldes, en nombre de su comunidad, y mediante Antonio Barradas, intérprete, manifestaron un hierro y señal, para que todo el común de dicho pueblo pueda usarlo, señalando las mulas, caballos y bueyes que cada uno tuviere.
Don Juan Matías, Gobernador actual del pueblo de San Andrés Tlalnehuayocan, don Gaspar Hernández y don Marcos Francisco, Alcaldes, Lucas Sebastián y Diego de la Cruz, Regidores, Pedro de la Cruz, Alguacil Mayor, y Pablo de los Ángeles, Escribano de Cabildo, a través de Antonio Barradas, intérprete de este juzgado, otorgan poder especial a don Juan de Medina Caraveo, vecino del pueblo de Jalapa, para que en su representación continúe y acabe el pleito entablado con el gobernador, común y naturales del pueblo de Xilotepec sobre tierras que dicen les pertenecen.\r\n
Don Melchor de Marquina, Gobernador de los indios del pueblo de Xilotepec; don Sebastián Hernández, del pueblo de Tlacolula; don Miguel de Santiago, del pueblo de Coacoatzintla; don Gabriel Rodríguez, de Naolinco, entre otros representantes de los pueblos de esta jurisdicción, mediante Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en sus nombres, demás gobernadores y oficiales, común y naturales, otorgan poder especial a don Francisco Félix Hidalgo, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, y a don Francisco Miguel de Campo, vecino de este pueblo, para que parezcan ante el Rey, en sus reales audiencias, chancillerías y tribunales a defenderlos en razón de la merced y composición que se les hizo en esta provincia de sus tierras, aguas y montes por 10 mil pesos con que sirvió para que se cumpla y ejecute su tenor, así en ningún tiempo tenga necesidad de componerse nuevamente y se retire el comisario que esta entendiendo actualmente en ello despachado por el señor don Félix Suárez de Figueroa, Oidor de la Real Audiencia de México.