Don Manuel Benavides, de esta vecindad, se constituye fiador de cárcel segura de Carlos Dalves, indio cacique, preso en la Real Cárcel de esta Villa, por las sospechas únicas de ser sirviente en la casa del Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, por donde la noche del 28 de noviembre, se introdujeron los malhechores a verificar el robo en el almacén de don Juan Esteban de Elías, de esta vecindad y comercio.
INDIOS
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Don Sebastián Martín, Gobernador del pueblo de Naolinco, don Luis Matías, don Diego Martín Pérez y don José Gabin, Gobernadores pasados, junto con los demás oficiales del cabildo de este citado pueblo, quienes hablan por ellos mismos y en nombre de los naturales del mismo lugar, se constituyen en deudores del Presbítero Pedro Felipe de Rivera, Teniente Cura del referido pueblo, por la cantidad de 158 pesos de a 8 reales de plata cada uno, obligándose a cubrir dicho adeudo de la siguiente manera, 50 pesos de reales, durante el próximo mes de febrero de este año y los restantes 108 pesos en el mes de enero de 1797.
Juana Manuela Borja, alias Pedrote, viuda y vecina de esta Villa de Xalapa, declara que por pedido de su prima Ponciana, vendió a Juan Bartolo, indio natural de esta villa, la parte que le tocaba de un solar que les dejó su abuela, en la cantidad de 47 pesos, transacción que hizo hace 30 años, y que ahora el comprador ha recurrido a la otorgante para solicitar escritura de la citada venta y como la mencionada Ponciana ha fallecido, la compareciente hace esta declaración para dar validez a la venta. El solar mide 42 varas de frente y 68 de fondo, linda al oriente con el callejón de las Sarcas, al poniente con solar de Mariano de Jesús, al sur con el solar principal, y al norte con solar de esta villa.
En forma de cabildo parecieron, don Mateo Pascual, Gobernador del pueblo de San Pedro Chiconquiaco, Salvador Miguel, Alcalde Primero; Miguel Antonio, Alcalde Segundo; Santiago José, Alcalde Tercero; Miguel Francisco, Alcalde Cuarto; y demás oficiales actuales de dicho pueblo, otorgan poder general a don José Ignacio de Rivera, español vecino de Naolinco, para el seguimiento y conclusión del pleito que sobre tierras tienen pendiente con los naturales de Santa María Yecuatla, en el Juzgado de la Intendencia de Veracruz, así para que en nombre de dicho su pueblo lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares.
Don Francisco Javier de Gorozpe Yrala y Padilla, dueño y poseedor de la hacienda San Juan Baptista Tuzamapa de esta jurisdicción, otorga que da en arrendamiento a los naturales del pueblo de Ixhuacán de los Reyes, dos sitios de tierra pertenecientes a dicha hacienda, nombrados Acaticpa y Nenetla, por tiempo de 6 años, pagando de renta 60 pesos anuales.
Manuel de Jesús y Manuel Antonio, Indios de esta Villa, dijeron que habiendo arrendado el primero un pedazo de tierra de las del molino de don Fernando Muñoz, movido por caridad y por amistad, permitió al segundo que sembrase también en dichas tierras, estando en paz dos años, hasta que por motivos frívolos tuvieron discordias y desazones que dieron motivo aborrecerse y temiendo Manuel de Jesús alguna funesta resulta, se querelló verbalmente con el señor Alcalde más antiguo, pidiendo que Manuel Antonio se apartase de dichas tierras por los temores de que lo insultase o matase, a cuya vista el señor alcalde los hizo juntar y consiguió amistarlos y apaciguarlos, conviniendo sembrar en la misma tierra ofreciéndose uno a otro y el otro al otro guardarse amistad perpetua, y a mayor abundamiento Manuel Antonio ofreció por fiador a José Mariano Méndez, natural de esta Villa, para que de hoy en adelante no de motivo de queja ni disturbio.\t
Doña María Josefa de Acosta y Barreda, natural y vecina de esta villa, de 54 años de edad, hija legítima de don Felipe de Acosta y de doña María de la Barreda y Gayón, difuntos, otorga su testamento donde declara contrajo matrimonio con don Mariano de Campo, de esta vecindad y comercio, quien recibió de su dote 1,812 pesos, y él tenía como 8,000 pesos de capital; de cuyo matrimonio procrearon a don Francisco de Paula Campo, Clérigo Presbítero; al religioso dominico Fray Rafael; a doña María Guadalupe, de 24 años de edad; a don Miguel José, de 23 años; a don Juan Bautista de 22 años; a don Mariano Antonio de 21 años; a doña María de la Luz y a doña María del Carmen, cuatas de 18 años. Declara que por parte paterna debe percibir de su porción hereditaria las tierras del rancho de los Ojuelos, situado a un lado de la venta de Lencero. Declara que el rancho del Tecuane ubicado en términos de esta jurisdicción, que en el día se halla en litis con los indios del pueblo de Naolinco, con otro pedazo de tierra que linda con el trapiche de la Concepción, que también se halla en litigio con el pueblo de Xilotepec, vencidos los litigios, se agregarán a la masa común de sus bienes. Declara tener en su poder y cargados sobre sus bienes, con causa de réditos de 5% anual, la cantidad de 700 pesos para una memoria de misas a favor de su hermano el Señor Doctor don Juan Antonio de Acosta, cuya cantidad deberá rebajarse de su dote. Ordena sacar 100 pesos del quinto de sus bienes y se le entreguen a su ahijada María Josefa Aparicio, a quien ha criado en su casa. Nombra como albaceas testamentarios a su hijo el presbítero don Francisco de Paula, a su esposo y al Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa. Nombra como herederos a sus hijos.
Don Ramón Granados dijo que por cuanto doña Juana Catarina de Quiroz trató venta con su cuñado José Cabañas, de una casa de rajas y solar, cuya casa se encuentra arruinada y el solar se compone de 11 varas de frente hacia el norte, por donde linda con casa de los herederos de Gaspar Cabañas; al sur linda con solar de los naturales de esta Villa; al poniente, que es el fondo, con solar de don Vicente José, indio principal de ella; y por el norte con solar de Juan Pedro, también indio principal; y por haber fallecido su cuñado sin que Juana Catarina lo escriturara, la mujer del otorgante y hermana de José Cabañas, doña María Luisa Cabañas, solicitó la escritura y satisfizo la cantidad en que lo había ajustado, obteniendo escritura de venta a su favor; y quien ya tenía tratado venderlo como solar a don José Antón, Teniente de una de las Compañías de Regimiento de Infantería, por lo que vale esta escritura como venta, en cantidad de 77 pesos.
Don José Antonio, don Mariano Antonio Domínguez, junto con don Francisco Rosado como marido de Úrsula Domínguez Muñiz, y don José Joaquín de Zárate, vecinos del rancho los Otates, otorgan poder especial a don José Mariano Araujo, vecino de México, para que se encargue de los pleitos civiles, criminales, eclesiásticos y seculares que tengan o tuvieren con cualquier persona, en razón del pleito que han tenido con los naturales del pueblo de Chiquacentepec, que a su favor pasó por apelación de la contraria a la Real Audiencia de esta Nueva España, o por cualquier otra razón, pareciendo ante dicha Real Audiencia y los demás tribunales, y con derecho pida lo que sea necesario, presentando la documentación, testimonios y lo que se le pida, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituir.
El gobierno y vocales del pueblo de naturales nombrado Chiltoyac de esta jurisdicción, otorgan poder general a don José María Cardeña y Gallardo, vecino de esta Villa de Xalapa, para que represente a su República en todos los pleitos, causas y negocios eclesiásticos y seculares, movidos o por mover que al presente tenga o en adelante tuviere con cualesquiera personas particulares o comunidades.