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              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0061 · Pièce · 1840/04/23
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Simón Pérez y Gregorio Martínez, vecinos de esta ciudad, diputados del común de indígenas de la misma población, otorgan que le dan en arrendamiento a don Joaquín Lucido, unos terrenos de sembradura y monte, nombrados Cerro Colorado y Barranca Honda, ubicados en cercanías de esta propia ciudad, cuya tarea de dichos terrenos se calcula en dos anegas, lindando por oriente con el río de Santiago; por el norte con tierras del Molino de Pedreguera; por el sur con tierras de Cuapespa [Coapexpan]; y por poniente con tierras del mismo común de Xalapa. Cuyo arrendamiento es por tiempo de cinco años a partir de esta fecha en adelante y por precio de 40 pesos anuales y bajo las condiciones que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0023 · Pièce · 1838/10/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Los ciudadanos Félix Lucido, apoderado del común de indígenas de esta ciudad; junto con Bartolo Hernández, Juan Teoba y José Martínez, diputados del mismo del común de indígenas; y los ciudadanos Bernardo Sayago y Santiago Condon, de esta misma ciudad y comercio; dijeron los cuatro primeros, que sus representados son dueños de unos terrenos que corresponden a la comunidad y los segundos del Molino que se llama de Pedreguera, en términos de este partido, y como colindantes están discordes en los linderos que a cada uno corresponden, sin haberse podido fijar los puntos divisorios en las diferentes concurrencias que extrajudicialmente han tenido con tal objeto, hallándose afanosos de que tengan la debida aclaración, sin ocurrir a los trámites judiciales, a las dilaciones y disturbios. Por lo cual, han determinado, con el consejo de personas inteligentes, comprometer sus acciones y pretensiones en personas de ciencia y conciencia de toda confianza. En cuya virtud, otorgan que nombran por jueces árbitros, arbitradores y amigables componedores a los ciudadanos licenciado Ramón María Terán y Miguel Palacio, vecinos de esta ciudad, para que, dentro de cuarenta días, contados desde el siguiente al de la aceptación de este cargo, reconozcan los linderos, escrituras, papeles y justificaciones que reciban y se les presenten con citación de los otorgantes. Y en caso de no conformarse en la decisión, de común acuerdo nombran por tercero en discordia al ciudadano José Antonio Martínez, el cual dará su voto, adhiriéndose al que de los mencionados jueces contemple más arreglo.

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