Doña Josefa de Arellano y de Irala, y su hijo, Don Francisco de la Higuera Matamoros, vecinos de este ingenio, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Puebla, 2,418 pesos 7 tomines y 10 granos de oro común que montaron los rezagos de los diezmos desde 1656 hasta 1662, donde se incluyen las mieles y 689 panes de azúcar, regulados a once libras cada uno, para dentro de un año, a partir del 27 de julio del presente año.
IGLESIAS
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Don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, dijo que en el año de 1825 fue nombrado albacea dativo del finado su tío don Juan Esteban de Elías, bajo la fianza de don Francisco González, y habiendo cumplido dicho encargo, solicitó González se cancelara dicha fianza, cosa que no procedió en los autos de dicha testamentaria, por haber éste desaparecido sin saberse de su paradero. Por lo que don Bernabé, menciona que el 11 de diciembre de 1833 solicitó se declarase libre de fianza a González, para que éste quedase libre de responsabilidad, en caso contrario, él se obliga a que los satisfará con sus bienes, comprendidos en una casa de altos y bajos. Misma, que se ubica en esta ciudad con su frente al norte, que lo hace a la plaza pública principal del mercado, y otro al oriente con la calle Ancha, por el sur linda con casa baja del concurso a don Miguel Martínez, que después fue dividida en dos, y hoy es de don José Ignacio García y de don Antonio María Salonio, y por el poniente con casa alta que fue de don José Fernández de Castañeda. Asimismo, don Bernabé dijo que entre los bienes de la testamentaria de su tío don Juan Esteban se contaban 3 000 pesos con censo redimible de 5 por ciento anual, que le reconocía el Ayuntamiento de esta ciudad, sobre el ramo de harinas, que fueron destinados, según voluntad del finado, para que el cura que fuere de esta parroquia los invirtiese en los reparos de la fábrica material de dicha iglesia o de sus altares. De dicha cantidad, solo ha sido reconocido por sus réditos que importaron hasta el 14 del presente 2 950 pesos, de los que deducidos 117 pesos uno tres cuartillas reales, que antes percibió el relacionante, quedaron líquidos 2 832 pesos seis y una cuartilla real, de la que le expidió el libramiento respectivo. El comparente declara que dichos 3 000 pesos y sus réditos que reporta sobre sí con formal y expresa hipoteca el impuesto de harinas de esta ciudad, y reconoce sobre estos fondos su Ilustre Ayuntamiento, son y pertenecen a la iglesia parroquial para los reparos de su obra material y de sus altares, y por la presente ratifica la separación que de ellos hizo de los bienes de la testamentaria, para que invirtiesen en los piadosos objetos a que fueron destinados. Cuyas cantidades percibirá el dicho señor cura del ilustre cuerpo municipal, en el orden que tengan a bien convenir.
Zonder titelEl Doctor don Manuel Pérez y Suárez, Cura por Su Majestad, vicario foráneo y juez eclesiástico de la iglesia parroquial de esta Villa; don Rafael Velad, mayordomo hermano mayor de la Archicofradía del Santísimo Sacramento de la misma parroquia y como encargado interinamente de la del Señor de la Santa Veracruz por ausencia de su mayordomo, José María Bautista; don Manuel de Goiri, mayordomo de la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario, también de esta iglesia parroquial; y don Anastasio Cruz, mayordomo de la Cofradía del Señor San José, de la iglesia auxiliar de San José de la Laguna otorgan poder especial a don Ignacio Pérez Gallardo, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en representación de los derechos que les corresponden comparezca en el ministerio de la Real Hacienda de la Ciudad de la Puebla, o en el tribunal que corresponda, donde perciba y cobre los réditos devengados de los principales que han situado en la Real Caja de Consolidación, pertenecientes al patronato y cofradías de que se ha hecho mérito.
Don José Miguel Rodríguez Rojo, natural y residente de esta Villa, avecindado en la Doctrina de Xilotepec de esta Jurisdicción, hijo legítimo de don Andrés Rodríguez Rojo y de doña Francisca Antonia Garrido, ambos difuntos, otorga su testamento donde manda que del quinto de sus bienes se den 100 pesos al cura del pueblo de Xilotepec para que los invierta en beneficio de aquella iglesia. Declara estar casado con doña Micaela Ángel de Ortega, con quien procreó únicamente a María Micaela Rodríguez de Ortega, mayor de 25 años de edad. Declara por bienes el Trapiche de la Concepción, situada en la Doctrina de Xilotepec, la casa de su morada y otras dos casas por concluir frente a la iglesia del Señor San José de esta Villa. Nombra como albaceas a su esposa, a su hija y a don Manuel Ignacio Aparicio, como heredera nombra a su hija.
Don Diego Calderón Velarde, Cura interino de la doctrina de Jalapa, recibe de Antonio Cabello, de esta vecindad, 120 pesos de oro común de principal de un censo a favor de la iglesia parroquial, en virtud de la escritura de venta que le otorgó el Bachiller Miguel Pérez de Medina a Antonio Cabello, por un solar con casa donde hoy vive, ubicada en la Calle Real que de la Plaza Pública sube a los barrios altos, con obligación de reconocer el censo y pagar por sus réditos 6 pesos en cada año, con lo cual quitan y redimen el censo.
Manuel de Acosta, como principal, Marcos de Acosta y Eugenio de la Peña, fiadores vecinos de la jurisdicción de Jalapa, se obligan a pagar a la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles, 525 pesos de oro común que le están debiendo de diezmos de los trapiches de Naolinco y de los ingenios de Jalapa, que fueron a su cargo, cuyo pago han de hacer a 50 pesos en cada división, siendo la primera por septiembre y diciembre de este año y el resto en los años siguientes por los meses de mayo, junio, septiembre y diciembre, hasta terminar.
Fray Antonio de Rosas, de la Sagrada Religión de San Hipólito Mártir, Presidente del Convento y Hospital de Nuestra Señora de Belén, dijo que el Padre Fray Pedro Becerra, Prior del Convento y Hospital, se encuentra enfermo en la Ciudad de los Ángeles y hallándose en su lugar, ha recibido una patente con fecha 13 de octubre refrendada por el Padre Fray José Pacheco, y de ella usando a pedimento de los vecinos de este pueblo, señala y demarca el sitio que se le manda en la patente, que tiene de frente 68 varas por el lado que mira al Convento y 68 varas castellanas de fondo, que fue el que pidieron los vecinos diciendo ser suficiente para la construcción de la iglesia parroquial que pretenden hacer, para la casa del párroco, sacristía y demás oficinas, y en atención a lo resuelto, otorga que hace gracia y donación pura, mera y perfecta de dicho solar.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, Mayordomo de la Fábrica de la Iglesia Parroquial de este pueblo, otorga poder especial a don Mariano Robledo, Procurador de la Audiencia Eclesiástica de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre pueda parecer como tal mayordomo ante el Ilustrísimo Señor Obispo y su provisor y vicario general y le pida se sirva mandar que de las obras pías que fuere de superior agrado le dé a la expresada iglesia, a censo redimible, el 5% cada año de la cantidad de 3, 500 pesos que necesita para pagar al señor Doctor José Suárez, Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla, por cuenta que satisfizo por la casa que compró para la referida iglesia parroquial y las obras y reparos que hizo.
Don Francisco Maniau y Ortega, vecino del pueblo de Jalapa, debe y se obliga pagar a don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino del mismo pueblo, la cantidad de 2, 048pesos, 3 cuartillas de reales, que junto a los 352 pesos y 3 cuartillas de reales de otro préstamo, suman la cantidad de 2, 401 pesos y 3 reales, mismos que se obliga a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de los Ángeles, para ello alquila algunas de sus propiedades como un molino y una vivienda, que le permita obtener ingresos para pagar dicha deuda.
Don Francisco Munguía, don Juan José de Acosta y don Miguel Pérez, junto con otros vecinos del pueblo de Naolinco, otorgan poder especial a don Nicolás Mariano Domínguez Muñiz, vecino de dicho pueblo, para que realice el arrendamiento de los diezmos del ramo de Naolinco, en la cantidad que acuerden, así como de ciertas condiciones elaboradas a favor de la Santa Iglesia Catedral de Puebla de los Ángeles.