Doña María Andrea Rodríguez de Ortigosa, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Salvador de Brito Lomelín, natural de Ayamonte en los Reinos de España, hija legítima de Rodrigo Alonso de Ortigosa y de doña Constanza Ramírez de Albornoz, difuntos, otorga su testamento en el que ordena se den 5 pesos para la fábrica de la iglesia parroquial de esta villa y 4 pesos para la fábrica del Señor San Antonio. Ordena se le haga a Jesús de Nazareno de esta villa una lámpara de plata que cueste 100 pesos. Declara haber procreado en su matrimonio al Capitán Antonio de Brito [Lomelín], a doña María de Brito [Lomelín], a doña Josefa [de Brito Lomelín], al Alférez Francisco de Brito [Lomelín], a Diego de Brito Lomelín y a doña Ángela de Brito Lomelín. Declara por bienes la casa de su morada y una negra nombrada María de la Cruz con un negrito nombrado Francisco [ilegible] de año y medio. Nombra como albaceas a Antonio de Brito Lomelín y por su falta a Francisco de Brito, y como herederos universales a sus seis hijos.
ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REALIGLESIAS
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El Licenciado José Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Jerónimo Rodríguez de la Peña y de María Rodríguez Abello, sus padres difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser capellán, propietario y patrono de una capellanía de 4 000 pesos que fundaron por sus almas Pedro Calderón y doña María de Ratia, para que a su título se ordenase de sacerdote Jacinto Calderón, su hijo; y usando la facultad como tal patrono, nombra a Miguel de Guzmán para que después de sus días quede como capellán propietario de la capellanía. Declara que también es capellán de una capellanía de 42 pesos de renta en cada un año que fundó el capitán Juan de Vertiz, vecino de la ciudad de la Veracruz, de que le está debiendo según su libro de cuenta, manda se cobre. Ítem, declara que paran en poder del Depositario General don Baltazar Gómez de la Velilla Blanco, vecino de esta villa, 400 pesos de oro común en que paga de rédito a razón de 5 por ciento, los cuales pertenecen al alma de María de la Concepción, difunta, vecina que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, manda a sus albaceas hagan cuenta. Ítem, declara por sus bienes, el menaje de su casa, esclavos que compró del Capitán Lucas de Acosta. Declara que fue mayordomo de la fábrica espiritual de la iglesia parroquial de la ciudad de la Nueva Veracruz, manda a sus albaceas ajusten cuentas. Ítem, declara que tiene por sus bienes dos esclavos pardos, uno nombrado Juan y la otra Petrona, que están en su casa y servicio [roto] a los cuales les da libertad para que gocen de ella, con declaración de que si faltare alguna cantidad de pesos para dar entero cumplimento a las pagas y legados de este testamento, se habrán de vender dichos esclavos, con la condición de que el comprador de dichos esclavos se obligue a darles la libertad. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Manuel Gómez Dávila y a Lorenzo de Guzmán, vecinos de esta villa y por su tenedor de bienes al Capitán Manuel Gómez Dávila y en el remanente que quedare de sus bienes, al no contar con sucesores, nombra por su único y universal heredero a Miguel de Guzmán, hijo legítimo de Lorenzo de Guzmán.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Señor don Gregorio Fentanes, Cura por su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta Villa, dijo que don Tomás Antonio Franco, de esta vecindad, compró a don Francisco Javier Sáenz de Santa María dos casas, en la Calle de San Francisco de Paula, con el gravamen de 600 pesos de principal que reconoce a favor de esta Santa Iglesia Parroquial, de los cuales 400 corresponden a una memoria de misas que llaman de aguinaldo fundada por el Bachiller don Miguel Pérez de Medina y 200 pesos de otra memoria de misas fundada por doña María Nicasia Meléndez, por la presente otorga que ha recibido los 600 pesos del mencionado Franco y queda cancelada la obligación.
Don José Antonio de la Pedreguera, Teniente Coronel del Regimiento Provincial de Córdoba y Jalapa, y don Anastasio Cruz, como fiadores de don José de la Fuente, y don Francisco Xavier Olartegochea, como abonador de ambos, otorgan poder al Capitán Juan Antonio Estévez, para que los obligue a favor de la Masa General de la Iglesia de la Puebla y de quien por ella sea parte legítima, por la cantidad de 2,000 pesos cada uno, hasta que se verifiquen los 9, 345 pesos que importa el total de los 3 años, expidiendo por ello la escritura correspondiente.
Francisco José, Gobernador, Lorenzo Román, Pascual de los Santos y Sebastián de la Cruz, Alcaldes, junto con los demás Oficiales de gobierno del pueblo de Jalapa y naturales del mismo pueblo, otorgan poder especial al Doctor Antonio de Urízar, Colegial de Santos y Catedrático de Sagrados Cánones en la Real Universidad, Abogado de la Real Audiencia y Prebendado de la Catedral de la Ciudad de Puebla, para que solicite la merced de relevarlos del pago de tributos, por el tiempo que les indiquen y poder trabajar en la obra de la iglesia de dicho pueblo, así como poder general para que los represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
María Luisa Méndez, viuda de Nicolás Maldonado, su albacea y tenedora de bienes, junto con Nicolás Maldonado, hijo del difunto, ambos como principales y Antonio Hernández, su fiador, deben y se obligan a pagar a la iglesia catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles y señores jueces de su cofre, la cantidad de 140 pesos, durante el mes de febrero del año de1740.
El Licenciado don Juan Bernardo Díaz Mier, Clérigo, Presbítero Domiciliado del Obispado de Puebla de Los Ángeles, informa que en la Iglesia Catedral de la Ciudad de Puebla, se remataron a su favor los diezmos de los pueblos de Jalapa y Coatepec, mismos que se obligó a cubrir el pago, para lo cual ofreció como fiadores a su padre don Domingo Díaz Mier, y a Tomás de Santiago y Cruz, vecinos de este pueblo, quienes se obligan a cubrir el pago de 6, 105 pesos, en el periodo de 2 años.
Don José Suárez, Cura y Juez Eclesiástico del pueblo de Jalapa, declara que la casa que ocupa, la compró al difunto don Manuel de Olmedo, la cual es contigua a la Iglesia Parroquial, propiedad que compró para la misma iglesia, la cual no implica derecho alguno para el otorgante o cualquier Cura, pues quedará bajo administración y ordenamiento del Altísimo Señor Obispo de este Obispado.
Los vecinos, naturales y Oficiales del pueblo de Naolinco, se comprometen a realizar todos los gastos de la Iglesia Parroquial de dicho pueblo, donde sin diferencia alguna, contribuirán de manera equitativa en los gastos de dicha Iglesia, para con ello desfrutar y esquilmar las tierras de este lugar, como lo establece la jurisdicción de la Real Justicia.
Don Pedro Pérez de Llera, de este comercio y vecindad, como heredero y albacea de la difunta doña María Josefa Ribot, vende a doña Gertrudis Hernández, mujer legítima de don Luis García, una casa ubicada en la esquina de la Calle del Ganado y Callejón de Gallos, compuesta de 26 y media varas de frente hacia el poniente, dicha calle en medio y del otro lado casa de los herederos del maestro herrador Molina; y 46 varas de fondo hacia el oriente por donde linda con la casa de la Cofradía de Nuestro Padre Jesús de Nazareno de esta iglesia parroquial, por el sur linda con casita del Presbítero don José Flores; por el norte hace otro frente hacia el citado Callejón de Gallo y del otro lado solar de la casa de don José Fernández de Castañeda. Cuya casa tienen un gravamen de 480 pesos, de los cuales 200 están a favor de las Cofradía de Nuestra Señora del Rosario, cita en la iglesia de San José de la Laguna; 100 pesos a favor de la imposición para las misas de doce de los días festivos de esta iglesia parroquial; 130 del ramo de la capellanía que hoy sirve el Presbítero Juan Nepomuceno de Ulloa; y los 50 restantes que con sus réditos se aplica anualmente una limosna al señor de las tres caídas en el Convento de San Francisco.