Doña Rosalía Sanchinel, mujer legítima de don Tomás Antonio Illanes, Administrador de Rentas Reales en esta Villa, con licencia de su marido, vende a la Señora doña María Josefa de Echagaray y Lasaga, viuda, residente en la Capital de México, una casa de edificio bajo situada en la Calle Ancha, con la que hace esquina y frente principal hacia el oriente con casa del caballero don Remigio Fernández; por el costado del sur, por donde tiene su fondo, hace frente, Calle de Tecuanapa en medio, con casa de don Pedro Garay y Llano, del comercio de Veracruz; por el norte linda con casa de don José Fernández de Castañeda; por el fondo del poniente con las enfermerías y demás oficinas del Convento Hospital de la Purísima Concepción y nombran en esta villa de San Juan de Dios. La vende en precio de 5,302 pesos y 3 reales.
HOSPITAL DE SAN JUAN DE DIOS
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El Reverendo Padre Fray Manuel Quinto, de la Orden de San Hipólito Mártir, actual Prior del Convento Hospital de Nuestra Señora de la Concepción, otorga poder especial al Reverendo Padre Fray Francisco Orozco, actual Prior del Convento Hospital de San Juan de Dios Montesclaros de la Nueva ciudad de Veracruz, para que en su nombre cobre, en virtud de la Superior Orden que le acompaña del Excelentísimo Señor Virrey de este Reino, la cantidad de 200 pesos de los Señores Oficiales Reales de las Reales Cajas de dicha ciudad de Veracruz.
Benito de Madrid, vecino de este pueblo, manifestó 100 varas de jergueta de Tlaxcala para vender en su tienda, la cual compró de fray Luis [roto] prior del hospital y convento del beato San Juan de Dios, más una carga de pescado que compró de fray Miguel de la dicha orden.
Don Joaquín de Tablas, mayordomo de los propios y rentas de este Ilustre Cabildo, hizo exhibición de un testimonio de escritura, su data en Orizaba en 2 de diciembre de 1779, que otorgó don Manuel Montes Argüelles, Regidor y Alcalde Provincial, y de ella se manifiesta que don Manuel en nombre del Licenciado don Juan Gómez Dávila, Clérigo Presbítero de este obispado, albacea testamentario de doña Marina Gómez Dávila, su hermana, mujer legítima que fue de Juan de la Joya, en virtud de poder que le concedió, vendió a Rosa Ana, Ana Margarita y Francisca Antonia Carreteras, hermanas, una casa cal y canto, cubierta de madera y teja, con su pozo, edificada en solar de 50 varas en cuadro, ubicada en Orizaba, en precio de 650 pesos de oro común, los 300 que sobre dicha casa quedaron a censo redimible, 100 en favor de una misa cantada que anualmente celebran en la iglesia del convento hospital de San Juan de Dios a Nuestra Señora de las Nieves, y 200 en favor del santuario de Nuestra Señora de Guadalupe de Orizaba; y los 350 pesos que recibió de contado. Y en dicha escritura las tres hermanas se obligaron a pagar la cantidad restante, y para mayor seguridad del pago hipotecaron la expresada casa.
Sem títuloDoña Josepha [Josefa] Gómez Dávila, natural de la ciudad de los Ángeles, mayor de 25 años, hija legítima de Domingo Antonio Gómez, Escribano Real y Público y vecino que fue de esta villa de Córdoba, y de doña Juana Dávila Valero, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara hallarse en estado de virginidad, por cuya razón no tiene hijos. Ordena se den 200 pesos de sus bienes para ayuda de la obra material del convento del Señor San Antonio de esta villa, asimismo, una imagen de bulto de la Limpia Concepción de Nuestra Señora, vestida de lama encarnada, su manto de lo mismo, guarnecido con franja y corona de plata, para que salga a las procesiones y demás funciones de dicho convento. Ordena se den 50 pesos de sus bienes para la obra material de la santa iglesia Parroquial; 12 pesos a Nuestra Señora de Cosamaluapa [Cosamaloapan]; 4 pesos al Santo Cristo del pueblo de Ixgutlan [Ixhuatlán]; y 4 pesos al convento y hospital de Señor San Juan de Dios del pueblo de Orizaba. Manda se saquen de sus bienes 300 pesos de oro común y se impongan a censo sobre finca segura, y con sus réditos se diga una misa cantada y se compre cera para Nuestra Señora de los Dolores en su día, cuya celebridad ha de ser perpetua y llevada a cabo en la iglesia del convento de San Antonio de esta villa. Declara por bienes una negrita nombrada Antonia, de seis años de edad, la cual es su voluntad que sea esclava de doña María Gómez Dávila, su hermana, doncella. Declara por bienes 1 300 pesos que paran en poder de Alonso Gómez Dávila, su hermano, herencia paterna y materna. Nombra por albaceas y tenedor de bienes al Regidor Joseph Gómez Dávila y al Alcalde Manuel Gómez Dávila, sus hermanos. Y como heredera universal a doña María Gómez Dávila.
Sem títuloCatalina de Rivera, viuda de Francisco de Villalba, y Nicolás de Bolaños y Antonia de Villalba, su mujer, vecinos de esta villa, dijeron que Francisco de Villalba dejó por bienes suyos un solar y en él una casa pequeña, en la calle del hospital del pueblo de Orizaba [roto], de 6 brazas [roto] hecha de madera y lodo, cubierta de teja, que linda por el [roto] sur con la puerta del hospital de San Juan de Dios y por el oriente con solar de [Josefa] María de Prado [y Monge]; la cual, como herederos de Francisco de Villalba, venden a Domingo Francisco, vecino de Orizaba, por precio de 135 pesos.
Sem títuloDoña Antonia de Guevara, doncella, vecina de este pueblo, otorga que recibió de don Juan Gómez de Estrada, actual Mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas, la cantidad de 200 pesos de a 8 reales de plata cada uno, en dinero de contado, mismos que tendrá en depósito irregular, por 5 años que comienzan a contarse desde hoy, obligándose a pagar 10 pesos de réditos anuales, por lo que hace hipoteca de una casa de cal y canto con el sitio que le pertenece, situado en este pueblo en la calle de Tecuanapa, a la que hace frente al norte y del otro lado casas del hospital de San Juan de Dios, al costado del oriente con casa de la Maestra Magdalena Ruiz Matamoros, al lado del poniente con casa del venerable tercer orden, y al fondo de la banda del sur con solar de los herederos de Modesto Viveros.
Don Pedro de Solís y Padilla, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, y de él consta que el Licenciado don Felipe José Mariano Conte, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, en voz y nombre de doña María Gertrudis de Veristrain y Meza, vecina de la ciudad de Tehuacán, labradora en su provincia y viuda del Capitán Francisco de Meza y Mendoza, recibió la cantidad de 500 pesos de principal pertenecientes a la capellanía que fundó don Luis de Palacios, como albacea de don Alonso de Gómez [ilegible]; y por tanto, obligó a doña María a pagar a la citada capellanía en un periodo de cinco años y en el ínterin sus réditos del 5 por ciento, y para seguridad del principal hipotecó una hacienda de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, alias la Punta, la misma que se le fue adjudicada a su apoderada por muerte de su marido, la cual está grabada en cantidad de 11 000 pesos, 6 000 de ellos a favor del hospital que ha de fundarse en el paraje de Jamapa; 3 000 pesos al de las religiosas, parientas suyas, y los 2 000 restantes al convento hospital de Señor San Juan de Dios de la ciudad de Tehuacán; asimismo, otra hacienda de la susodicha de labor, riego y trapiche nombrada la Santísima Trinidad que posee en jurisdicción de Tehuacán.
Sem títuloJuan Estévez, residente en el pueblo de Orizaba y estante en la villa de Córdoba, otorga poder a Fray Diego Estévez, su hermano, religioso de la orden y hospital de San Juan de Dios, para que haga su testamento de la manera siguiente: Nombra a su hermano Fray Diego Estévez como su albacea testamentario y tenedor de bienes, para que entre en ellos, los venda en almoneda o fuera de ella, para cumplir y pagar su testamento, que además cobre lo que se le debe y pague sus deudas; asimismo, lo nombra su heredero.
Sem títuloAutos sobre una petición hecha por fray Gabriel Bermejo, Ministro Provincial de la Orden del Beato Juan de Dios, orden encargada del hospital y convento de dicho beato ubicado en el pueblo de Orizaba, a las justicias de su majestad para que el gobernador, alcaldes y regidores del dicho pueblo, paguen 154 pesos en reales y 68 fanegas de maíz que como tributo, los indios del pueblo de Orizaba tienen obligación de pagar al Hospital, a quienes muchas veces se les ha pedido pagar y no lo han hecho, padeciendo el hospital muchas necesidades, por tal razón, solicita que en caso de no pagar, los apremie con prisión.