[María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], vecina de esta villa, viuda de Salvador de Brito Lomelín, dijo que por cláusula testamentaria su marido la nombró albacea testamentaria, por tanto otorga que hace inventario de bienes de la manera siguiente: La casa de su vivienda, la cual se compone de una sala y dos aposentos, de piedra y cal cubiertos de teja; dos jacales viejos cubiertos de zacate; un aposento de piedra y cal cubierto de teja que sirve de panadería; un horno de coser pan; cuatro solares de 50 varas que están en el puesto que llaman la Tejería y en ellos un horno de coser cal y otro de coser teja; dieciocho mulas de recua; una cama de madera; tres colchones de cotense; ropa y otros géneros que se mencionan; así como también las cantidades de pesos que parecen en el libro de cuentas de dicho difunto y las que se mencionan en la escritura.
Zonder titelHORNOS
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María de Ferrera [de Tévez], viuda del Regidor Juan Francisco Ramírez, como albacea de su difunto marido hace inventario de sus bienes en el cual declara tener: un solar en esta villa, que linda con [roto] calle de San Juan en medio y por el poniente con solar de los herederos de Salvador [de] Brito; una casa de vivienda de cal y canto, cubierta de zacate viejo, fundada en dicho solar, una cocina de la misma forma y un jacal viejo; un solar en esta villa, ubicado en la calle de San [Juan], que linda por el norte con solar del Capitán Nicolás Blanco y por el sur con el de Jacinto Pérez Padrón; cuatro solares de tierra junto al cerro de la Peñuela, en esta jurisdicción, y en ellos un horno de hacer cal; un negro viejo nombrado Antón de más de sesenta años de edad; una negra nombrada Lucrecia, de edad de más de sesenta años; dos solares en tierra debajo de la Lagunilla en esta villa; once mulas de recua, dos mulas de silla, entre otros bienes.
Zonder titelEl Alférez Nicolás Rodríguez, vecino de la villa de Córdoba, otorga en arrendamiento a Diego Amaro González, vecino de esta villa, una tienda y una sala de piedra cubierta de teja, que tiene en la esquina de la plaza de esta villa, asimismo una sala y horno de panadería que tiene en la casa de su vivienda, por tiempo de cuatro años a partir del ocho de enero, por precio de 60 pesos de oro común cada año.
Zonder titelMaría Milián [Perdomo], vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Tecamachalco, hija de Juan López Martín y de Catalina Milián Perdomo, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de la Tercera Orden, de la que ella es hermana de hábito, y sepultada en la iglesia de esta villa, delante de la pila de agua bendita y la forma de entierro que les pareciere a sus albaceas. Declara debe a don Pedro Fernández y a Felipa Lorenzo, asimismo, declara a ella le debe Juan Hernández, de la venta de un horno de cal. Señala habrá tiempo de veintiséis años fue casada con Juan Antonio Suárez, difunto, con quien procreó a Francisca Milián Perdomo, mujer del Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura; a Inés Milián Perdomo, mujer actual de José Miguel de Rivera; a Josefa, doncella; y a Teresa Milián, difunta mujer que fue de [Francisco Moreno] Pimienta, que tuvo una hija llamada Brígida Francisca Milián Perdomo, su nieta, que tiene en su casa y compañía. Declara por sus bienes una casa de su morada de cal y canto en su solar y el menaje de ella y otro solar eriazo, libres de censo. Declara tiene en su casa y compañía a Josefa Nicolasa y a María Teresa, doncellas, a las que ha criado como si fueran sus hijas. Manda se le dé a Josefa un cuarterón de solar y el otro cuarterón se le dé a María Teresa, para cuando tenga la edad competente. Debe a don Juan Cayetano lo que éste dijere por lo que debía Juan José, su hijo difunto. Manda se den limosnas al Señor San Miguel de barrio nuevo. Nombra por albacea a don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa, al Teniente don Esteban [roto] y a José de Rivera, y por tenedor de bienes a este último. Nombra por herederos a sus hijas y nietas.
Zonder titelAntonia de Piña, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija legítima de Manuel de Piña y de Josefa Romana, difuntos, otorga su testamento de la manera siguiente: Declara deber a personas vecinas de esta villa, a quienes pide que cabiendo en lo piadoso de su buen obrar, le perdonen dichas deudas por no tener bienes con que pagar. Declara por bienes un tabacalito de 8 000 matas con avío que le ha dado Lucas de Ortega, quien dirá la cantidad que le ha dado [roto] que equivaldrá lo que tiene dado al valor del tabaco que se pueda coger, y manda a su albacea le entregue a Ortega lo que así fuere; además, declara tener medio solar con 25 varas de frente y 50 de fondo; una casita y un horno fabricado en dicho solar; y dos cajas de cedro. Declara haber sido casada con Tomás Ferrer, con quien procreó a María Ferrer de Piña, de dieciocho años de edad. Declara contrajo segundas nupcias con Juan Antonio Galindo, de cuyo matrimonio tuvieron a Leonarda Galindo, de ocho años de edad. Nombra como albacea testamentario a Juan de Piña, su hermano, a quien nombra también tutor y curador ad bona de sus hijas. Nombra como herederas a sus dos hijas.
Zonder titelIsabel Pérez de Moya, vecina de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Juan Pérez de Moya y Tomasa Martín, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada con Jerónimo de Leiva, difunto, durante su matrimonio procrearon por hijos legítimos a Nicolás y Andrés de Leiva, mayores de veinticinco años; a Fray Jerónimo de Leiva, Religioso lego del orden del Señor Santo Domingo; a Matías de Leiva, mayor de veinticinco años; a Bernabela de Leiva, mujer legítima de Antonio de Aponte que se halla ausente de este villa; a María de Leiva, mujer legítima de Tomás García; a Juan de Leiva, de edad de veintidós años; y Antonio de Leiva, de diecisiete años. Declara por bienes la casa de su morada de cal y canto, con solar de cincuenta varas de frente y cincuenta de fondo, ubicado en la calle que va a dar a la Lagunilla, hace frente calle en medio con solar que fue de José Gómez Dávila, difunto; por el norte linda con casa y solar del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; y por el oriente con casa de doña Marina Gómez Dávila. Asimismo, tiene por bienes dos solares y medio en el barrio de San Sebastián y en ellos dos hornos de cocer cal y uno para teja; los muebles y menaje de casa; 250 pesos en reales que tiene en una caja; 85 pesos que le debe don Francisco Valero; 50 pesos que le debe Manuel Francisco de Urquía. Nombra albacea testamentario a Gaspar Rendón y a Diego de Palma, mercaderes y vecinos de esta villa, por tenedor de bienes sólo nombra a Gaspar Rendón. Nombra a sus ocho hijos como herederos universales.
Zonder titelDon Francisco Dávila Barrientos, vecino de esta villa de Córdoba, vende a Juan Hernández de Figueroa, vecino de esta villa, medio solar de 25 varas de frente y 50 de fondo y en él una casa cercada de tablas, cubierta de zacate, un pozo con su brocal de cal y canto, y un horno de cocer pan; que posee en esta villa, en la calle que sale de la plaza Pública para el pueblo de San Juan Cuescomatepeq [Coscomatepec]. Lo vende en precio de 80 pesos de oro común.
Zonder titelAntonio Millán, vecino de esta villa de Córdoba, y Sebastiana Cid, su legítima mujer, la susodicha con licencia previa de su marido, otorgan que vende a Juan Rodríguez Durán, vecino de esta dicha villa, Alcalde Ordinario de ella por su Majestad, una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, con 25 varas de solar de frente y 50 de fondo, ubicada en la calle que sale de las casas principales de Joseph de Leyva [José de Leiva] para el camino real que va a la Nueva ciudad de la Veracruz; linda por mayor parte con casa de Juan de los Santos [Cubillos], y por la otra con casa de Gerónimo de Leyva [Jerónimo de Leiva], y hace frente calle en medio con solar de Joseph Gomes [José Gómez]. La casa la venden con patio, pozo y horno de coser, en precio de 500 pesos.
Zonder titelEl Alférez Miguel Jerónimo Maldonado, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de María Jiménez, su legítima mujer, tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos y de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, su primer marido ya difunto; y en virtud de poder que le confirió la susodicha, por la presente otorga en arrendamiento a Juan de Guzmán, vecino de la nueva Ciudad de la Veracruz y residente en esta villa, el mesón y casa de hospedarse que la susodicha y sus menores hijos tienen y poseen en esta villa; dicho mesón se compone de diez cuartos bajos, cinco de piedra y cinco de tablas, cubierto de teja, con un pozo y caballeriza; asimismo, una casa de vivienda con su tierra, sala, un cuarto en esquina que sirve de tienda, su corredor y dos cuartos de tablas, con su horno, su pozo y un jacal, todo cercado de piedra y unas paredes por dentro levantadas para un cuarto por techar. Dicho mesón y casa se ubican en la calle que sale de la plaza Pública para el camino que va a la Nueva ciudad de la Veracruz; por una parte, linda con solar de Domingo Merodio y por el otro lado hace esquina, calle en medio, con casa del Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura; hace frente, calle en medio, con casas que fueron de Benito Rendón, difunto; y por el fondo, calle en medio, con solares eriazos. Otorga el arrendamiento por cuatro años y 300 pesos cada año, que le ha de pagar por tercios corridos cada cuatro meses.
Zonder titelDoña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa; y Juan de los Santos Cubillos, ambos albaceas testamentarios de dicho regidor; dijeron que para dar continuación a las diligencias que son de su cargo, principiaron los inventarios de los bienes que quedaron por fin y muerte de dicho difunto en esta hacienda, entre los cuales destacan: Cuatro lienzos de pintura de vara y cuarto de largo de diferentes advocaciones. Una capilla de cal y canto con la armadura de cedro, cubierta de teja, con su sacristía, bautisterio, cementerio y campanario; con un colateral dorado con la hechura de San Miguel, de talla como de vara y media y a los lados dos hechuras de talla de más de media vara en sus peanas doradas, de Nuestra Señora de la Concepción y el Señor San José. Una casa de cal y canto de teja, con su sala, dos recamaras, cuatro cuartos y una cocina con el suelo de hormigón con su corredor. Un corral cercado y un horno de coser pan con su caedizo de teja, una artesa y dos cedazos. Un cuarto donde vive el mayordomo y consecutivamente una caballeriza; una galera de cal y canto, cubierta de teja, compuesta de trece aposentos en que viven los esclavos. La casa de purgar; un asoleadero; una casa de calderas; una casa de trapiche. Veinticuatro mulas y machos de tiro; 300 fanegas de cal; dieciocho siguiscoles, nueve machetes de rozar, ocho de cortar caña, un escoplo, una azuela, dos cadenas de prisiones, cuatro pares de grillos. Diecinueve suertes de caña dulce con sus respectivos nombres. Ocho esclavos negros casados, con sus esposas e hijos y doce esclavos solteros entre de ellos nueve hombres y cuatro mujeres, de diferentes castas y edades. Además, 10 caballerías de tierra en que está fundada dicha hacienda de San Miguel, sobre la cual están cargados 1 200 pesos a censo; entre otras cosas y muebles que se mencionan en el acta. Finalmente declararon que cierran este inventario, con protesta de proseguir inventariando los demás bienes, que quedaron por fin y muerte de dicho difunto.
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