HIPOTECAS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0102 · Unidad documental simple · 1832/08/27
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María de los Ángeles Zapata de Merino, con licencia de su esposo don Antonio Merino, vecina de Veracruz y residente en esta ciudad, otorga poder especial a don Baltazar Rizo, del comercio y vecindad de México, para que pueda agenciar un préstamo de 6 000 pesos, hipotecando al efecto una fábrica de aguardiente que tiene la otorgante en la citada ciudad de México, en compañía del expresado Rizo, según escritura hecha en aquella capital el 3 de febrero de este año. Asimismo, para que pueda hipotecar una tlapalería que fue del finado don Manuel Joaquín de Posada, existente en Veracruz; y para que hipoteque también una vinotería, que por cuenta de ambos va a establecerse en aquella ciudad.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0154 · Unidad documental simple · 1832/11/23
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Tomás Guevara, de quién da conocimiento don José Mariano Domínguez y don Juan Pedro Rivera, de esta vecindad, asegurando que es vecino de Puente Nacional, otorga que vende realmente al mismo Juan Pedro Rivera, una casa de piedra y lodo, cubierta de madera y teja, situada en esta ciudad y ubicada en sitios de los indígenas de ella, por el que se pagan de renta 5 pesos anuales; lindando por el oriente, calle en medio del Calvario, con casa de José Guillermo Rivera; por el poniente y sur, que es el fondo, con solar de Juan de la Cruz Sánchez; y por el norte con solar de los llamados Pascuales. Cuya casa ha estado en quieta y pacifica posesión por más de cinco años, sin reconocer otro gravamen que 80 pesos que sobre ella le prestó la señora María Gertrudis Rodríguez; y precisamente, con el objeto de cubrir esta cantidad, ha resuelto vender dicha finca. En cuya virtud hace esta venta en precio de 130 pesos, de los que ha recibido 21 y el resto que le entregará dentro de dos meses contados desde esta fecha. Y para mayor seguridad del adeudo, el comprador hipoteca la deslindada casa, la cual no podrá enajenar hasta que dicha cantidad este enteramente satisfecha.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0162 · Unidad documental simple · 1832/12/04
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Manuel de Zulueta, de esta vecindad, dijo que, en el mes de mayo del presente año convino con don Francisco Javier y don José María Gorospe en darles una libranza contra don Manuel García de la Mata de 3 170 pesos 6 reales, que tenía en poder de éste según saldo de cuentas corrientes. Y en virtud de necesitar los señores Gorospe de igual suma en las ciudades de Puebla o México, donde el indicado Mata le ofreció al relacionante entregarle el expuesto crédito. Y habiendo recibido la misma cantidad de los Gorospe en esta ciudad y, por otra parte, habiendo Mata protestado o respaldado dicha libranza, convino el que habla con los Gorospe en que se quedara la referida suma de 3 170 pesos 6 reales en su poder caucionándola con la hipoteca de bienes que adelante se hará. Por lo tanto, don José Manuel de Zulueta otorga que debe y se obliga de pagar a don Francisco Javier y don José María Gorospe la supradicha cantidad que de ellos ha recibido, dentro de dos años que comenzarán a contarse desde el día 15 de julio último y en el ínterin los réditos de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad de esta deuda, hipoteca un rancho de ganado mayor que tiene en tierras ajenas tituladas del Encero, pertenecientes a don Juan Francisco Caraza.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0036 · Unidad documental simple · 1833/03/07
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Manuel de Zulueta, de esta vecindad, otorga que debe y se obliga de dar y pagar a don Luis García Teruel, vecino de Lucas Martin, la cantidad de 3 170 pesos, que por hacerle bien y buena obra le ha prestado. Y promete que el pago lo hará dentro de dos años, que comenzarán a contar desde esta fecha y, en ínterin de demora, sus correspondientes réditos de un 5 por ciento anual. Y para mayor seguridad de esta deuda, sus réditos y costas de la cobranza, hipoteca un rancho de ganado mayor que tiene en tierras ajenas tituladas del Encero [Lencero], pertenecientes a don Juan Francisco Carasa, compuesto de una casa, dos cercas, 351 cabezas de ganado, con todo lo que el rancho le pertenece. Quién promete no vender el rancho, ni enajenar, hasta que dicho capital y réditos no estén satisfechos.

              JOSÉ FRANCISCO RIVADENEIRA, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0074 · Unidad documental simple · 1833/06/17
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              La señorita doña María Dolores González y Zayas, mayor de edad, libre de tutela, de esta vecindad, dijo que, su padre don Dionisio González y Cabrera falleció bajo la disposición testamentaria que formalizó en esta misma ciudad, el 9 de noviembre de 1830, inserta literalmente en la presente escritura. Asimismo, dijo que su padre nombró como albacea a doña Idelfonsa Zayas, madre de la otorgante, quien murió y recayó el cargo en la comparente. También dijo que su padre era dueño de la hacienda Maxtatlán, la cual entregó desde el 4 de octubre de 1827 a don Manuel Santa María en promesa de venta por precio de 10 500 pesos, con causa de réditos de un 5 por ciento anual, bajo condiciones que se mencionan en el testamento. Y para ir dando cumplimiento a las disposiciones del testador, doña María Dolores González otorga que ratifica el contrato de venta que su padre celebró a favor de don Manuel Santa María, del rancho nombrado San Sebastián Maxtatlán, con todo cuanto le pertenece, tal y como lo poseyó dicho finado, que lo hubo de don Domingo Franceschi según por escritura formalizada en esta ciudad con fechada del 11 de enero de 1811, y bajo los linderos especificados en el reconocimiento ocular y posesión que practicó don Gaspar de Iriarte, Subdelegado que fue de esta ciudad, en el mes de diciembre de 1795. Dicha venta la hace por precio de 10 500 pesos, en cuenta de los cuales le ha de completar el comprador a don Matías Espinoza 3 000 pesos que quedó a deber el difunto; asimismo, Santa María tiene entregados al difunto padre de la otorgante y a su testamentaria 4 185 pesos, por lo cual ha de pagar finalmente 3 315 pesos, en tres pagos anuales de 1 000 pesos y al siguiente el completo de la cantidad, con el premio de un 5% anual. Y para mayor seguridad del capital y sus réditos, Santa María hipoteca el mismo rancho que ha comprado.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0120 · Unidad documental simple · 1833/09/25
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Francisca, doña María de los Ángeles, don Antonio José y don José María Peredo y Rubín de Celis, de esta vecindad, mayores de edad y libres de ajena administración, dijeron que por fallecimiento de su señor padre don Juan José Peredo y Hernández, quedó una casita y solar ubicado en el pueblo de Coatepec de este cantón, con su frente al sur que hace con la Plaza Pública, lindando por el oriente con calle que llaman del Calvario; por poniente con otra calle que sale de la misma plaza Pública para el rumbo del norte y por este viento que es el fondo de la referida casa con la de Manuel Rebolledo y la que fue de Victoriano Rebolledo. Que parte de dicha casa y sitio la compró el nominado don Juan José Peredo a los herederos de Antonio Ramón Hernández, como consta del documento que formaron en el pueblo de Coatepec el 17 de enero de 1792 y el resto lo hubo de su madre doña Ignacia Rosalía Hernández y de un tío de los relacionantes nombrado Rosalío Hernández. Y hace 15 a 20 años convinieron los nominados Hernández Peredo se adjudicase la referida casa a su hermana doña María Manuela en precio de 900 pesos con la calidad de bonificarles 150 a cada uno, de sus cinco coherederos y tomar por sí igual suma; de hecho, les entregó sus respectivas porciones a don Juan y a don José María, restando las de doña Francisca, doña María de los Ángeles y don Antonio José; y desde aquella época, está doña María Manuela, en posesión de la finca, no se le ha otorgado el respectivo instrumento; por todo lo expuesto, los prenotados doña María Francisca, doña María de los Ángeles, don Antonio José y don José María Peredo por sí y por el finado hermano don Juan que no dejó sucesión, otorgan que ratifican solemnemente la adjudicación de la repetida casa paterna en favor de su hermana doña María Manuela en precio de 900 pesos. Finalmente estando presente doña María Manuela Peredo, viuda, mayor de edad, otorga que acepta la presente y se obliga a satisfacer a sus hermanos: doña María Francisca, doña María de los Ángeles y don Antonio José, 150 pesos a cada uno dentro de 5 años, contados desde esta fecha y para mayor seguridad, hipoteca la misma casa adjudicada, bajo los linderos especificados, la cual se compromete a no vender ni enajenar sin expresa declaración de este gravamen.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0150 · Unidad documental simple · 1833/12/02
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Antonio Segovia, vecino del pueblo de Coatepec y presente en este suelo, dijo que ha tomado en traspaso a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio, los llenos de una tienda de comestibles, situada en dicho pueblo de Coatepec, con sus aperos y utensilios y algunas deudas activas. Por lo tanto, estando convenidos ambas personas, don Antonio Segovia confiesa por cierto y verdadero estar en posición de dicha tienda, haber recibido todo y otorga que debe a don Bernabé de Elías, la cantidad de 840 pesos, 6 reales y 2 octavos, cuya cantidad se obliga a abonarle la tercera parte, anualmente a partir del día 25 de agosto último. Y para mayor seguridad del adeudo, hipoteca una casa, que posee en dicho pueblo de Coatepec, a la calle del camino que sale para esta ciudad, la dicha casa con su sitio que linda por el norte con casita y solar de Antonia Pomares; por el sur con la calle que nombran de San Pedro; por poniente con casa y solar de Fermina Cortés; y por oriente que es su frente con dicha calle del camino Nacional. Por tanto, se obliga a no disponer por manera alguna de dicho fundo mientras no esté cubierto el adeudo.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0166 · Unidad documental simple · 1833/12/13
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Martínez de Espinosa y Franceschi, hijo y albacea de don Matías Martínez de Espinosa, mayor de veinte años y menor de veinticinco años, con su curador don Francisco Florencio Franceschi, dijeron que el mesón nombrado de las Animas, ubicado en la plaza Pública de esta ciudad, es una de las fincas pertenecientes a la testamentaria de dicho finado don Matías y que siendo benéfico a la testamentaria arrendar esa finca, tiene tratado darla en arrendamiento al ciudadano Francisco Barrios, de esta vecindad, bajo las siguientes condiciones: 1.º Que solo se comprende en dicho arrendamiento lo exclusivo del mesón y las tres asesorías, situadas en el callejón de Flores, más no las dos tiendas ni las piezas anexas a ellas. 2.º Que por el mesón y accesorias ha de pagar 36 pesos mensuales. 3a. Que el arrendamiento es por tres meses, que empiezan a contarse desde el 28 del corriente; sin embargo, desde ahora la entrega la finca a Barrios. 4.º Que se ha de caucionar el arrendamiento con hipoteca de una casita, perteneciente a la esposa de Barrios; entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Y estando presente Francisco Barrios otorga que acepta tal y como se haya extendida; y a fin de que tenga efecto la cuarta clausula, estando presente su consorte Luciana Arcos con previa licencia marital; Barrios y Arcos, ambos otorgan que hipotecan a la seguridad del pago, una casita, que tiene la señora Arcos, ubicada en esta ciudad, en el paraje nombrado de Jalitic [Xallitic], lindando por el oriente con la orilla de la acequia que conduce el derrame de las piletas de dicho Jalitic [Xallitic]; por norte con casa y solar de los herederos de Manuel González; por sur con callejuela que va para el puente que llaman de Lagos, y por poniente con calle que de la del Sindico baja para dichas piletas. Cuya casita y sitio se obligan a no enajenar, ni grabar entretanto no este satisfecha la cantidad que importen los arrendamientos expresados.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0168 · Unidad documental simple · 1833/12/17
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Bernabé de Elías Vallejo, de esta vecindad y comercio, dijo que, en el juzgado de primera nominación de esta misma ciudad, ha sido nombrado don Fulgencio Ochoa, tutor y curador ad bona de los menores hijos del finado don José Antonio Medina y de doña María Gertrudis Ochoa de Medina, por haber pasado ésta a segundas nupcias. Y que debiendo afianzar dicho tutor, el manejo de ese cargo, propuso y se le admitió la caución del comparente, quién en obsequio de esos menores se ha puesto a prestarla. Por la presente, otorga que se constituye fiel y llano pagador del nominado don Fulgencio Ochoa, en tal manera que se conducirá fiel exacta y cumplidamente en el desempeño del cargo. Y para mayor seguridad de los intereses de los repetidos menores, hipoteca una casa de edificio alto y bajo, ubicada en esta ciudad, haciendo dos frentes, uno al norte con la Plaza Pública Principal y el otro al oriente con la calle Ancha, lindando por el poniente con casa que fue de don José Castañeda y hoy pertenece a la tercera orden de San Francisco de esta ciudad; y por sur con casa baja, perteneciente al concurso de don José Miguel Martínez. Dicha finca se obliga a no enajenar, sin expresa declaración de este gravamen.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0101 · Unidad documental simple · 1828/09/10
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano José María Rebolledo Maldonado, de esta vecindad, vende al ciudadano José Antonio Solano, de esta villa, una casa de paredes que le contrató desde el año de 1822, sin haberle entregado escritura correspondiente de venta, debido a varios acontecimientos. Dicha casa se ubica en esta villa, en la última cuadra de la calle del Calvario, a la que hace su frente hacia el oriente y del otro lado casa de don Manuel Ignacio Aparicio, con 63 varas de fondo hacia el poniente, por donde linda con solar de los naturales de esta villa y acaba con una cuchilla irregular de tamaño y dirección, por el costado del sur, linda con una casa de tablas del finado José Hidalgo, y por el del norte, con otra de la misma especie que fue de Diego Trigos. Cuya casa deslindada, es la misma que hubo y compró a don José María García y hoy vende a Solano con sus entradas, salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, con gravamen de 200 pesos que reporta sobre si con hipoteca especial en favor de un menor, que continuará reconociendo el comprador sobre la misma finca desde hoy, satisfaciendo anualmente y sin retardo de sus réditos correspondientes, y cuya enajenación hace al precio de 400 pesos, 200 de ellos del reconocimiento del dicho y los 200 pesos restantes que el comprador le ha pagado en reales efectivos.

              DIONISIO CAMACHO, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE CUARTA NOMINACIÓN