José Hernández Navarro, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Antonio Hernández Laboracho y de Teresa Navarro, difuntos, otorga poder al Sargento don Antonio de Villavicencio y al Capitán don Gaspar Rendón, vecinos de esta villa, para que después de su fallecimiento hagan y ordene su testamento como se los tiene comunicado. Nombra como albaceas a los susodichos y como herederos universales a José Hernández, de siete años de edad, y a José Antonio, de tres años de edad, sus hijos naturales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOHIJOS NATURALES
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Juan José de Brito Lomelín, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Capitán Francisco de Brito Lomelín y de doña María de León, difuntos, otorga poder al Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa de Córdoba y Alcalde Ordinario de ella por Su Majestad, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara ser soltero y tener por hijo natural a Pedro José, de seis años de edad, al cual conoce su albacea. Nombra como albacea testamentario y tenedor de bienes a dicho don Gaspar Rendón; y como heredero universal a su hijo Pedro José, y como tutor y curador de éste a don Gaspar Rendón.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan José Fernández, Capitán de la Infantería Española de este pueblo y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], hijo legítimo de Francisco Fernández y de Isabel Díaz, difuntos, naturales que fueron de la ciudad de Sevilla, de donde él es natural y vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec]; y Leonor Manuela del Valle, su legítima mujer, natural de este dicho pueblo, hija legítima de Salvador Moreno y María del [Valle], difuntos. Se otorgan poder mutuo para que después de la muerte de alguno de los dos el que esté vivo haga y ordene el testamento del otro. Declaran estar casados y al tiempo que efectuaron matrimonio él tenía de caudal 2 000 pesos, y ella llevó por dote otros 2 000 pesos, y él le mando en arras 300 pesos. Y durante dicho matrimonio procrearon a Melchora de los Reyes Fernández, de ocho años de edad; a José Ventura Fernández, de cuatro años; María del Valle Fernández, de dos años. El Capitán Juan José declara como hijo natural a José de Estrada Fernández, muchacho de doce años, habido en mujer soltera ya difunta, y a quien tiene en su casa y compañía. Se nombran mutuamente albaceas y tenedores de bienes. Nombran como herederos a sus hijos, y como tutora y curadora de ellos a Leonor Manuela del Valle.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Manuel Rodríguez de Cela, coronel del Cuarto Batallón Permanente, residente en esta villa, otorga poder especial a don José María Aguirre, coronel graduado del mismo cuerpo, para que, en su representación, extraiga judicial o extrajudicialmente de doña Fausta González, vecina de Guanajuato, viuda de don Mateo Lorenzo Murphy, una niña, hija natural del compareciente, nombrada Francisca, que será como de dos años. Para que la traiga a su poder y le dé buena educación y enseñanza bajo los principios que por tan estrecho vínculo está obligado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOTestamento de María Balera [Valera], vecina de la nueva ciudad de Veracruz, estante en este pueblo, hija natural de Cristóbal de los Ríos y de María Balera [Valera], vecinos que fueron de la dicha ciudad.
Testamento de Catalina Montes, residente en el ingenio del Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, nombrado Nuestra Señora de la Limpia Concepción, natural de La Antigua Veracruz, hija natural del Contador Juan López de Otamendi y de Leonor Picaso, difuntos.
Pascuala Gertrudis Muñoz, viuda de Diego Molina, hija de Pedro Muñoz y de Juana de la Cruz, difuntos, vecina del pueblo de Jalapa, realiza testamento en el cual declara tener un hijo natural de nombre Sebastián, mismo que tuvo antes de contraer matrimonio con dicho difunto, al cual nombra albacea y heredero, esto último en compañía de Ignacia [Antonia] Molina, hija legítima que tuvo con su difunto marido y casada con Francisco de Espinosa.
Joaquín Felipe Sarmiento, vecino de este pueblo de Jalapa, hijo natural de Isabel María de la Gasca, difunta, casado con doña Juana Cecilia Meléndez, otorga su testamento; nombra como albaceas testamentarios a su citada esposa, en compañía de José Núñez, vecino de este pueblo, y como heredera universal a su citada esposa.
Don Gregorio Cervantes, soltero, natural de San Juan del Río, vecino de San Francisco Soyoniquilpan [Soyaniquilpan] y hace seis días residente en esta ciudad, de oficio arriero, de cuarenta y cinco y medio años de edad, hijo legítimo de don José Cervantes y de doña María Tomasa Celis, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara por bienes cuarenta y cuatro mulas aparejadas de lazo y reata que tiene en esta ciudad; un mil y pico de pesos que le debe el Gobierno Federal de fletes; un caballo y una casa libre de gravamen en el pueblo de su vecindad. Reconoce por hijos naturales habidos en Juana María Resendes, viuda al tiempo de la concepción, a Micaela, a Francisca y a Irineo Cervantes y Resendes. Nombra como herederos a sus tres sobrinos, Gabino de veintiún años de edad, Tomás de veinte y Marín de diecisiete, hijos legítimos de su hermano don Manuel Cervantes; y también a su hijo natural Irineo Cervantes y Resendes. Nombra como albacea a don José María Ramírez, vecino del pueblo de Soyoniquilpan [Soyaniquilpan], hoy residente en esta ciudad.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOAna Rafaela Antúnez, hija legítima de Vicente Antúnez y de Lorenza Josefa Moriles, ya difuntos, vecinos que fueron de Misantla, de donde es originaria, estando de pie, pero en edad avanzada y temiendo que la enfermedad lo asalte, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que cuando se hallaba libre tuvo tres hijos naturales que lo fueron Manuel de los Santos, María Francisca y José Andrés, de los cuales el primero tiene hoy cosa de cuarenta y cuatro años de edad; la segunda cosa de cuarenta años y está casada con el Sargento José Ignacio Rivera; y el tercero murió de cosa de veinticuatro años sin dejar sucesión. Declara que habiéndose casado después con José Francisco Espejo, de quien en el día se halla viuda, tuvieron en ese matrimonio por sus hijos legítimos a María Guadalupe que murió de doce años de edad; a María Desideria que murió de un año; a Ana María Simeona que vive en estado doncella y tiene cosa de veintitrés años; a Lucía Ebrona, doncella de dieciocho años; José Crescencio que murió de once meses; y a María Josefa Crescencia [Espejo] que murió de once años. Declara que cuando contrajo matrimonio su referido esposo no trajo cosa alguna y ella poseía dos casitas situadas en esta villa a la Rinconada de Xallitic. Declara que durante este matrimonio su marido compró una casita que está junto a las mencionadas. Declara que sus dos hijas Ana María Simeona y Lucía Ebrona han gastado 254 pesos 5 y medio reales en reparar las casitas mencionadas, por lo que tiene una acción a esa suma como acreedora. Declara que sus dos hijos naturales Manuel de los Santos y María Francisca nada tienen que reclamar contra sus bienes, pues que de su padre de ellos no vino a su poder cosa alguna; y a mayor abundamiento les da antes de su fallecimiento una corta cantidad a cada uno, que es lo que considera cabe en el quinto de sus bienes, respecto a ser de lo único que puede disponer libremente a favor de ellos, por cuanto tiene herederos forzosos. Y que sus bienes consisten en una cortedad, pues solo constan de las casitas referidas y quitando del valor de ellas lo que han invertido en reparos sus dos hijas y lo que a éstas corresponde por parte de su padre del valor de la casita que éste compró estando ya casado con ella; queda libre de su pertenencia cosa de ciento y pico de pesos, de cuya suma deduce una parte del quinto para sus dos hijos naturales Manuel de los Santos y María Francisca, a quienes se los dejará entregado antes de su fallecimiento para que por ningún motivo tengan que molestar a sus herederas. Y en el remanente que resulte libre de su pertenencia, nombra por universales herederas a las nominadas sus hijas legítimas Ana María Simeona y Lucía Ebrona. Y para la ejecución de este testamento, nombra albaceas a las mencionadas Ana María Simeona y Lucía Ebrona.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO