Miguel Cosme Damián Hidalgo, de esta vecindad, dijo que es deudor a los señores Maximiano Hidalgo y don Bernardo Sayago, de esta vecindad y comercio, de las cantidades de 467 pesos uno y una cuartilla reales al primero y 94 pesos 6 y medio reales al segundo, procedentes ambas partidas de valor de harina que le vendieron en el mes último anterior, cuyo pago han convenido tenga efecto en el plazo de cuatro meses, caucionándolo con hipoteca de una casa que posee. Por lo cual, otorga que se obliga a pagar a don Maximiano Hidalgo y don Bernardo Sayago en el plazo convenido contado desde esta fecha y con hipoteca de una casa de material de edificio bajo, cubierta de madera y teja, ubicada en esta ciudad en la calle de Santiago, con la cual hace frente al norte; lindando por el oriente con la de un señor Norberto; por el poniente con casa de José María Ignacio Carmona; y por el sur con la orilla del río de Santiago; cuya casa la labró en solar que compró a Marciano Masguret, quien no formalizó escritura y solo le entregó al otorgante la que acredita que Masguret le compró a María Prudenciana Ortiz.
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Don Pablo Álvarez y doña María Josefa Urriaga, marido y mujer, mayores de edad, de esta vecindad, ella con previa licencia de su consorte, dijeron que para fomentar el giro que de bizcochería que ambos tienen, les ha ministrado harina don Ramón Álvarez, a quien de esa procedencia le adeudan la cantidad de 300 pesos, además de que les ha franqueado en numerario 200 pesos que utilizarán para pagar a don Manuel Patiño, por deuda que tenían con él. Siendo el total de crédito de 500 pesos, mismos que se obligan a pagar en el término de 2 años, contados de ahora, y con premios de 8 pesos mensuales. Para seguridad de esta deuda, hace hipoteca y graba la Urriaga, una casita que heredó de su difunto padre, ubicada en esta ciudad, en la plazuela que se denominó antiguamente del Rey, y hoy se llama de la Constitución, haciendo frente al oriente con casa alta arruinada de los herederos del licenciado Durán, lindando por el norte con casa de don Antonio María de Casas, que antes fue de don Andrés Rodríguez, por el costado del sur con casita que fue una misma con la que ahora se trata y se dividió para doña Juliana Urriaga, quien la vendió a [José Mariano] Lucido al cual pertenece actualmente, y por la espalda que es el poniente con patio del mismo Lucido y de la casa del mismo diezmo.
Sans titreDon José María Rodríguez Roa, de esta vecindad y comercio, dijo que para fomento de una panadería que ha girado en esta misma ciudad, le han franqueado harinas los señores don Antonio María Priani, don Cayetano José Jiménez, don Bernardo Sayago, Guzmán y compañía, asimismo, don José María Ochoa y don Fermín Palomino, a quienes en liquidación de cuentas les sale debiendo el comparente en total 993 pesos 3 y medio reales, descontando 143 pesos un real y 3 cuartillas valor de los útiles de dicha panadería que les traspasó a don José Hidalgo, quedando reducida la deuda a 850 pesos real y 3 cuartillas cuyo pago garantizan las señoras doña Juana Salinas, madre del relacionante, y doña Desideria Rodríguez, prima del mismo, obligándose ambas a verificar el pago al vencimiento de seis meses a partir de hoy día de la fecha, depositando para mayor seguridad una imagen de Nuestra Señora de Guadalupe con su marco y resplandor de plata; una imagen del alma de la Virgen con su marco y resplandor también de plata; seis candeleros de plata quintada con peso de 16 marcos 4 y tres cuartas onzas; un bracerito con dos marcos 7 onzas plata quintada; una fajita con cinco brillantes; una cadenita de oro con dos sortijas pendientes, la una de ellas con un rubí y la otra con siete chispas de diamantes, pesando todo esto media onza y medio adarme; una cadena de oro con peso de media onza y uno y medio adarmes; y un reloj de oro con una cadenita de cobre, quedando todo esto en poder de don José María Ochoa; hipotecando también las murallas y pequeña habitación como también el plantío de una hortaliza ubicada en esta ciudad en la calle que llaman de Salinas, en terreno perteneciente al común de indígenas de esta ciudad; declarando que estos bienes pertenecen a doña Juana Salinas. Y doña Desideria hipoteca una casita baja, contigua a dicha huerta de hortalizas, cuyo sitio es también del común de indígenas.
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