HARINA

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              MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0127 · Pièce · 12/07/1806
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Sáenz de Santa María, otorga que ha recibido del Ayuntamiento y de los fondos del Ramo de Harinas que le pertenecen, la cantidad de 4 000 pesos y sus premios vencidos hasta el día 5 del presente, a cuenta de los 8 000 pesos que de su peculio impuso en el término de cinco años sobre el indicado Ramo, por lo que entrega recibo de cancelación.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0061-PX_0061_0188 · Pièce · 26/05/1797
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Roque Ortiz, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga poder especial a Luis de la Rosa, de esta misma vecindad, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre de manera judicial o extrajudicial a Juan Ignacio Mercado, vecino de San Juan de Los Llanos, la cantidad de 545 pesos, valor de una partida de harina que el otorgante le vendió al citado Juan Ignacio Mercado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0068-PX_0068_0066 · Pièce · 24/05/1804
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El muy Ilustre Ayuntamiento, compuesto por don Ramón María de Villalba, Presidente; don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Decano y Alguacil Mayor; don Francisco Sáenz de Santa María, Regidor Llano por Su Majestad; don José Fernández Castañeda, Diputado del Común; y don Eduardo de Alsasua, Síndico Personero, dijeron que por superior orden del Señor Virrey de este Reino, se les ha concedido la facultad de solicitar y tomar a réditos la cantidad de 24 431 pesos, de los cuales 18 000 son para satisfacer a don Juan de Bárcena, de esta vecindad y comercio, y al referido don Francisco Sáenz de Santa María, monto que ambos suplieron para costear la fábrica del Cuartel de Infantería de esta misma villa, y los 6 431 pesos restantes se ocuparán para invertirlos en la construcción de las dos cuadras que ha expresado el Señor Coronel, don Pedro de Alonso, ser indispensables agregar a dicho cuartel para el más cómodo alojamiento de su regimiento de infantería, cantidad impuesta sobre el producto anual que rinde el arbitrio que se recolecta, de un peso en cada tercio de harina de los que se introducen en este suelo para su consumo. Y haciendo uso de dicha facultad otorgada por el Virrey, otorgan poder especial a don Ignacio Antonio de Salamanca, Procurador del Número de la Real Audiencia y Cancillería de México, para que solicite del cofre de la santa iglesia catedral, conventos, cofradías y cualquier persona eclesiástica o secular, la cantidad de 24 431 pesos a censo redimible, a razón de 5% anual, sobre el arbitrio de harinas y sus productos y para seguridad de la deuda hipotecan los arbitrios de dicho ayuntamiento.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0074-PX_0074_0041 · Pièce · 21/03/1810
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Esteban de Elías, de este comercio y vecindad, dijo que por fallecimiento del Administrador de Rentas, don Tomás Antonio Illanes, se le ha conferido a don Antonio Velasco Quiroz, el encargo de recaudar el derecho municipal por harina flor y carga de la común que se consume, con la condición de que cada 4 meses enterará al Mayordomo de lo recaudado y ha de otorgar un fiador, por lo que el compareciente se constituye en fiador por 2 000 pesos que responde al manejo del mencionado ramo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0068-PX_0068_0114 · Pièce · 12/09/1804
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Muy Ilustre Ayuntamiento, Justicia y Regimiento de esta Villa de Xalapa, compuesto por los señores don Ramón María de Villalba, don José Antonio de la Peña, Regidor Alférez Real; don Carlos Díaz Herrero, Regidor Alguacil Mayor; don Francisco Sáenz de Santa María, don Miguel del Cotarro, don Diego Leño, Regidores llanos; don José Fernández de Castañeda, Diputado del Común, y don Eduardo Alsasua, Síndico Personero, dijeron que por superior orden del Excelentísimo Señor Virrey, de fecha 2 de mayo del corriente año, se les ha concedido con la aprobación de la Junta Superior de propios celebrada el 29 de julio de 1803, la facultad de tomar a réditos sobre el producto anual del arbitrio de las harinas que entran en esta población, la cantidad de 24 431 pesos, declaran que han recibido del Presbítero don José Mariano González de Castro, la cantidad de 6 000 pesos cuyo capital imponen, sitúan y cargan sobre el arbitrio establecido de un peso en cada tercio de harina flor y otro peso en carga de la común de la que entra en esta Villa para su consumo, por tiempo de 9 años, con obligación de satisfacerle los réditos a razón de 5% anual, con hipoteca general del relacionado arbitrio, cuya cantidad se destinará para la construcción de la obra que se debe aumentar al Cuartel de Infantería en esta Villa.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0069-PX_0069_0164 · Pièce · 03/10/1805
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Los Señores del muy Ilustre Ayuntamiento de esta Villa, don José Antonio de la Peña, don Carlos Díaz y Herrero, don Francisco Sáenz de Santa María, don Diego Leño y el Licenciado don José María Durán, Regidores Perpetuos, con don José Fernández de Castañeda, don Santiago Sáinz Sarabia y don José Pérez de Llera, Diputados y Síndico personero del común, han recibido de don Mateo Badillo, de esta vecindad y comercio, la cantidad de 20,000 pesos, 13,000 de ellos pertenecientes a dicho Badillo y 7,000 a don Juan Ignacio Juille, vecino de Cádiz, obligándose a pagar los 13,000 pesos en el término de un año con sus premios de un 5% anual, y los 7,000 en el término de seis meses, con el premio de un medio porciento mensual. Como seguro de la deuda hipotecan todos los fondos y rentas pertenecientes al Ramo de Abasto de Carne y 12,000 pesos que han de sacarse del ramo de harinas concedido a esta Villa para el reintegro de esta suma, valor que tuvo la casa del vecindario que es hoy en día el Cuartel del Regimiento de Infantería de la Corona y que fue cedida a Su Majestad, que dejan igualmente sujeto al pago de la insinuada acreencia; cuya cantidad destinará don Diego Leño, Comisionado en el Abasto de Carnes, para la compra de ganado y hacer oportunamente los acopios necesarios a mayor beneficio del público.\t

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              MX UV.USBIX ANX-P-0068-PX_0068_0100 · Pièce · 08/08/1804
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Muy Ilustre Ayuntamiento, Justicia y Regimiento de esta Villa de Xalapa, compuesto por los señores don Ramón María de Villalba, como presidente, don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Alguacil Mayor, don José Fernández de Castañeda, Diputado del Común, y don Eduardo de Alsasua, Síndico Personero, dijeron que por superior orden del Excelentísimo Señor Virrey, fecha 2 de mayo del corriente año, se les ha concedido con la aprobación de la junta superior de propios celebrada, el 29 de julio de 1803, la facultad de tomar a réditos la cantidad de 24 431 pesos, sobre el producto anual del arbitrio de las harinas que entran en esta población, y en virtud de dicha aprobación por la presente declaran que ha tenido por conveniente el señor regidor, don Francisco Sáenz de Santa María, ceder a este cuerpo político los 8 000 pesos que suplió para la construcción del cuartel de infantería, cantidad que debía reconocer este ayuntamiento durante 5 años con causa de réditos de 5% anual desde el 29 de julio de 1803, por lo tanto, declaran que han recibido del Señor Regidor don Francisco Sáenz de Santa María, la cantidad de 8 000 pesos, cuya cantidad cargan e imponen sobre el arbitrio establecido de un peso en cada tercio de harina flor y otro peso en carga de la común de los que entran en esta Villa para su consumo por tiempo de 5 años, con obligación a satisfacerle sus réditos a razón de un 5% anual, a partir del 29 de julio de 1803, con hipoteca general del relacionado arbitrio.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0068-PX_0068_0156 · Pièce · 05/12/1804
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El muy Ilustre Ayuntamiento, Justicia y Regimiento de ella, que lo componen los señores don Antonio Juille y Moreno, Alcalde Ordinario por Su Majestad de segunda elección como presidente; don José Antonio de la Peña, Regidor Alférez Real; don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Alguacil Mayor; don Francisco Sáenz de Santa María, don Miguel Cotarro y don Diego Leño, Regidores Llanos; don Pedro Pérez de Llera y don José Fernández de Castañeda, Diputados del Común; y don Eduardo de Alsasua, Síndico Personero. Dijeron que por cuanto por superior orden del Excelentísimo Señor Virrey, se les ha concedido la facultad de tomar a réditos la cantidad de 24 431 pesos, sobre el producto anual del arbitrio de las harinas que entran en este pueblo, para el pago de 18 000 pesos que debe el ayuntamiento a don Juan de Bárcena y a don Francisco Sáenz de Santa María, y para construir la ampliación del cuartel dos cuadras más, que ha expuesto el señor Coronel don Pedro de Alonso, ser indispensable para el más cómodo alojamiento de su regimiento de infantería. Por tal motivo, reciben de don José María Peña, de esta vecindad, la cantidad de 1 400 pesos con la cualidad de reconocerse por 5 años, obligándose a pagar 5% de réditos anuales desde la fecha de esta escritura, sobre el arbitrio de la imposición de un peso en cada tercio de harina flor, y otro en carga de la común de los que entran en esta Villa para el consumo, hasta su redención.