Francisco de Andrada, vecino del pueblo de Maltrata, jurisdicción de Orizaba, se obliga a pagar a don Francisco Dávila Barahona, dueño de hacienda de ganado mayor y vecino del pueblo de Acayuca [Acayucan], provincia de Guazacoaco [Coatzacoalcos], 1 064 pesos de oro común procedidos del valor de doscientas sesenta y seis reces vacunas que el susodicho compró y recibió en el llano de Escamela, jurisdicción de Orizaba, a precio de 4 pesos de oro común cada una. Cantidad que se obliga a pagar cada año con lo que monten 40 cargas de harina que en dos viajes ha de poner a su costa en el pueblo de Cosamaloapan y entregarlas a don Francisco Dávila, por precio de 8 pesos carga hasta que los 1 064 pesos estén enteramente pagados.
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Don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, Teniente de Capitán General en ella; y don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción; como albaceas y tenedor de bienes dicho Pibot del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto, como consta en testamento otorgado en Cosamaluapan [Cosamaloapan]; otorgan poder general a don Tomás José [Jiménez], vecino de la ciudad de México y Agente de Negocios en ella, para que en sus nombres pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban a los bienes de dicho difunto. Asimismo, para que otorgue recibos, cartas de pago y demás instrumentos, y para que los represente y defienda en todos sus pleitos.
Sans titreMarcos Zacarías, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Sacapuastla [Zacapoaxtla], hijo legítimo de Juan Zacarías y Nicolasa de Peralta, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den dos libras de cera a Jesús el del Señor San José que está en la ciudad de los Ángeles. Ítem manda al Santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan otras dos libras de cera de que tiene hecha manda. Es su voluntad que sus albaceas saquen de sus bienes 20 pesos y se repartan entre las viudas pobres de esta villa. Declara debe: al cura del pueblo de San Pedro Ixhuatlán 48 pesos de diezmo del año pasado, asimismo el diezmo que se cause de este año; al Bachiller don Juan, capellán de la capilla del Capitán don Juan Gómez Dávila, 200 pesos de dos años de administración [roto]; a Juan Esteban 192 pesos; a don Manuel de Aguilar Osorio, vecino de la ciudad de Tlaxcala, 600 pesos; a la cofradía del Santo Christo [Cristo] de esta villa; a Francisco de Rocha, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], 150 pesos; a Francisco Porrúa y Peña, vecino del pueblo de San Juan, 30 pesos; a Lucas de Gorrostola 15 pesos. Ítem declara le adeudan: Juan de Piña 200 pesos; Antonio de Pedraza 30 pesos; Antonio Martín 68 pesos; Felipe Martín, su hijo, vecino de San Juan, 53 pesos; Miguel Blanco 21 pesos; Alonso Galván, vecino de esta villa, 60 pesos; doña María de Salas, vecina de la ciudad de los Ángeles, 56 pesos; don Juan Gómez Dávila 39 pesos; y Francisco Lorenzo 3 cargas de azúcar a razón de 18 reales arroba. Ítem declara que, en poder de Diego Jerónimo Leal, vecino de la ciudad de la Veracruz, paran 10 cargas de azúcar con 132 arrobas y 12 libras netas, manda se le cobre su líquido. Ítem declara que habrá tiempo de dieciocho años que contrajo matrimonio con Josefa de la Encarnación, difunta, durante el cual tuvieron por hijos legítimos a Gertrudis de la Encarnación que será de catorce años, a Francisco Zacarías de doce años; asimismo, declara que pasó a segundas nupcias con María Francisca Enríquez de Lara con quien procreó una hija nombrada María Antonia, de edad de cuatro años. Ítem declara por sus bienes una hacienda del beneficio de hacer azúcar y todo lo que le pertenece, sobre dicha hacienda están cargados 2 000 pesos a favor del Licenciado José de Barros. Y para cumplir y pagar este testamento nombra por sus bienes a don Juan Gómez Dávila, don Lope Antonio de Iribas y a María Francisca Enríquez de Lara, y por tenedor de sus bienes al citado Lope Antonio de Iribas. Finalmente, nombra como universales herederos a sus tres hijos.
Sans titreEl Capitán don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende a Diego de Villaseca, residente en esta villa, vecino del pueblo de Cosamaluapa [Cosamaloapan], una esclava negra nombrada María Teresa, casta Congo, de diecisiete años de edad más o menos, la misma que hubo y compró de Julián Camacho, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, por escritura con fecha de 4 de mayo pasado, ante Juan de Campo y Anaya, Escribano Real y Público de dicha ciudad. La vende en precio de 350 pesos de oro común.
Sans titreJuan de los Santos Cubillos, don Lope Antonio de Iribas y el Alférez don José Gómez Dávila, vecinos de esta villa de Córdoba, dueños de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, y dicho Juan de los Santos Cubillos como principal y los otros dos otorgantes como sus fiadores, juntos de mancomún acuerdo otorgan que se obligan de dar y pagar a don Jerónimo de Mendívil, vecino del pueblo de Cosamaloapan, 6 237 pesos de oro común en reales, procedidos de una partida de ganado mayor, los cuales le pagarán en la manera siguiente: 3 118 pesos y 4 reales para el fin de febrero del próximo año y los otros 3 118 y 4 reales para el 31 de mayo de ese año.
Sans titreLos Capitanes don Lope Antonio de Iribas y don Gaspar Rendón, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorgan poder especial a don Juan Antonio Blázquez Mayorazgo, vecino y mercader del pueblo de Orisava [Orizaba], para que en nombre y en representación de sus personas, los obligue a favor de don José de Herrera Monroy, vecino del pueblo de Cosamaluapa [Cosamaloapan], heredero de Manuel Sosa Pérez, difunto, dueño de hacienda de ganado mayor en jurisdicción de Acayuca, a que el susodicho cumplirá como tal heredero con el tenor del remate de las carnicerías [roto] que se celebró en el dicho difunto en el pueblo de Orizaba y en su nombre en el dicho don Juan Antonio Blázquez, en virtud de poder del difunto, de 8 libras y 4 onzas por un real, cuya postura corroboró don José de Herrera Monroy como su heredero, y como dichos es los obligue como sus fiadores.
Sans titreDon José Gómez de Espinosa, vecino del pueblo de Cosamaluapan [Cosamaloapan] y residente en esta villa de Córdoba, vende al Capitán don Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, un esclavo negro nombrado Juan Francisco, de 30 años de edad, casado con india, que lo hubo y heredó del Licenciado don Lorenzo de Espinosa, su hermano. Lo vende en precio de 300 pesos de oro común en reales.
Sans titreDon Diego Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dueño hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al General Domingo Ruiz de Tagle, Caballero de la Orden de Calatrava, vecino del pueblo de Orizaba, un esclavo negro nombrado Juan Francisco, casado con una india, de treinta y dos años de edad poco más o menos, que hubo y compró de don José de Espinosa, vecino del pueblo de Cosamaluapan [Cosamaloapan], por escritura hecha en esta villa el 12 de diciembre de 1709. Lo vende en 300 pesos de oro común.
Sans titreDon Manuel de Rosas Sáenz, Caballero del Orden de Calatrava, y el Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecinos de esta villa de Córdoba, dueños de hacienda del beneficio de hacer azúcar, dijeron que Su Majestad hizo merced de la Alcaldía Mayor de esta villa y su jurisdicción al Capitán don Francisco Sigler del Rebollar, vecino del pueblo de Cosamaloapan, con el cargo de dar primero las fianzas acostumbradas para el ejercicio del citado empleo. Por tanto, otorgan que dan poder a don Francisco Antonio de Castañeda, Agente de Negocios en la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de la ciudad de México, para que representando sus personas los obligue en el Tribunal de Cajas Reales y Tributos, en cantidad de 2 000 pesos a cada uno, por los que entren en poder de Francisco Sigler durante los cinco años que fuere su cargo dicho gobierno.
Sans titreDon Matias Fernandes de Venavente y Aragon [Matías Fernández de Benavente y Aragón], residente en esta villa de Córdoba, [roto] del pueblo de Cossamalupa [Cosamaloapan], dueño de hacienda, otorga poder al Licenciado Francisco de Sepeda [Zepeda], Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles [roto], para que se encargue de sus pleitos, causas y negocios civiles, criminales, eclesiásticos o seculares. Y también para que demande, reciba y cobre las cantidades que le deban por escrituras, vales, conocimientos, y otros. De lo que recibiere que entregue carta de pago, y para lo que se requiera, se le da este poder con libre y general administración.
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