HACIENDAS

Elements area

Taxonomy

Code

Scope note(s)

    Source note(s)

      Display note(s)

        Hierarchical terms

        HACIENDAS

          Equivalent terms

          HACIENDAS

            Associated terms

            HACIENDAS

              704 Archival description results for HACIENDAS

              704 results directly related Exclude narrower terms
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0072 · Item · 1718/09/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Los Capitanes don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba; don Alonso López de Sagade Bugueiro y don Domingo Merodio, Alcaldes Ordinarios en ella; el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro y el Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Presbíteros; el Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa; don Pedro López del Castrillo, don Lope Antonio de Iribas, don Gaspar Rendón, don José de Segura y Ceballos, don Francisco Pibot y Tapia, don Diego de Altamirano, don José de Carvajal y Contreras, don Alonso Gómez Dávila, don Juan del Castillo de Altra, doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, don Fernando de Ávila, don Pedro de Huidobro, Administrador del Trapiche del Capitán don Manuel de Rosas, del Orden de Calatrava, y doña Josefa de Pedraza, dueños del trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, por quienes prestan voz y caución. Dijeron que el 26 de julio de 1692, los dueños de haciendas que eran de esta villa crearon un patronato en el que nombraron por patrón de los labradores al Señor San Joaquín para que los ayudara de la plaga de langostas que consumía los cañaverales y sus sementeras. Escritura en la que se obligaron a la celebración de la fiesta con vísperas, misa cantada con diáconos, sermón y su novenario nueve días antes, asimismo, misas cantadas en la iglesia de esta villa anual y perpetuamente, que empezó a correr desde el día 18 de julio y fenecer el día 26 de mismo mes. Nombrando para ello tesoreros y comisarios que se encargarían de cobrar la limosna de 4 pesos anuales que a previo acuerdo daría cada uno de ellos. Y habiéndose continuado la celebridad y juramento por sus antepasados y porque ahora las dichas haciendas decayeron y algunos están en pobreza, no han podido contribuir la limosna prometida, por lo que el actual tesorero se excusó de hacer la recaudación y se lo manifestó el Señor Licenciado don Nicolás de la Torre y Mena, Cura Beneficiado y Juez Eclesiástico y Comisario de la Santa Bula de Cruzada. Por lo que, éste mandó con carta cordillera al sacristán para que recogiera las limosnas, de lo que se colectaron 68 pesos, con los cuales el cura celebró la fiesta gastando 60 pesos. En este sentido, el cura y otorgantes determinaron que se despachase carta cordillera para que todos los dueños de haciendas se obligaran a otorgar escritura con la propuesta de dos pesos anuales a las haciendas de buen corriente y las pequeñas o que se hallasen atrasadas un peso anual, con las condiciones que fuesen necesarias; y que esta obligación recaiga sobre las haciendas y no sobre las personas, y el que poseyese dos o tres pague cada una, los dos pesos. De modo, que enterados por carta cordillera, otorgan que hacen esta escritura de dotación y situación de censo, en la forma y manera siguiente: primeramente, es condición que cada uno de los otorgantes por sí y por los demás dueños por quienes prestan voz y caución, sitúan a censo perpetuo sobre sus haciendas 40 pesos de principal, y para ello se obligan de dar 2 pesos anuales a réditos para ayuda de la festividad de San Joaquín y obligan a sus herederos, sucesores y demás personas que sucedieran en las haciendas a que 15 o 20 días antes del novenario y celebridad de la fiesta, entregarán al señor cura la citada cantidad y nombrarán tesorero y comisario perpetuamente. Respecto de ser los gastos ejecutivos y haberlos de satisfacer antes a los ministros con los 68 pesos de réditos, con advertencia de que estos se han de consumir en los gastos de la festividad y novenario, poniendo más o menos cera según el precio a que valiere por entonces sin obligación de volver cosa alguna. Es condición que el que incumpla esta escritura, se le imponga una arroba de cera que se entregará al mayordomo de la cofradía de Santísimo Sacramento sita en la iglesia de esta villa. Para la perpetuidad de esta escritura, tienen a bien se saque traslado y se presente ante el Ilustrísimo Señor Doctor don Pedro de Nogales Dávila, del Orden de Alcántara, del Consejo de Su Majestad y Obispo del Obispado de la Puebla de los Ángeles, y ante su provisor u otro juez que con derecho pueda y deba para que se confirme y apruebe esta escritura. Para cuyo cumplimiento todos los otorgantes obligaron sus personas y bienes habidos y por haber.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0085 · Item · 1718/11/03
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de trapiches de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don Luis José Chacón, vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona, pida, reciba y cobre judicial y extrajudicialmente las cantidades de maravedíes de oro o plata, joyas, esclavos y otras cosas que se le estén debiendo.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0086 · Item · 1718/11/03
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Los Capitanes don Lope Antonio de Iribas y don Gaspar Rendón, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorgan poder especial a don Juan Antonio Blázquez Mayorazgo, vecino y mercader del pueblo de Orisava [Orizaba], para que en nombre y en representación de sus personas, los obligue a favor de don José de Herrera Monroy, vecino del pueblo de Cosamaluapa [Cosamaloapan], heredero de Manuel Sosa Pérez, difunto, dueño de hacienda de ganado mayor en jurisdicción de Acayuca, a que el susodicho cumplirá como tal heredero con el tenor del remate de las carnicerías [roto] que se celebró en el dicho difunto en el pueblo de Orizaba y en su nombre en el dicho don Juan Antonio Blázquez, en virtud de poder del difunto, de 8 libras y 4 onzas por un real, cuya postura corroboró don José de Herrera Monroy como su heredero, y como dichos es los obligue como sus fiadores.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0010 · Item · 1719/02/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su mujer, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de hacienda de fabricar azúcar en esta jurisdicción, otorgan poder general a don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, y por su ausencia u otro impedimento a don José de Gandetigui, vecino de la ciudad de Sevilla, para que en nombre y en representación de sus personas, los obligue hasta por la cantidad de 25 000 pesos, cantidad que pagarán en las partes y lugares, tiempos, plazos y premios que se ajustare, otorgando en razón de ellos las escrituras de obligación que le fueren pedidas.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0011 · Item · 1719/02/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, vecina de esta villa de Córdoba y dueña de hacienda de beneficio de fabricar azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don Lorenzo de la Torre su marido, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, para que en nombre y en representación de su persona la obligue hasta en cantidad de 20 000 pesos a favor de su dote, cantidad que se obliga a pagar en la parte, lugar, tiempo y plazos que se ajustare, entregando para ello las escrituras que le fueren pedidas.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0071 · Item · 1719/07/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de [Su Majestad], del Orden de Calatrava, Factor, Veedor, Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar. Vende a don Diego Felipe de Angulo, Chantre de la iglesia catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles, Provisor y Vicario General en ella, un [roto] esclavo nombrado Joaquín José, mismo que hubo y compró del penúltimo [armazón] de la Real [Compañía] de Inglaterra. Lo vende por libre de deuda, empeño, hipoteca o enajenación, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto o enfermedad, al precio de 300 pesos.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0083 · Item · 1719/08/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa y doña Margarita de Bistrain Dávila, marido y mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de ganado mayor y de labor en su jurisdicción, ella con licencia del susodicho, ambos en mancomún, se obligan de pagar a doña Inés María de Serrano y Perea, viuda del Pagador don Juan de Buendía, a saber 300 pesos de oro común en reales de contado que se dan por entregado. Cantidad que pagarán de la fecha de esta escritura en diez meses, llanamente y sin pleito, pena de la ejecución y costas de la cobranza.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0104 · Item · 1719/10/14
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a don Antonio Díez de Bustamante, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en nombre y representación de persona lo obligue a favor del convento de señoras religiosas de la Santísima Trinidad de dicha ciudad, a que pagará cada año a dicho convento la cantidad de pesos que se regulare deber, por razón del piso en dicho convento de doña Jerónima [Sagade] y Isabel de Sagade, niñas, sus hijas legítimas y de doña Antonia Clara de Rivadeneira, su mujer difunta, en razón de ello entregue la escritura de obligación que le fuere pedida.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0111 · Item · 1719/10/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar. Por la presente, otorga poder especial al Licenciado don Diego de Padilla Ocampo, Capellán de Coro y Rector del Colegio de Santo Domingo Mártir de los Infantes de la ciudad de la Puebla, para que en nombre y en representación de su persona lo pueda obligar como principal o fiador a favor de la persona que los quiera dar, hasta en cantidad de 1 300 pesos. Entregando en razón de ello la escritura de obligación y fianza que le fuere pedido, y para lo anexo y dependiente le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

              Untitled
              Untitled
              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0087 · Item · 1720/08/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, Comisario del Santo Tribunal de la Inquisición de este reino, dueño de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder general a Manuel Francisco García del Castillo, vecino de esta villa, para que en su nombre lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, movidos o por mover, demandando como defendiendo, que tenga con cualquier persona y en cualquier juzgado, audiencia y tribunal, superiores e inferiores, de ambos fueros eclesiásticos y seculares. Asimismo, para que pueda vender un esclavo negro nombrado José Guzmán, criollo de catorce años, el mismo que hubo y compró de los bienes del Licenciado don José López de Sagade Bugueiro, su difunto hermano,

              Untitled