HACIENDAS

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              704 Archival description results for HACIENDAS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0060 · Item · 1701/08/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder especial a Lorenzo de Guzmán, vecino de esta villa, que está para bajar a la ciudad de la Veracruz, para que pueda buscar y busque en dicha ciudad o fuera de ella, la persona o personas que le quieran prestar hasta la cantidad de 800 pesos en reales, con los premios e intereses que ajustare en los plazos y tiempos que le parecieren convenientes. Y por lo consiguiente pasando la cantidad en su poder, otorgue la escritura o las escrituras de obligación que le fueren requeridas con las condiciones y cláusulas contenidas en ella.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0063 · Item · 1701/08/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder al Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, su hermano, para que en su nombre busque en la ciudad de la Veracruz o fuera de ella, las piezas de esclavos negros varones y hembras que le pareciere, obligándole a la paga de ellos. Asimismo, para que busque a su crédito de la persona o personas que quisieran prestar hasta la cantidad de 2 000 pesos de oro común, con los premios e intereses que ajustare y por lo tanto otorgando escritura de obligación.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0099 · Item · 1700/02/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Nicolás de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de fabricar azúcar en su jurisdicción, y Diego Saúl, también vecino de ella, dijeron que por cuanto, Diego Saúl le ha prestado a Nicolás de Olivera 500 pesos de oro común en reales con réditos del 5 por ciento en cada un año, que son 25 pesos, los cuales entregará y pagará al síndico que en el presente y en adelante fuere del convento del Señor San Antonio de esta villa, a quienes les da el poder para la cobranza; y dichos síndicos cada uno en su tiempo, han de ser obligados a convertir los 25 pesos en veinticinco misas rezadas por la pitanza de a 8 reales cada una, las trece de ellas que han de decir en la santa iglesia parroquial de esta villa, los días lunes en el altar de las Benditas Ánimas del Purgatorio, y las 12 misas restantes los días viernes en el altar de la Virgen de Ánimas de la iglesia del Señor San Antonio. Señala que todas las misas se han de decir y aplicar por las Benditas Ánimas del Purgatorio, por el Bachiller Pedro Franco de Guzmán, hijo de [Alonso] Franco de Guzmán, difunto, y de Ana Álvarez de Guzmán, vecina de esta villa, luego que haya ascendido al sacro orden presbiterio, y en caso de muerte lo ha de suceder Nicolás de Barrios, hijo del Capitán Francisco de Barrios, vecino de esta villa, y de doña Isabel Rodríguez, y a falta de los mencionados ha de suceder los que el patrón nombrare. Por su parte, el susodicho Nicolás de Olivera señala que, para mayor seguridad de esta deuda, hipoteca una casa de cal y canto cubierta de teja que tiene en esta villa, con los lindes que se mencionan en el acta, la cual no podrá vender, trocar ni cambiar, libre e empeño, enajenación, hipoteca. Y a su vez el Síndico Pedro García de Meza, vecino de esta villa, Tercero Profeso de hábito exterior de la Tercera Orden de Penitencia del Padre San Francisco y Síndico del convento de San Antonio de esta villa, aceptó y se obligó a dicho poder para la recaudación de los 25 pesos y convertirlos en las misas ya mencionadas.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0073 · Item · 1831/05/17
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María de los Ángeles Peredo y su hermano don Antonio José, viuda la primera y ambos albaceas de don José Vicente de las Casas; y don Francisco Fernández y Agudo, todos de esta vecindad; dijeron que los nominados Fernández y Agudo y el finado Casas, formalizaron escritura en esta ciudad el día 28 de febrero último, de una compañía en la negociación relativa a la hacienda del señor General don José María Cervantes; siendo una de las condiciones que asentaron en dicho instrumento, que en caso de que Casas falleciera antes de cumplirse el tiempo de la compañía, ocupase su lugar y representación la persona que acordasen sus albaceas y el mismo Fernández. Y en virtud de dicha cláusula han acordado que la dejan vigente, sin modificación alguna, y cumplan igualmente las cláusulas siguientes: 1.ª que la persona que se encargue de la administración y giro de la negociación es don José María Contreras, vecino de Coatepec, en cuanto a su honorario o indemnización por su administración se entenderá con los albaceas, y este particular será objeto de convenio entre ellos y Contreras. 2.ª no es responsabilidad de Contreras representar la testamentaria de Casas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0038 · Item · 1702/05/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Agustina Vázquez, vecina de esta villa de Córdoba y viuda del Doctor Miguel de Prado, otorga poder especial al Sargento Miguel Díaz de Aguilar, hijo de la otorgante, para que en su nombre busque en la ciudad de la Nueva Veracruz o en la parte donde fuera conveniente, y tome a su dita y crédito la cantidad de 1 000 pesos de oro común en reales, de los cuales la obligue a pagar con los premios e intereses que ajustare, y en los plazos y tiempos que le fueren pedidos, otorgando en su nombre, la escritura o las escrituras de obligación que convengan. Y para seguridad de la paga, hipoteque una hacienda del beneficio de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción, además, una casa que tiene en esta villa de cal y canto cubierta de teja, que está en la calle que sale del convento del Señor San Antonio al barrio de las Casillas, la cual sólo se encuentra gravada con 300 pesos de principal a censo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0043 · Item · 1702/05/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel de Leiva Esparragosa, Regidor por Su Majestad en eta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 1 559 pesos y 5 reales, de los cuales 906 pesos 4 reales de los diezmos causados en dicha hacienda en los años 1699, 1700 y 1701; y los 653 pesos 1 tomín que don Nicolás de Olivera, difunto, vecino que fue de esta villa, debía de diezmos de esos años, y como albacea que es el otorgante de dicho difunto, se obliga a pagarlos en los plazos y tiempos expresados en el acta.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0045 · Item · 1702/05/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 200 pesos y 6 reales de oro común que importan los diezmos causados en dicha hacienda de tres años cumplidos a fines de diciembre de 1701; los cuales pagará a la Masa Capitular de dicha santa iglesia en las tiempos y plazos expresados en el acta.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0047 · Item · 1702/06/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor en esta villa de Córdoba por Su Majestad y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 468 pesos y 2 reales de oro común, que importan los diezmos causados en dicha hacienda por los años 1699, 1700 y 1701; los cuales pagará en las tiempos y plazos expresados en el acta.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0050 · Item · 1702/06/10
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Piña, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 456 pesos y 2 reales de oro común que lo importaron los diezmos causados en dicha hacienda de los años 1699, 1700 y 1701, los cuales pagará en el plazo y tiempos expresados en el acta.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0109 · Item · 1702/11/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gaspar del Monge y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 470 pesos y un real de oro común que importaron los diezmos causados en dicha su hacienda los años de 1699, 1700 y 1701, cuya cantidad pagará en los tiempos y plazos que se expresan en el acta.

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