HACIENDA NUESTRA SEÑORA DE LA LIMPIA CONCEPCIÓN PALMILLAS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0127 · Item · 1702/10/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gaspar Ramírez de Carvajal [Benavente], Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición y Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, y doña Gertrudis Jaimes Navarro, su mujer; otorgan poder especial a Juan Guillén del Castillo, vecino de la ciudad de los Ángeles, su encomendero, para que en sus nombres pida a cualesquier conventos, capellanías, obras pías, u otras personas particulares hasta cantidad de 4 000 pesos de oro común y hallándolos los imponga a censo redimible sobre un hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción [Palmillas], que poseen en esta jurisdicción, sujeta y gravada con 1 000 pesos en favor de Nuestra Señora de Ocotlán de la ciudad de Tlaxcala.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0047 · Item · 1712/05/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don José de Carvajal y Contreras, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y de doña Juliana de Contreras y Cid, difuntos; y doña Gertrudis María del Castillo de Altra, su legítima mujer, vecina y natural de esta villa, hija legítima de don Hipólito del Castillo de Altra y de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, difunta; se otorgan poder mutuo para que después del fallecimiento de alguno de ellos, el que quede vivo haga y ordene el testamento del otro como se lo tienen comunicado. Declaran que cuando contrajeron matrimonio [doña Gertrudis] llevó al matrimonio la hacienda de hacer azúcar nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, y que de dicho matrimonio no han tenido hijos, hallándose actualmente la dicha Gertrudis del Castillo encinta. Se nombran mutuamente como albaceas testamentarios y tenedores de bienes. Nombran como heredero universal al póstumo o póstuma, asimismo, se nombran mutuamente como tutor y curador ad bona del susodicho.

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