Don José Vicente de Espino, vecino de la Orduña y actualmente en esta ciudad, dijo que don Guillermo de Espino, vecino y del comercio de ésta, falleció bajo disposición testamentaria que otorgó en esta ciudad el 8 de diciembre de 1828 ante el ciudadano José Fernando de la Peña, Alcalde interino de primera nominación, en el cual nombró al compareciente como tutor y curador de sus menores hijos, José María, Francisco y María Manuela [de Espino y Soria]. Asimismo, dijo que al menor Francisco Ciriaco de Espino y Soria, hijo de don Guillermo, le corresponde cierta cantidad de pesos que consisten en el valor de la tienda de la hacienda de la Orduña, y no habiendo el compareciente logrado que le entregasen a dicho menor el valor de la tienda para que la gozase, ha determinado instaurar juicio de petición de herencia conforme a las leyes, por lo cual, otorga poder especial a don Juan Nepomuceno de Urquía, de esta vecindad, para que en su nombre y en representación de los derechos de dicho menor, demande, reciba y cobre de don José María Grajales, la expresada tienda con cuanto a ella le es anexo, como porción hereditaria de dicho menor, haciendo que a éste se le ponga en posesión y se le adjudique en debida forma.
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1832/01/13
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