El señor don José María Bonilla y Flores, actual Alcalde de tercera nominación en esta ciudad, apoderado legítimo de don Pablo Beti, albacea del finado señor Prebendado don José Joaquín de la Pedreguera, el cual poder fue otorgado en la ciudad de México; que en uso de las facultades que le están conferidas por dicho poder y en atención a que por virtud de aquel intervino el comparente en la toma y liquidación de cuentas al señor Presbítero don José Vicente de Espino y a su sobrino don José María, por lo respectivo a la administración de la hacienda Orduña que fue al cargo de ambos desde el 3 de enero de 1830 hasta el 21 de mayo de 1831 que la entregaron. Habiendo resultado contra los expresados señores Espino un alcance de 1 007 pesos y 6 reales, los cuales están cubiertos según una hoja de papel común, y estando como está terminado ese negocio con la purificación de las cuentas y con la aquiescencia del señor Beti, es llegado el caso de ministrarles a los expresados señores Espinos el resguardo que solicitan. Y reduciéndolo a efecto, el nominado señor don José María Bonilla y Flores por voz y nombre de don Pablo Beti, confiesa y declara solemnemente que los repetidos señores Presbítero don José Vicente de Espino y don José María su sobrino quedan libres absolutamente de todo reclamo y responsabilidad respecto a dicha administración de la hacienda Orduña que tuvieron a su cargo; sobre todo lo cual renuncia el otorgante a nombre del señor Beti poder de decir o alegar lo contrario ahora ni en tiempo alguno.
Sem títuloHACIENDA LA ORDUÑA
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Don José Vicente de Espino, Presbítero domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, originario del pueblo de Huamantla, vecino de la hacienda de la Orduña y presente en esta ciudad de Xalapa; hijo de don Jerónimo de Espino y de doña Isabel Josefa Apresa, sus padres difuntos; otorga poder amplio al Presbítero don Antonio García López, Cura actual de la feligresía de San Jerónimo Coatepec, para que después de su fallecimiento, proceda a formalizar y ordenar su testamento, haciendo los legados píos, forzosos y graciosos de que le dejará instruido; así como, las fundaciones, gravámenes, declaraciones, remisiones de deudas, descargas de conciencia y demás cosas que le comunicará. Ordena que se instituya el mismo apoderado por su albacea, para cuyo desempeño le confiere todas las facultades que en derecho se requieran y sean necesarias. Ordena aplicar por su alma las misas que le deje comunicado. Manda que en el remanente que quede libre, de todos sus bienes, derechos y acciones que le tocan y pertenecen nombra por su única y universal heredera a su hermana, doña María Isabel de Espino, residente en Puebla. Finalmente revoca, anula y da por ningún valor todos los testamentos, codicilos, poderes para testar y cualquiera otra disposición que antes de este haya hecho u otorgado por escrito, de palabra o en otra forma, para que no valgan, ni hagan efecto.
Sem títuloEl Presbítero don José Vicente de Espino y don José María Grajales, vecinos de la hacienda de la Orduña y dicha ciudad, dijeron que el primero como curador ad bona del menor don Francisco Ciriaco de Espino, dio poder especial a don Juan Nepomuceno de Urquía, para que cobrara judicial o extrajudicialmente de don José María Grajales la tienda que éste tiene a su cargo en la expresada hacienda, y que en parte corresponde al citado menor por haberle adjudicado en pago parcial de la legítima que le tocó, al dividirse los bienes de su difunto padre don Guillermo de Espino. Y habiendo demandado ante el juez de letras de este cantón a Grajales, enterado de todo don Francisco de Espino, suplicó a su curador no llevase adelante el pleito en virtud de ser dudoso su buen éxito, de versarse entre miembros de una misma familia y de no hallarse dispuesto a encargarse de dicha tienda, caso que Grajales fuera condenado a entregarla. Por lo cual, otorgan que transigen las pretensiones instauradas, ajustándose, conviniéndose y conformándose en los artículos que se mencionan en esta escritura, entre los cuales destacan: Primero, el día quince del presente mes entregará Grajales al Presbítero don José Vicente de Espino los géneros que éste designe y sean suficientes para cubrir los 2 051 pesos un real 7 y medio granos que corresponden al menor don Francisco. Segundo, los géneros expresados serán de los que haya en la tienda de don Francisco Lerdo de Tejada, y si esto no pudiese completar el surtido que pida el curador, se sacará el resto de la tienda de don Antonio José Peredo. Entre otros artículos que se mencionan.
Sem títuloDon Guillermo de Espino, vecino y del comercio de esta villa, labrador en su cantón, natural de San Luis Huamantla, hijo de don Jerónimo de Espino y de doña Isabel Josefa Apresa, difuntos. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Es su voluntad que, del quinto de sus bienes, se entreguen legado 500 pesos en reales efectivos, a su hermana doña María Isabel de Espino. Declara fue casado con doña María Josefa Soria, que no llevó nada ni antes ni después del matrimonio, y él tendría una cortedad, de cuyo matrimonio quedaron tres hijos. Expone que hace once años pasó a segundas nupcias con doña María Francisca Peredo, quién trajo a ésta alianza 170 pesos, a la que él ofreció de su peculio 1 000 pesos en clase de dote. Declara que dos casas contiguas, que posee en el pueblo de Coatepec frente al curato, que compró en almoneda pública, pertenecen a sus tres hijos del primer matrimonio: José María, Francisco Ciriaco y María Manuela de Espino y Soria. Adquiridas con dinero, que después del fallecimiento de su madre, él tuvo en su poder, por bienes de su difunto padre, él tuvo en su poder por bienes de su difunto padre, a las que él hizo reparos y mejoras, que ascenderán sobre un poco más o menos a 1 310 pesos, como consta en su libro y de los que se reembolsó 500 pesos, lo que arreglaran sus albaceas, con la condición, de lo que resulte les hace legado, donación o mejora del tercio de sus bienes a sus tres hijos. Declara que cuando pasó a segundas nupcias tenía de capital 7 000 pesos, según el inventario que hizo con este fin, de cuya segunda alianza tuvo a sus hijos Francisco Mariano y Guadalupe Braulia de Espino y Peredo. Declara que su esposa tenía una vaca que le ha reproducido hasta 10 cabezas, de las que es voluntad, que este aumento quede a beneficio de ella; así como el deducible quinto de sus bienes. Señala que su hijo José María, tiene 23 cabezas de ganado vacuno y cuatro caballos, y él sólo tiene mulas, lo señala para que sus bienes ni se inventaren ni se lleven a la masa de los suyos, ya que su hijo los adquirió con el sueldo que disfruta en la hacienda de la Orduña. Declara que el día 10 del presente, compró su esposa a doña María Luisa de Castro y de Guevara una casa en esta villa, haciendo esquina a las calles de San Francisco y del Ganado, en 3 000 pesos al contado y mitad de alcabala con dinero de la pertenencia de él, cuya finca es su voluntad la disfrute su citada esposa a la que le hace legado deducible del quinto de los bienes de él. Por bienes suyos declara: tres casas, una ubicada en la calle de los Ingenios, otra en la calle de San Cristóbal y la tercera, en la calle de San Francisco, que es la misma que se menciona en la cláusula anterior. Una tienda mestiza en la hacienda de la Orduña, otra en la calle Principal de esta villa; con otra contigua de ropa, que desde 1819 tiene en compañía de su hermano político don Antonio José Peredo, con el principal y condiciones que constan en papel firmado por ambos. También reconoce por suyas, unas mulas aparejadas que tiene en la Orduña, tres o cuatro solares eriazos en el pueblo de Coatepec, con ropa de su uso y ajuar de casa y lo demás que contará a sus albaceas. Cumplidas todas las mandas, que carga a su quinto y las deducciones y el tercio que sufra el tercio de sus bienes, de lo que sobrare lo destina en favor de su hija doña María Manuela de Espino y Soria. Nombra por sus albaceas a doña María Francisca Peredo, su esposa, a su hermano el Presbítero don José Vicente de Espino, y a su hermano político don Antonio José Peredo. Nombra por herederos a sus cinco hijos. Nombra por tutor de los hijos de su primer matrimonio a su hermano el Presbítero don José Vicente de Espino y a los del segundo a su hermano político don Antonio José Peredo.
Sem títuloDon Guillermo de Espino, vecino y del comercio de esta villa, labrador en su cantón, natural de San Luis Huamantla, hijo de don Jerónimo de Espino y de doña Isabel Josefa Apresa, difuntos. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda se entreguen 500 pesos a su hermana doña María Isabel de Espino. Declara fue casado con doña María Josefa Soria, quien no trajo nada a su poder y él tendría alguna cortedad, de cuyo matrimonio le quedaron tres hijos José María, Francisco Ciriaco y María Manuela de Espino y Soria. Señala que hace once años pasó a segundo matrimonio con doña María Francisca Peredo, quien llevó a esta alianza 170 pesos en dote. Por bienes declara, dos casas contiguas que posee en el pueblo de Coatepec, frente al curato y misma que compró en almoneda pública y con dinero que pasó a su poder por fallecimiento de su primera esposa. Menciona que cuando se casó por segunda vez él tenía 7 000 pesos y de este matrimonio procrearon a Francisco Mariano y Guadalupe Braulia de Espino y Peredo. Declara que el día 10 de septiembre actual, su esposa compró a doña María Luisa de Castro y de Guevara una casa en esta villa, que hace esquina a las calles de San Francisco y del Ganado, en 3 000 pesos al contado y mitad de alcabala y escritura con dinero de la pertenencia de él, cuya finca es su voluntad la disfrute su citada esposa. Por más bienes suyos declara: tres casas, una ubicada en la calle de los Ingenios, otra en la calle de San Cristóbal, y la otra en la calle de San Francisco. Una tienda mestiza en la hacienda de la Orduña, otra en la calle Principal de esta villa, con otra de ropa contigua que desde 1819 tiene en compañía de su hermano político don Antonio José Peredo con el principal y condiciones que constan en papel firmado. También reconoce por suyas, unas mulas aparejadas que tiene en la Orduña, tres o cuatro solares eriazos en el pueblo de Coatepec, con ropa de su uso y ajuar de casa y lo demás que constará por sus albaceas. Cumplidas todas las mandas que carga a su quinto y las deducciones, y el tercio que sufra el tercio de sus bienes, de lo que sobrare lo destina en favor de su hija doña María Manuela de Espino y Soria. Nombra por sus albaceas a doña María Francisca Peredo, su esposa, a su hermano el presbítero don José Vicente de Espino y a su hermano político don Antonio José Peredo. Nombra por herederos a sus cinco hijos. Nombra por tutor de los hijos de su primer matrimonio, a su hermano el presbítero don José Vicente de Espino y a los del segundo, a su hermano político don Antonio José Peredo.
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