Ante el Capitán don Nicolás Ferrera Figueroa, Justicia Mayor y Capitán a Guerra de esta jurisdicción de Orizaba, parecieron don Juan de Torres, Juan de Morales, Juan Tomás, Juan López, Juan Martín, Gobernador, Alcaldes y Regidores del pueblo de Tomatlán, quienes dijeron mediante Joseph [José] de Isla, intérprete vecino de Orizaba, que el Gobernador, Alcaldes y Regidores que fueron de este pueblo en el año de 1674, por escritura que otorgaron ante el Capitán Juan de Peralta y Mendoza, Alcalde Mayor que fue de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco] como Juez Receptor, convinieron y concertaron en que Juan de la Cruz, indio maestro de albañil, había de hacer la iglesia de este pueblo en el periodo de un año por precio de 100 pesos de oro común que le había de pagar la comunidad de este pueblo, dándole los materiales y peones necesarios para ello. En cuya conformidad se empezó la obra y [roto] por no haberse podido ajustar éstos no se ha acabado la fábrica de dicha iglesia. Por lo cual, los susodichos revocan y cancelan dicha escritura, estando convenidos en que Juan de la Cruz ha de trabajar por su persona en la construcción de la iglesia y acabarla toda de bóveda, con campanario y bautisterio, de hoy día de la fecha en dos años cumplidos. Acordando que el gobernador, alcaldes y regidores le han de dar los materiales y peones necesarios. Asimismo, concertaron un precio de 200 pesos por la manufactura, de los cuales Juan de la Cruz tiene recibidos 130 pesos, y 3 reales cada semana para su comida. Igualmente, los otorgantes acordaron que le han de sembrar, beneficiar y coger una milpa de una cuartilla de maíz a Juan de la Cruz, sin que queden obligados a otra cosa más.
Zonder titelGOBIERNO DE INDIOS
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El Capitán Pedro Gatica, Regidor, Depositario General por Su Majestad, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario de Rodrigo Rangel de Moya, difunto, vecino que fue del pueblo de Orizaba, declara que para cumplir y pagar lo contenido en el testamento es necesario vender los bienes, por tanto otorga que vende al pueblo y comunidad de los indios de Santa Ana Tzatcan [Zacán], jurisdicción de Huatusco, las tierras que en dicho pueblo quedaron por muerte de dicho Rodrigo Rangel, por precio de 460 pesos, de los cuales recibió 50 pesos y el resto se obligan a pagar dentro de tres años.
Zonder titelDon Simón de la Cruz, don Juan Rodrigo, Pedro Miguel, Gaspar Juan, don Juan Lucas, don Juan de Olmos, don Juan Pedro, don Nicolás García, don Bartolomé de Guzmán, Pedro Martín y Pedro Hernández, gobernador, alcaldes, regidor, principales y macehuales del pueblo de San Pedro Ixhuatlán, jurisdicción de San Antonio Huatusco, dijeron mediante Blas Domínguez, español, vecino de esta villa, intérprete de este juzgado, que aceptan la compra que hizo Marcos Blanco, en nombre del pueblo de Ixhuatlán, de un sitio de ganado mayor, seis de menor y 6 caballerías de tierra por precio de 1 500 pesos, que en nombre del Hospital Real de San Pedro de la ciudad de los Ángeles vendió el Licenciado don Andrés Ortiz de Arroyo, Rector de dicho hospital. Por lo cual se obligan a pagar a Marcos Blanco la cantidad 1 000 pesos de oro común, resto de los 1 500 pesos, cantidad que pagarán en cinco años, y a no violar las condiciones que se mencionan en esta escritura.
Zonder titelDon Sebastián de Aranda, Gobernador; Juan Luis y Baltazar Melchor, Alcaldes; Melchor Baltazar y Baltazar Juan, Regidores; Joseph [José] de Santiago, Alguacil Mayor; Juan Francisco, Fiscal de la Iglesia; Domingo de la Cruz y Joseph [José] Lorenzo, Tequitlatos; don Pedro Miguel y Juan Francisco, mandones; todos del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán] de la jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco] y villa de Córdoba; y Lucas Sánchez, vecino de este pueblo, en nombre y como apoderado del Capitán don Juan González de Olmedo, Alguacil Mayor de la Real Hacienda y Caja de la Nueva Veracruz y Guarda Mayor de sus puertos por Su Majestad; dijeron que por cuanto el Capitán don Juan González de Olmedo ha seguido pleito ante la Real Justicia de la villa de Córdoba contra los naturales del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacán], debido a que éstos pretenden tener derecho a unas tierras que tiene y posee dicho capitán en esta jurisdicción, en el paraje nombrado de Tepeyagualco. Sobre lo cual se han seguido diferentes autos y por uno proveído por el Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de dicha jurisdicción, se mandó amparar al Capitán González de Olmedo en la posesión de las tierras que le tocan y pertenecen según los títulos y mercedes que de ellas tiene. Y estando en el sitio nombrado Tepeyagualco [Tepeyahualco] para proceder al amparo de posesión a favor de don Juan González de Olmedo, presentes el gobernador y demás oficiales de república de dicho pueblo, las justicias de partidos y escribano, don Juan González y los naturales se convinieron y concertaron mediante personas celosas de la paz y por excusar pleitos, enemistades y gastos. Por lo cual en vía de transacción y concierto acordaron que el Capitán González de Olmedo les hiciese gracia y donación de una caballería de tierra por lo ancho y por lo que le correspondiera por largo, desde el dicho paraje de Tepeyahualco hasta la sierra de dicho pueblo de Santa Ana [Zacán], corriendo hasta los linderos de dicho pueblo, con lo cual unos y otros se desisten y apartan del pleito para no seguir ni proseguirlo, asimismo, los naturales se ajustaron a las condiciones del convenio mencionadas en esta escritura.
Zonder titelEl Capitán Nicolás Ferrera Figueroa, Escribano del Rey y Público por Su Majestad del partido de Orizaba y jurisdicción de San Antonio Huatusco, dijo que teniendo los naturales del pueblo de Tequila por bienes de su comunidad un censo de 850 pesos de principal sobre el ingenio que llaman de Tilapa, propiedad del Capitán Alonso Rabosso, éste redimió y quitó dicho censo de la propiedad y pagó al gobernador, alcaldes y regidores de Tequila los 850 pesos, los cuales pidieron al otorgante, que en atención a no hallar finca a su satisfacción en que imponerlos, los tuviera él en su poder. Por lo cual se obliga a pagar a la comunidad, gobernador, alcaldes y regidores del pueblo de Tequila, los 850 pesos dentro de ocho años, además de pagar anualmente 42 pesos 4 tomines en reales de réditos, y para mayor seguridad hipoteca una casa que tiene en la plaza del pueblo de Orizaba.
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