Doña Juana [María Sousa] Farfán de los Godos, mujer legítima de Don Antonio de Orduña Loyando, residente en este ingenio, como una de las hijas legítimas del General Fernando de Sosa[Sousa] Suárez y de Doña Juana Farfán de los Godos, su legítima mujer; y asimismo, por la parte de la herencia que le tocare de su hermano el Castellano Don Gutierre Suárez de Sosa, Caballero de la Orden de Santiago, dio su poder cumplido al Capitán Luis de Olivares Grajeda y a Martín Román de Nogales, vecinos de la nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre reciban y cobren de los albaceas, en cuyo poder pararen los bienes que quedaron por fin y muerte de los dichos sus padres y los de su hermano Gutierre Suárez de Sosa,
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El Capitán Andrés Manito, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga poder general a Manuel Francisco de Urquía, vecino de esta villa, para que en su nombre parezca ante el Señor General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente de Capitán General, juez de los autos e inventarios de los bienes que quedaron por fin y muerte del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, y haga las posturas y mejoras a la hacienda de hacer azúcar, nombrada Santa Cruz, que quedó por bienes de dicho difunto.
Sem títuloDon Francisco Pibot y Tapia, como principal deudor, en voz y nombre del General don Sebastián de Plaza y del Capitán don Pedro de Irigoyen, vecinos de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, como sus fiadores; y los Capitanes don Lope Antonio de Iribas, don Manuel Sáenz de Rosas, Caballero de la Orden de Calatrava, Juan de los Santos Cubillos y Juan Álvarez de Rivera, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, también como sus fiadores y principales pagadores; dijeron que por cuanto el veintiocho de junio pasado se le remató a don Francisco Pibot y Tapia la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Cruz de las Palmillas, que quedó por bienes del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, y que poseía don Francisco Javier Cruzado, su hijo, en cantidad de 22 000 pesos, de los cuales 3 300 pesos están cargados sobre dicha hacienda a censo redimible a favor de los Capitanes don Gregorio Martínez de Solís y don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca; y de los 19 000 pesos restantes deberá pagar a los acreedores y reconocer las tutelas de los menores hijos del difunto, habiéndole dado dos años de hueco y uno de paga, y cumplido este plazo 3 000 pesos en cada año. Por lo cual otorgan se constituyen como sus fiadores y principales pagadores de los dichos 19 000 pesos en los tiempos y plazos mencionados, y de no pagar el principal deudor lo harán ellos como sus fiadores.
Sem títuloDoña Bernarda Manuel del Águila y Rojas, mujer legítima del General don Andrés de Pes, Caballero del Orden de Santiago, Capitán General de la Real Armada de Barlovento y Seno Mexicano, residente en esta villa de Córdoba, otorga que vende a don Miguel de Jerez, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, una negra su esclava nombrada Josefa Núñez, criolla de la ciudad de la Habana que será de edad de veintiocho años poco más o menos, que es la misma que hubo y compró de Gaspar Rendón, vecino de esta villa, como apoderado de Felipe Fernández de Omarcos, vecino de la ciudad de la Veracruz, la vende en precio de 350 pesos de oro común en reales.
Sem títuloJuana de Aro y Almazán, viuda de Juan de San Ciprian, vecina de México, otorga poder especial a José de Zaragoza, vecino de la Nueva Veracruz y por su ausencia a Fernando Meléndez de Cancio, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, y por la de ambos al General Francisco de Echebeste, residente en este pueblo, para que reciban y cobren judicialmente a Carlos Salvador de Puertas, residente en la Ciudad de Veracruz y cargador de la flota a cargo de Rodrigo de Torres y Morales, la cantidad de 7, 000 pesos de oro común.
Don José María Rodríguez Roa, actual prefecto de este distrito, dijo que en la ciudad de Nueva Orleans, Estado de Luisiana, el 29 de agosto de 1835 por ante Octavio de Armas, notario público de aquella ciudad, el señor don Luis Seré, como curador de los herederos de don Joaquín de Tajonar, le confirió poder general a la señora doña Manuela Larumbe de Tajonar, residente en esta república, y dicha señora lo sustituyó en el comparente, en la ciudad de Veracruz el 31 de octubre del presente año. Por tanto, otorga que vende, cede y traspasa en favor del excelentísimo señor general de división don Manuel Rincón, comandante general de este departamento, y para su hermano el señor general en brigada don José Antonio Rincón, una casa alta y baja, de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, que era propiedad del finado don Joaquín de Tajonar, situada en esta ciudad, en la calle que llaman de San Francisco, y es la que sale de la plaza Principal para la de Santiago, y se compone de 31 y media varas de frente hacia el sur, dicha calle en medio, y del otro lado la iglesia y convento de San Francisco, y 51 de fondo hacia el norte por donde linda con unas cuchillas de la casa del cura que fue de esta ciudad, don Alonso José Gatica, y la otra casa de la capellanía que pose don Juan Francisco de Bárcena, con cuyo costado linda por el rumbo del poniente, y por el oriente con casa que fue de doña Antonia Olmedo y hoy de don Ignacio Sánchez y con parte del fondo del mismo cura Gatica. Cuya deslindada finca es la misma que hubo y compró Tajonar de don Tomás Murphy, vecino que fue de la capital de México, por escritura otorgada en esta ciudad de Xalapa el 1 de junio de 1818. La vende en la cantidad de 4 400 pesos al contado. Y estando presente el escribano nacional don Ángel Benítez, como poderhabiente del general don Manuel Rincón, otorga que a nombre del expresado general y para su hermano don José Antonio Rincón, acepta la venta de la casa que en ella se relaciona y declara estar en posesión de la finca en los mismos términos que expresa esta escritura.
Sem títuloAnte el Corregidor don Antonio de Monroy Figueroa, compareció Diego de Córdoba, dueño de carros, quien manifestó llevar en ellos, 62 pipas de vino, en virtud de dos certificaciones firmadas por los jueces oficiales reales, don Juan Blázquez Mayoralgo y Roque de Chávez [Osorio], y tomada la razón a las espaldas por el General don Andrés Pérez Franco y Felipe de Estrada en la Nueva Veracruz el 29 de diciembre de 1638, para entregar en la ciudad de México a Sebastián de Castro y a don Teodoro de Fuentes y Tovar, cuya imposición monta 1 550 pesos que quedaron metidos en la Real Caja.
Pedro de Solís y Padilla, Oficial Mayor de este oficio, vecino de esta villa de Córdoba, exhibió un testimonio de una escritura a fin de que se registre en este libro, y en él consta que el Teniente Coronel don Miguel de Sesma y Escudero, Caballero del Orden de Santiago, Capitán Comandante del Cuerpo de Dragones de la plaza de la Nueva ciudad Veracruz, y residente en el pueblo de Orizaba, vendió a don Gabriel de Segura y Ceballos, Alcalde Ordinario de la Nobilísima ciudad de la Puebla de los Ángeles, una hacienda ingenio del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción Tuxpango con todo lo que le pertenece, la cual poseía por suya propia en doctrina del curato de San Xptoval [Cristóbal] del Naranjal, de la jurisdicción de Orizaba, en virtud de remate público que se le celebró de ella, como bienes concursados del General don Domingo Ruiz de Tagle, Marqués que fue de Sierra Nevada; cuya venta de la mencionada hacienda hizo a dicho don Gabriel de Segura y Ceballos por precio de 88 135 pesos 7 tomines; los 135 pesos y 7 tomines que entregó en reales a don Miguel de Sesma, y el resto que condicionó el que habían de quedar impuesto y cargados a censo principal redimible sobre la misma hacienda con sus réditos de 5 por ciento en cada un año. Y estando presente Gabriel de Segura y Ceballos, impuso y cargó a censo principal redimible sobre todos sus bienes y expresadamente sobre la expresada hacienda Tuxpango, y se obligó a pagar la expresada cantidad conforme se le fueron proporcionando su reposición, y en el ínterin los 4 400 pesos de censo tributo y rédito en cada un año, y para mayor seguridad del pago hipotecó una hacienda nombrada San Joaquín que tiene por suya propia en esta jurisdicción. Y estando también presente al tiempo de su otorgamiento don Francisco Antonio Zorrilla, vecino y del comercio de Orizaba, en voz y nombre de doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda de don José de Segura y Ceballos, vecina de esta villa, y en virtud del poder que le otorgó que la instituía fiadora y principal pagadora de dicho don Gabriel Segura y Ceballos, y para seguridad del pago hipotecó dos haciendas que dicha Gertrudis tiene, una de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Candelaria, y la otra de ganado mayor y menor nombrada Acatengo.
Sem títuloEl Licenciado don Juan Moreno Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Ministro del partido de San Lorenzo, doctrina de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Maestre de Campo don Martín de Oyanguren Zavala, General de Galeones y Capitán General de la costa de la América, residente en la Nueva Veracruz, para que parezca ante el Rey Nuestro Señor y en su Real y Supremo Consejo de Indias, y en razón de los servicios que tiene hechos y en los que actualmente está haciendo en esta administración, en remuneración de ellos pida se sirva Su Majestad de honrarle adelantándole en la ocupación que desea en el empleo de la Santa Iglesia Catedral de este obispado de la Puebla de los Ángeles.
Sem títuloDoña Ana Antonia Camino, viuda de don Juan Cordero y residente en este pueblo de Jalapa, junto con don José Camino, Clérigo del Obispado de la Puebla de los Ángeles, albaceas del difunto don Juan Cordero, otorgan poder especial al Capitán don Manuel de Olmedo, vecino de este pueblo de Jalapa, don José de Zaragoza, vecino de la Veracruz, don Juan Pérez Cota, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles y al General don Francisco de Echebeste, vecino de la Ciudad de México, para que comparezcan ante el Rey, Jueces y la Real Audiencia, para que se encarguen de la dicción y repartición de los bienes del difunto Cordero.