El señor capitán don José María Cervantes Ozta, residente en esta suelo, como apoderado de su padre, el general de brigada don José María Cervantes, dijo que éste como dueño de las haciendas de Mahuixtlán y sus anexos, le arrendó a don Francisco Fernández y Agudo dichas haciendas por el término de nueve años que fenecieron el día 11 de marzo último, asimismo, dijo que habiendo entablado contestaciones se ha pactado otro nuevo arrendamiento con don Francisco Fernández bajo las condiciones que se mencionan en esta escritura, entre las cuales destacan: Que el arrendamiento será por tiempo de cinco años prorrogables a voluntad de ambos contratantes, que deberá correr desde el 12 de marzo del presente año. Que pagará 8 000 pesos de renta anual por tercios adelantados que situará en México en moneda de plata fuerte del cuño mexicano. Que siempre que el gobierno o alguna fuerza armada imponga cualquier contribución a la hacienda, la pagará el arrendatario. En el caso de que alguna fuerza armada invadiese las fincas destruyéndolas o quemándolas del todo, justificado el hecho por parte del arrendatario, el locador le rebajará la renta en proporción del deterioro que haya sufrido la finca. Si alguna parte de la hacienda fuera tomada para formar algún pueblo o para algún uso público, se hará la misma rebaja proporcional.
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Ante don Juan de la Lastra Madrazo, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Simón Franco, como mayordomo y administrador de la hacienda de Cuyucuenda, que es del General don Diego [Ortiz de] Largache, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 800 reses, toros, de dicha hacienda, para pasar a los ejidos de la ciudad de la Puebla, México y otras partes que le convenga para su venta.\n
Ante Juan Silvestre Martínez de Montemayor, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Miguel Hernández, como mayordomo y administrador de la hacienda nombrada Cuyucuenda, que es de doña Ana Francisca de Zúñiga y Córdoba, viuda del General don Diego Ortiz de Largache, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 300 reses y toros de dicha hacienda, para entregarlos en este pueblo a Alonso Rincón por cuenta del obligado de la Puebla.\n
Ante Juan Silvestre Martínez de Montemayor, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Miguel Hernández, mayordomo y administrador de la hacienda de vacas nombrada Cuyucuenda, que quedó por bienes de doña Ana Francisca de Suniga [Zúñiga] y Córdoba, viuda que fue del general don Diego Ortiz de Largache, para registrar un partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta 350 reses y toros de dicha hacienda, para poderlos entregar al administrador del abasto de la ciudad de los Ángeles.\n
Don Pedro Velázquez de la Cadena, residente en esta jurisdicción, en nombre de doña Juana Josefa de Orduña Loyando y Sousa, y Luisa, su madre, viuda del General Juan Velázquez de la Cadena, en virtud del poder que le dieron, otorga que ha recibido del General don Pedro Fernández de Santillán, Caballero de la Orden de Santiago, el ingenio del beneficio de hacer azúcar nombrado San Pedro Buenavista y hacienda de ganado mayor nombrado San Diego Espanta Judíos en la Ciudad de la Antigua Veracruz, propias de su partido que tenía en arrendamiento el General don Pedro de Santillán por escritura pública que otorgó el 9 de octubre de 1699 don Juan Velázquez de la Cadena por sí y en virtud del poder de la dicha doña Juana Josefa.
El General Pedro Fernández de Santillán, Caballero de la Orden de Santiago, arrendatario del ingenio de fabricar azúcar nombrado San Pedro Buenavista, cuya propiedad tiene el Capitán Juan Velázquez de la Cadena, vecino de la Ciudad de los Ángeles, y en virtud del poder que le dio para que en su nombre conceda carta de libertad, por la presente liberta a Diego de Sevilla, mulato esclavo de 32 años más o menos, criollo de dicho ingenio, quien paga por su libertad 380 pesos de oro común.
Miguel de la Rosa Ballesteros, Petrona de la Rosa Ballesteros y Ana de la Rosa Ballesteros, vecinos del pueblo de Coatepec, mayores de 25 años, venden al General Pedro Fernández de Santillán, vecino de esta jurisdicción, una esclava mulata nombrada Mariana, de 24 años más o menos que compraron a Miguel Ruiz de Aguilar, vecino de la Ciudad de Puebla de los Ángeles como consta en la escritura, cuya esclava se encuentra libre de censo, empeño e hipoteca, sin asegurarla de tachas, vicios o defectos, en precio de 340 pesos que por su valor ha pagado.
El General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad, Teniente General en ella, Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primer Voto de esta villa, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero de 1717, refrendado por don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Usando de dicha facultad otorgan que dan en arrendamiento al Sargento Manuel González Bautista, vecino de esta villa, caballería y media de tierra y veintidós solares más, cuadrados; que por el oriente linda con el Licenciado don Juan Estévez de Laguarda, por el poniente con la brecha de Acatengo, por el norte con Juan Íñiguez y por el sur con el arroyo de San Francisco Tlacotengo y rancho de Molina; cuyas tierras fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España. Las arriendan por nueve años que empezaron a correr y contarse desde el primero de marzo pasado del presente año, por precio de 20 pesos y medio reales, y se obligan a que será cierto y seguro y no le serán quitadas, pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio.
Sem títuloDon Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente de General en ella, siete esclavos el uno nombrado Felipe Rodríguez, mulato, que será de edad de treinta y cinco años, hijo de Miguel Gómez y de Antonia, negra difunta; Josefa de San Ignacio, su mujer, mulata blanca, de más de cuarenta años; Miguel, su hijo, de edad de diez años; María, su hija, de edad de ocho años; Felipe, su hijo, de edad de tres años; Antonia, mulata enferma, soltera de edad de más de treinta y cinco años; Ignacio, negro, baldado de un pie, de más de treinta años, hijo de Santiago e Isabel, negros de armazón, del servicio de su casa. Los vende por sus esclavos cautivos, sujetos a cautiverio, libre de deuda, empeño e hipoteca sin asegurarlos de tacha, vicio, defecto ni enfermedad al precio siguiente: Felipe en 250 pesos, Josefa de San Ignacio en 200 pesos, Miguel en 100 pesos, María en 150 pesos, Felipe en 50 pesos, Antonia en 200 pesos e Ignacio en 250 pesos, que todo junto importan 1 200 pesos, 600 pesos que tiene recibidos de contado y los otros 600 a cuenta de mayor cantidad [roto] libres de alcabala.
Sem títuloEl Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, en voz y en nombre de don Esteban Moreno del Castillo, vecino de Oaxaca, en virtud del poder que éste tenía otorgado a don Pedro de Chavarría y Orcolaga, el cual se le sustituyó en el otorgante. Otorga que vender a doña Teresa Fernández de Torres y Peña, mujer del General don Francisco Espiguel de Ávila, un negro esclavo nombrado Juan de la Cruz, que será de edad de cuarenta y tres años poco más o menos, y una negra esclava nombrada Teresa María de la Cruz, que será de edad de treinta y ocho años, mujer de dicho negro. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a perpetuo cautiverio y servidumbre, libre de deuda, empeño e hipoteca, sin asegurarla de tacha, vicio, defecto ni enfermedad, al precio de 500 pesos por los dos en reales.
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