GENERALES

Zone des éléments

Référentiel

Code

Note(s) sur la portée et contenu

    Note(s) sur la source

      Note(s) d'affichage

        Termes hiérarchiques

        GENERALES

          Termes équivalents

          GENERALES

            Termes associés

            GENERALES

              161 Description archivistique résultats pour GENERALES

              161 résultats directement liés Exclure les termes spécifiques
              1668, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-00122-EO_0122_0214 · Pièce · 23/06/1685
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Ante don Juan de la Lastra Madrazo, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Simón Franco, mayordomo y administrador de la hacienda de Cuyucuenda, que es del General don Diego [Ortiz de] Largache, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 700 reses, toros, para pasar a la ciudad de los Ángeles, México y otras partes para su venta.\n

              1668, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-00122-EO_0122_0262 · Pièce · 23/12/1689
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Ante don Gerónimo [Jerónimo] de Leza y Mancilla, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Juan Jiménez de Almendral, en nombre de doña Luisa [de Chávez] Galindo, viuda del general don Diego de Estrada [Carvajal], criadora de ganado mayor en la hacienda de vacas nombrada Uluapa, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 683 reses, toros, de dicha hacienda, para pasar a la ciudad de Cholula, donde los lleva para el abasto y carnicerías.\n

              1668, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-00122-EO_0122_0324 · Pièce · 10/01/1698
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Ante don Diego Antonio Madrazo Escalera, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Juan Thomas [Tomás] Pérez, como mayordomo y administrador de la hacienda Cuyucuenda, que es de doña Ana Francisca de [Zúñiga] y Córdoba, viuda del General don Diego [Ortiz] de Largacha, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 308 reses, toros, de dicha hacienda, para pasar a la ciudad de la Puebla, donde los lleva para entregar al obligado del abasto de carnicerías.\n\n

              1668, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-00122-EO_0122_0327 · Pièce · 18/03/1698
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Ante don Manuel Lorente y Rueda, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Juan Thomas [Tomás] Pérez, como mayordomo y administrador de la hacienda Cuyucuenda, que es de doña Ana Francisca de [Zúñiga] y Córdoba, viuda del General don Diego [Ortiz] de Largacha, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 260 reses, toros, de dicha hacienda, para poderlos entregar en esta jurisdicción al obligado del abasto y carnicerías de la ciudad de la Puebla.\n

              1668, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-00122-EO_0122_0360 · Pièce · 02/12/1700
              Fait partie de Archivo Notarial de Orizaba

              Ante Juan Silvestre Martínez de Montemayor, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Miguel Hernández, como mayordomo y administrador de la hacienda de Cuyucuenda, que es de doña Ana Francisca de Suniga [Zúñiga] y Córdoba, viuda del General don Diego Ortiz de Largache, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 800 reses y toros de dicha hacienda, para pasar a la ciudad de los Ángeles o venderlos en este pueblo.\n

              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0096 · Pièce · 1840/07/16
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Mauricio Jones, de esta vecindad y comercio, puso en poder del presente escribano una letra girada por don José Muñoz, de Cáceres, contra el señor general don Francisco de Paula Toro y Espejo, a favor de los señores Sadler y Compañía, del comercio de Londres, la cual se endosó al de los señores Manning Marshall y Compañía, de Veracruz, y éstas al del nominado señor Jones, cuya letra y endoso se citan en esta escritura, cuya original regresa el escribano con su firma al nominado señor Jones. Y a su solicitud pasó a casa del señor General don Francisco de Paula Toro y Espejo, a quien se requirió con dicha letra para su aceptación, y respondió que no puede aceptarla por no tener fondos del librador, ni proporción para satisfacerlos, en cuya virtud el señor Jones otorga que protesta una, dos, tres veces y las más en derecho necesarias, que todos los gastos y menoscabos que por defecto de su aceptación se le siguieses, serán de cuanta y riesgo del deudor, sus endosantes y demás que hubiere lugar, lo cual pide por testimonio.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0109 · Pièce · 1840/08/17
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Mauricio Jones, de esta vecindad y comercio, requirió al señor general don Francisco de Paula Toro y Espejo, para que satisfaga la cantidad de 30 000 reales de vellón, importe de la letra que don José Muñoz, de Cáceres, giró contra dicho señor general a favor de los señores Sadler y Compañía del comercio de Londres, misma que fue presentada en ocho del corriente para su aceptación, con término de ocho días, la cual se trascribe en esta escritura. Y hecho dicho requerimiento de pago al expresado señor general, mediante haberse cumplido ayer el término de la letra, expresó que repite lo mismo que dijo al no aceptarla, que no puede satisfacerla por no tener fondos del librador ni de los hermanos del que contesta y carecer al mismo tiempo de proporción para cubrirla. En tal virtud, el nominado don Juan Mauricio Jones dijo y otorga que protesta una, dos tres veces y las mas en derecho necesarias, que todos los cambios, recambios, encomiendas, costas, gastos, daños, intereses y menoscabos que por defecto de su pagamento se le ocasionen, serán de cuenta y riesgo de dicho señor general, dador y endosantes.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0150 · Pièce · 1840/11/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José de Jesús Díaz; licenciado don Ramón María Terán; don José Manuel de Izaguirre; y don Ángel Benítez, diputados los tres primeros y secretario el último del común de cosecheros de tabaco de este distrito; otorgan poder al excelentísimo señor general don José María Tornel y Mendívil, vecino de México, para que a nombre de dicho común y representando sus propios derechos y acciones, ocurra ante el Congreso Nacional solicitando se decrete que todo tabaco extranjero que se introduzca en la República, así como, el del país que se decomise, sea inutilizado por combustión y no adjudicado a la empresa del ramo como se hace actualmente. Y para que del mismo cuerpo legislativo solicite una declaratoria sobre si el Banco Nacional pudo o no conceder a la referida empresa los privilegios fiscales, y en caso de afirmativa, capte resolución para que no le competan ni deba usar de ellos en los negocios que haga relación con los cosecheros de tabaco, a cuyo fin ocurrirá igualmente al Gobierno Supremo por medio de los ministerios que corresponda, así como, a cualquiera oficinas y autoridades que le sea preciso, practicando cuantas gestiones estime conducentes.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0182 · Pièce · 1831/10/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Ignacio Iberri y Fonseca, General de Brigada y Comandante de Armas del Estado, otorga poder especial al señor Coronel don Luis Ruiz, residente en la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, denuncie en toda forma los impresos injuriosos que han salido a luz pública y en adelante salieren, contra su señoría en cualesquier periódicos denigrando y manchando su honor y universal estimación, procurando se averigüe el responsable o responsables. Para lo antes mencionado, parezca ante los alcaldes constitucionales, audiencias y demás tribunales militares y civiles.

              Sans titre
              Sans titre
              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0040 · Pièce · 1831/02/28
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Fernández y Agudo, y don José Vicente de las Casas, de esta vecindad y comercio, dijeron que el primero ha tomado en arrendamiento la hacienda perteneciente al mayorazgo de la Higuera, que hoy disfruta el señor General don José María Cervantes. Entre dicha finca se comprende la hacienda Mahuixtlán, situada en doctrina de Coatepec de este cantón, para cuyo giro y negociación han pactado ambos comparentes establecer una compañía bajo las bases, cláusulas y condiciones siguientes: 1°, que durante los nueve años que Fernández tenga el arrendamiento, que comenzará desde el 12 de marzo próximo, la ha de girar y administrar Casas, a quien al vencimiento de cinco años se le permitirá elegir si continua o no a los otros cuatro años restantes. En caso de continuar, se entenderá que sigue sujeto a las presentes condiciones que se mencionan en esta. 2°, por dicho giro y administración, Casas, gozará de la tercera parte de utilidades de toda la negociación, las cuales recibirá al finalizar la compañía, siendo por cuenta de la masa los gastos de comida. 3º, la producción de la negociación mensualmente entrará en poder de Fernández, después del pago de raya y demás gastos. 4º, anualmente se realizarán reconocimientos. 5º, Casas, pagará los llenos que se le deban a don Bernabé de Elías Vallejo, con la cantidad de 10 000 pesos, en caso de no reunirlos, podrá tomar de otras personas alguna suma a premio y se pagará por cuenta de la compañía, y se cubrirán los capitales según se convengan con los dueños del dinero, pero de la suma que de lo suyo ponga Casas, será sin premio alguno. 6º, Casas, se podrá reembolsar lo respectivo al dinero de su pertenencia con los productos del negocio, tomando 500 pesos mensuales, comenzando desde noviembre del presente año y 1 000 pesos en mayo del mismo año. 7º, todos los frutos de la finca se venderán en la casa de comercio que tiene Casas en esta ciudad, por vía de comisión con el premio de un 2 y medio por ciento, rindiendo cuenta mensualmente al sujeto que se haga cargo de la comisión. 8º, aunque Casas tenga la dirección de la finca, no se dejará de dar todas las cuentas de ella a Fernández 9º, los contratos y ventas, serán por acuerdo de ambos. 10º, por cuenta de la negociación se contratará a un escribiente. 11º, Casas, llevará una cuenta de manera particular de sus gastos, donde se cargará lo que tomé para deducírsele de sus gananciales al tiempo de la separación. 12º, Casas, procurará no aumenten las deudas de los mozos. 13º, de la ropa de trabajo para los mozos, Casas la pedirá a Fernández por medio de un boleto para cargar su importe a la cuenta corriente que debe llevar con la hacienda, procurando que los efectos sean a precios equitativos. 14º, tanto Casas como Fernández podrán ocupar la litera de la hacienda de uno y otro, cuando la necesiten. 15º, en la hacienda se podrán franquear vivienda por Casas para Fernández y su familia. 16º, Casas, queda sujeto por todo el tiempo que dure la compañía, al cumplimiento de la escritura de arrendamiento que tiene celebrado Fernández con el dueño. 17º, por fallecimiento de Casas, antes del cumplimiento de la compañía, seguirá en su lugar y representación la persona que sus albaceas y Fernández acuerden. Ambas partes se obligan a cumplir lo estipulado en esta escritura.

              Sans titre