El señor alcalde de primera nominación don Bernardo Sayago, don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate, apoderado de la albacea de don José María Suárez, y licenciado don Luis Gonzaga Gago curador de la menor María del Carmen Suárez Due, dijeron que en dicho Juzgado de Primera Nominación se ha seguido expediente promovido por los representantes antes mencionados, sobre la venta de 130 cabezas de ganado vacuno perteneciente a la testamentaria, misma que se licitó y se celebró almoneda el día 11 de septiembre, en cuyo acto se le remató el ganado a don Francisco Ladrón de Guevara. Cuyo remate fue aprobado por auto el día 19 del corriente. Por lo que, a través de la presente, los comparentes, ratifican la venta judicial que hicieron a don Francisco Ladrón de Guevara, de las 130 cabezas de ganado, 40 de ellas de un año a dos, y los 90 restantes de dos años para arriba, al precio de 935 pesos.
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Don Juan José Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec y presente en este suelo, dijo que le ha comprado a don Pedro Paredes y Serna, dueño de la hacienda de Santa Rosa, con intervención de su administrador don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, veinticinco novillos al precio de 24 pesos cada uno, cuyo importe ha de satisfacer en moneda de plata u oro, al vencimiento del plazo de tres meses, contados desde el día primero de diciembre del próximo entrante. Por lo antes mencionado, el comparente se obliga de pagar al señor Paredes, la cantidad de 600 pesos en el plazo de tres meses, contados desde el primero de diciembre del próximo entrante. Para caución y seguro del capital, hipoteca una casa que disfruta por suya, ubicada en el referido pueblo de Coatepec a la calle principal, con la cual hace su frente al norte, lindando por oriente con casa que fue de don Antonio Matías Rebolledo, por sur con casa y solar que fue de la difunta doña Josefa Maldonado, y por poniente con la calle que nombran de Cantarranas. El comparente señala, que la referida finca reconoce 1 000 pesos en favor de don José María Contreras, por escritura de 10 de noviembre de 1834, ante el presente escribano, por lo que queda en segundo lugar el gravamen que ahora le carga.
UntitledAntón [Antonio] de Leiva, vecino de Zongolica, otorga poder a Francisco Men [roto], vecino y Regidor de la ciudad de los Ángeles, para que requiera al Canónigo Pedro García y a Teresa Mina, su madre, y a los demás herederos de Juan García Romero a recibir el ganado vacuno que él y los demás herederos están obligados a entregarles.\n\n
Juan de Leiva, vecino de la ciudad de Tepeaca, vende al Padre Luis de Oliveros, beneficiado del partido de Zongolica, 2 sitios y medio de estancias de ganado mayor en términos del pueblo de Cuautla, asimismo le vende 800 vacas de un año arriba más 30 yeguas, por precio y contía [sic] de 2 725 pesos de oro común.\n
Don Manuel de Santa María, vecino de su hacienda Maxtatlán y presente en este suelo, otorga que debe y se obliga a pagar a don Pedro Paredes y Serna, vecino de la hacienda Santa Rosa, la cantidad de 16 651 pesos valor de ganado vacuno y mular que le tiene franqueado, cuyo monto se obliga a pagar en el término de siete años, comenzando a contarse en primero de enero de 1841, habiéndose de exhibir dicha cantidad en plazos anuales de 2 500 pesos cada uno de los seis primeros años y en el último el resto. Cuya deuda ha contraído el otorgante con el fin de redimir todos los capitales que reconoce sobre su hacienda y tierras anexas nombradas la Mesa de Maxtatlán.
UntitledEl Capitán [Juan] Flores, [roto] de la hacienda de ganado [mayor] que llaman de [roto], se [obliga] de pagar al [Regidor Antonio] de Brito, vecino de esta villa, cincuenta novillos puestos en el ejido de esta villa, para julio del año que viene de 1647, o antes si llegare la partida de la hacienda que tiene arrendada en tierra caliente de Alvarado; los cuales dichos novillos da y paga por otros tantos que don Alonso Galván debe al Regidor Antonio de Brito [lomelín], por una cédula que tiene de Marcos [de] Villalobos, porque le tenía puesta una demanda, por lo que dicha cédula queda en manos del regidor hasta que esta escritura sea pagada.
UntitledJuan de Zaabedra Balensuela [Saavedra Valenzuela], residente en esta villa, vecino de la ciudad de México, en voz y en nombre del Capitán Andrés Fuertes, vecino de la ciudad de México, obligado del abasto de carnicerías de toro y novillo de dicha ciudad; dijo que en virtud de Real Provisión se le mandaron entregar a su parte los ganados que sacare de su hacienda este presente año Joseph [José] de Villaseca, vecino de Tesichuacan [Tesechoacán], la cual presentó en esta villa el día 31 de julio próximo pasado ante el Capitán Francisco de Barrios, Alcalde Ordinario, quien en su cumplimiento mandó se le notificase al dicho Joseph [José] de Villaseca entregue el ganado. Por lo cual otorga que ha recibido de Villaseca 1 547 toros, de lo cual entrega recibo en forma.
UntitledPedro Pérez Padrón, vecino del pueblo de Acayuca [Acayucan], dueño de hacienda de ganado mayor en su jurisdicción, otorga poder a Salvador Pérez Padrón, su hermano, residente en esta villa, para que en su nombre y representación pida, demande, reciba y cobre de todas y cualesquier personas, albaceas, herederos, cajas reales, bienes de difuntos y de quien con derecho deba todas las cantidades de pesos, joyas, esclavos, mercaderías y otros géneros. También le da este poder para que busque hasta la cantidad de 2 000 pesos en reales, y que lo obligue a pagar como principal o como su fiador. Y en atención a que a su hermano Salvador le pertenece una parte en la hacienda de ganado mayor de la que él posee, nombrada Solquautla [Solcuautla], ubicada en jurisdicción del pueblo de Acayuca [Acayucan], la cual hubo y compró de don Juan Téllez Nieto, quien a su vez la compró con cargo de censo a favor del Capitán Francisco de Estrada, pero por no habérselo hecho saber anticipadamente, quedaron todos los bienes de dicho Téllez obligados al principal y rédito de dicho censo que está situado sobre dicha parte de la hacienda; por lo que también da poder a su hermano para que libere los bienes de Téllez y que el censo quede cargado como lo está sobre dicha hacienda, pero que el otorgante quede obligado con sus personas y bienes a favor de dicho Francisco de Estrada. Por último, le da este poder a su hermano para que en su nombre haga donación de la cantidad de pesos en reales y otras cualesquiera géneros y efectos que le pertenecieren en la isla de la Palma una de las Canarias, de donde es natural, por la muerte de Salvador Pérez Andrade, vecino que fue de dicha isla, dicha donación la hará a favor de María Pérez [Padrón], su hermana. De todo lo referido entregue recibos en forma, por lo que le da éste con libre y general administración.
UntitledSalvador Pérez Padrón, residente en esta villa, vecino del pueblo de Acayuca [Acayucan], dueño de hacienda de ganado mayor en su jurisdicción, dijo que por cuanto tiene ganado en términos de la jurisdicción de Oaxaca, y el diezmo que paga de dicho ganado de inmemorial tiempo a esta parte se ha pagado en reales, y ahora se intenta el que lo pague en ganados y porque de ellos se les sigue perjuicio. Por tanto, otorga poder especial al Capitán Mathias [Matías] Fernández de Venavente [Benavente] y Aragón, dueño de hacienda de ganado mayor, vecino de dicho pueblo de Acayuca [Acayucan], para que en su nombre y representación ajuste con el Licenciado Antonio Ramírez de Aguilar, a cuyo cargo está la cobranza de dichos diezmos [roto] que se le pague la cantidad del monto de ellos en reales, en cuya razón haga los pedimentos, requerimientos, protestas y todo los de demás que convenga.
UntitledFelipe Juárez [Suárez], residente en esta villa, mayordomo de la hacienda de ganado mayor de don Gaspar Miguel de Rivadeneyra [Rivadeneira], como principal; y Antonio de Herrera Almazán, vecino de la provincia de Tepeaca y dueño de la hacienda de labor y ganado menor nombrada Jalapasca [Jalapasco] en dicha provincia y residente en esta villa, como su fiador y principal pagador; ambos se obligan a pagar a Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa y Alguacil Mayor y Regidor [perpetuo] en ella, la cantidad de 700 pesos.
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