FUGITIVOS

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        FUGITIVOS

          Términos equivalentes

          FUGITIVOS

            Términos asociados

            FUGITIVOS

              64 Descripción archivística resultados para FUGITIVOS

              64 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0019 · Unidad documental simple · 1697/03/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] Franco de Algarín [roto] otorga poder a Nicolás Hernández para que en su nombre [cobre] [roto] de Pedro Nolasco, de nación Lobo, [roto] le prestó en reales para que se los sirviese, el cual en el corto tiempo que le asistió desquitó 28 reales, de manera que la referida cantidad le debe líquida, porque luego se huyó y fue a la ciudad de la Nueva Veracruz donde al presente se halla. Y cobrados los 18 pesos y 3 tomines le dé carta de pago.

              NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0092 · Unidad documental simple · 1700/10/22
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que en virtud del poder para testar que otorgó doña Juliana de Contreras y Cid, su legítima mujer, con fecha en esta villa a 10 de mayo de 1694, en el cual fue nombrado por su albacea y como tal otorgó testamento de su mujer el 4 de octubre de este presente año en esta villa. Y cumpliendo con el dicho cargo de albacea, por la presente hace inventario de los bienes que dejó su difunta esposa, entre los cuales destacan: Una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción [Palmillas], en esta jurisdicción, distante a esta villa como cuatro leguas, compuesta de casa, cañas, calderas, resfriaderas, bombas, espumaderas, repartidera, todos sus aperos y demás que se detalla. Asimismo, bienes de menaje y vestir; quince piezas de esclavos y una cría de seis meses, y otro que anda huido; ocho esclavas, seis negras y dos mulatas; veintiuna mulas de tiro, catorce de carga, tres mulas de silla y tres yeguas. En cuanto a tierras destacan, 12 caballerías de tierra y varias suertes de caña de diferentes edades, nombradas la Concepción, Nuestra Señora de Angustias, San José, San Antonio, San Salvador, San Francisco, San Juan, la Ascensión, las Ánimas, San Lorenzo, San Miguel, San Juan Bautista, el Espíritu Santo, la Virgen de la Bella, Jesús Nazareno y Señor San Joaquín. En esta villa poseía por bienes dos solares, menaje de casa y vestido, alhajas; 200 pesos en géneros de una tienda; y una casa de cal y canto. Y del valor de dichos bienes se ha de rebajar 1 000 pesos que están impuestos a censo redimible sobre la dicha hacienda de trapiche, así como, 3 060 que se obligó a pagar del procedido de esclavos que compró para en el servicio de dicha hacienda.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0035 · Unidad documental simple · 1717/06/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Caballos Corazas Españolas don Fernando Antonio Noroña, del Orden de Santiago, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y por poder que tiene le otorgó doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, residente en el pueblo de Orisaba [Orizaba], albacea testamentaria y tenedora de bienes del Provincial don Francisco Cruzado; don Francisco Pibot y Tapia, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, en voz y en nombre de don Juan Hurtado de Mendoza; don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, hijos y herederos de dicho provincial; y el Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, administrador del trapiche de hacer azúcar que quedó por bienes de dicho provincial, tutor y curador que fue de los herederos, cuyo cargo renunció; dijeron que el Bachiller don Pedro de Montenegro ha sido administrador de la hacienda y tutor de los herederos por dos años, cargo que le fue discernido por la Real Justicia de esta villa, y durante ese tiempo pagó parte de algunos créditos que le fueron encargados por don Juan Hurtado, tutor que fue de los herederos, según consta en escritura de 10 de octubre de 1714. Actualmente los menores se hallan capaces para administrar sus bienes y la parte que le corresponde a doña María Hurtado, por lo que han solicitado se les entregue la hacienda con todo lo que le pertenece. Solicitud que les fue aceptada, por lo que don Fernando Antonio Noroña, don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, dijeron que recibirán la hacienda con las calidades y condiciones que se refiere en una memoria simple en que se han ajustado y convenido con don Pedro de Montenegro, en la cual se han deliberado y convenido en esta escritura de transacción, concierto y obligación con las cláusulas y condiciones siguientes: Primeramente, cancelan la citada escritura y se obligan a liberar al Bachiller don Pedro de Montenegro de débitos y de no lastar [roto] alguno a él y a sus herederos, y se obligan a que dentro de cuatro meses se ajustarán con los acreedores del Provincial don Francisco Cruzado y pagarán los diezmos que se debieren hasta el día de hoy, como los demás débitos que contienen las memorias que les entregó el Bachiller Montenegro, de manera que el susodicho ni sus herederos lasten cosa alguna por razón del tiempo que administró la hacienda. También, se obligan a pagar 470 pesos al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, procedidos del valor de un forlón y seis mulas de tiro. Asimismo, es condición que recibirán la hacienda en el estado que se encuentra con sus mejoras o pérdidas que tuviere sin que de sus frutos y gastos halla de dar cuenta ni quedar obligado a darla ahora ni en ningún tiempo respecto a ser notorio ha gastado Montenegro su caudal y trabajo personal en su reparo y fomento y estar mejorada el casco y aperos de la hacienda, y se dan por entregado de los negros de ella así como de los presentes como de los que están huidos, excepto un negrito nombrado Cristóbal, que anda fugitivo que pertenece al Bachiller Montenegro por haberlo comprado con su propio dinero, además de una mula de su almofrez que aunque está herrada con el hierro de la hacienda [roto] y debe para si como suya propia. Es condición que, por el trabajo, cuidado y fomento que ha tenido en la hacienda el Bachiller Montenegro, le señalan 2 000 pesos por paga y recompensa de su trabajo y se los pagarán en la forma siguiente: 100 pesos en reales y 10 u 11 cargas de azúcar que se sacarán de la hacienda a razón de 13 reales arrobas, treinta toros y novillos, dos mulas de carga aparejados y el resto en cumplimiento a los 2 000 pesos, se obligan juntos de mancomún. Y Fernando Antonio Noroña a nombre propio y en el de los demás pagarán al Bachiller Montenegro y a quien en su poder y causa hubiere por el susodicho 1 400 pesos resto [roto] 2 000 de la fecha de esta escritura dentro de un año [roto] que los 700 pesos de ellos le han de dar dentro de seis meses contados desde el día de la entrega de la hacienda, y lo demás hasta cubrir los 2 000 pesos dentro de los otros seis meses siguientes cumplimiento al año. El Bachiller Montenegro, se dio por entregado del negrito Cristóbal, mula de almofrez, 10 u 11 cargas de azúcar, 30 toros y novillos y dos mulas de carga. Don Fernando Antonio Noroña, don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado se obligan de pagar a todas las personas que se contienen y mencionan en la memoria que les entregó el Bachiller Montenegro, y las que le entregó don Juan Hurtado de Mendoza. Es condición, que el Bachiller Montenegro se obliga a no pedir cosa alguna al albacea ni herederos por razón de administración de la hacienda ni capilla porque dijo estar satisfecho con los 2 000 pesos. Y es condición que Fernando Antonio Noroña, Juan Ignacio y José Prudencio Cruzado no disiparan la hacienda ni sacaran cosa alguna de ella por razón de sus legítimas hasta que estén pagados los débitos, y Noroña se obliga a tener la hacienda reparada de todo lo necesario. Los otorgantes se obligan a cumplir con las calidades y condiciones de esta escritura.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0015 · Unidad documental simple · 1704/03/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de don José Gómez Dávila, su hermano difunto, nombrado por tal en el testamento que otorgó su fecha del veintidós de diciembre de 1702 y de cuyo cargo ha usado; dijo que habrá tiempo de dos años, que huyó de esta villa, un negro esclavo, que quedó de los bienes de dicho difunto, nombrado Antonio, casta rayado, de treinta años poco más o menos, que hubo y compró de Francisco Mellado, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, y ha tenido noticia que dicho negro le han cogido en la jurisdicción de la ciudad de la Veracruz, el cual durante este tiempo había estado oculto con otros negros, quienes le han tenido ocultado maliciosamente en grave daño de su conciencia; por lo que en virtud de su derecho otorga poder al Alférez don Manuel Laso Nacarino, para que representando su persona, solicite y pida ante los señores jueces y justicas de Su Majestad de dicha ciudad que se averigüe donde ha estado y la persona que lo ha tenido, y pida que dichas personas se aprendan y castiguen con las penas que hubiere y se obligue a que paguen sus jornales, costos y gastos que se han hecho y causado, “pues de esta forma servirá de castigo y de escarmiento para los demás”. Asimismo, le da poder para que en su nombre pueda vender y venda a la persona o personas que le pareciera y por el precio que por bien tuviere el dicho negro expresado.

              FRANCISCO LEANDRO, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0112 · Unidad documental simple · 1705/10/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio de Leiva Esparragosa, Capitán de la Compañía de Milicias Españolas de esta villa de Córdoba, vecino de ella, albacea testamentario, tenedor de bienes y heredero del Regidor don José de Leiva Esparragosa, su padre difunto, dijo que por cuanto por bienes de su padre quedó un negro nombrado Manuel Salvador, criollo de la ciudad de Caracas, de cuarenta y seis años, que es el mismo que hubo y compró de Fernando Mañas y Soto, por escritura que a su favor otorgó el 13 de febrero de 1694; el cual huyó y al presente se halla en la ciudad de Antequera valle de Oaxaca. Por otra parte, dijo que Manuel de Figueroa, Escribano Mayor Público, de Cabildo, Minas y Registros de dicha ciudad de Antequera, tiene en esta villa otro negro nombrado Juan de Castro, su esclavo fugitivo y preso en la cárcel de esta villa; y que por medio de Miguel Antonio Bautista han celebrado contrato de trueque, cambio y permutación con los dichos esclavos. Por tanto, en aquella vía y forma otorga que hace trueque con el citado don Manuel de Figueroa, por el dicho su negro Manuel Salvador con Juan de Castro su esclavo, en 200 pesos.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0018-PC_0018_0008 · Unidad documental simple · 1682/04/29
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Peguero Rengel, residente en esta villa de Córdoba, vende al Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa, los esclavos negros nombrados Sebastián y Juana, su mujer, y sus hijos María, mulata de siete años; Nicolás, de dos años; y Juana, de mes y medio; por precio de 945 pesos de oro común, de los cuales el capitán le tiene pagado 238 pesos y 2 reales, obligándose a pagar el resto a finales del mes de agosto del presente año.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0018-PC_0018_0015 · Unidad documental simple · 1682/06/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Solís, vecino de esta villa de Córdoba y Alguacil Mayor en ella y su jurisdicción y en la de San Antonio Guatuzco [Huatusco], otorga poder general a Gregorio Martínez de Solís, su sobrino, vecino de esta villa, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre cualesquier pesos de oro y plata, joyas, esclavos y otros bienes que le deban y para que venda cualquiera de sus esclavos y esclavas de fiado o de contado. Asimismo, otorga poder especial para pedir en la Real Audiencia y donde le importe lo que le convenga, en orden a la observancia del título y privilegios de su oficio y a la soltura de la prisión en que se halla, por la fuga que de la cárcel de esta villa hicieron cuatro presos el 10 de mayo pasado, los cuales se retrajeron a la iglesia.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0025-PC_0025_0045 · Unidad documental simple · 1690/08/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Notario, vecino de la ciudad de Cádiz y residente en esta villa de Córdoba, en nombre y con poder del Capitán don Diego de Ayala, vecino de Cádiz, vende al Alférez Juan Maldonado, vecino de esta villa, un esclavo mulato nombrado Andrés de Avalo y Ayala, en precio de 150 pesos.

              ANTONIO DE SINTRA, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0021-PX_0021_0164 · Unidad documental simple · 24/10/1736
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción y de Jalacingo, dijo que por haber cogido un esclavo negro, huido a poco más de un año, y habiendo avisado a la Villa de Córdoba para que se solicitase su amo don José de Segura, quien envió a Lorenzo Blanco con un despacho provisional que su alteza se sirve mandar al Alcalde de este partido, para que de su poder a dicho esclavo y lo entregue a don José de Segura.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0011-PX_0011_0251 · Unidad documental simple · 11/09/1670
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Felipa de Arellano, vecina de Jalapa, viuda de segundo matrimonio de Don Francisco de Orduña Guzmán, dijo que estando para irse a vivir con su familia para la ciudad de la Nueva Veracruz, de su casa le ha faltado Antonia de Orduña, su hija, doncella de 16 años, y aunque se ha detenido haciendo diligencias en su busca, no ha podido descubrir la parte donde se oculta, ni quién le sacó de su casa, ocasionándole a exceso tan grave con poco temor de Dios y en menosprecio de la Real Justicia, y para alcanzarla de la persona o personas que hubieren delinquido en semejante delito, o inquietado a su hija. Y respecto de no poder aguardar ni asistir en este pueblo, dio su poder cumplido al Ayudante Martín Ventura de Gorospe, vecino y mercader de Jalapa, para que haga y siga la querella y pleito, en la forma que más convenga. Y generalmente, para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales que al presente tiene o adelante tuviere.