El Capitán don Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa de Córdoba y Alcalde Ordinario de ella y su jurisdicción por Su Majestad, otorga poder a Juan García del Castillo, vecino de la ciudad de los Ángeles y residente en esta villa, para que en su nombre rija, gobierne y administre la hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel Asesenatl [Azezenatl], que tiene y posee el otorgante en la jurisdicción de esta villa, por tiempo de ocho años, durante el cual podrá obligarse por la cantidad de 3 000 pesos a dicta y crédito del otorgante para el avío de dicha hacienda [roto]. Y de la misma manera, pueda recuperar cualesquier esclavos de los que huyeron de dicha hacienda; también, cualesquier ganados y bestias mulares y caballares de las que han hurtado y tienen el hierro con que acostumbra marcar en dicha hacienda. Asimismo, para que busque encomendero que venda y administre los azúcares de la hacienda. Para que pueda acomodar y despedir sirvientes para el bien de la hacienda. Y en caso de que algún esclavo no sea de utilidad y malearen, para evitar mayor daño los venda y compre otros. Para que pueda pagar los réditos corridos de los censos impuestos sobre la hacienda. Y en correspondencia al buen celo que demuestra Juan García del Castillo e inteligencia en haciendas de hacer azúcar, le señala el salario de 1 000 pesos anuales. Y Juan García del Castillo le ha de dar cada año al otorgante 600 pesos y 6 cargas de azúcar para su congrua sustentación, a razón de 50 pesos y un tercio de dicha azúcar cada mes.
Zonder titelFUGITIVOS
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El Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el año pasado compró un negro nombrado José, casta rayado de veinticinco años de edad, esclavo de Jacinto de Coto, vecino de la Veracruz, que envió a vender a esta dicha villa con Tomás de Contreras, vecino de ella. Y a pocos días, dicho esclavo se le huyó y se fue a la ciudad de Veracruz a la casa de su amo, quien a su vez le avisó que paraba en su poder y que le convenía quedárselo y devolverle la cantidad que por él había pagado. Por tanto, ambas partes convinieron en cancelar la escritura de venta.
Zonder titelDiego Pegueros Rranxel [Peguero Rangel], residente en esta villa de Córdoba, declara que Sebastián y Juana su mujer, y Diego “negros minas”, sus esclavos, se le “huyeron” y fueron aprehendidos por fugitivos en esta jurisdicción y puestos presos en la cárcel pública de esta villa. Y debido a que no se presentó a recuperarlos, el entonces Alcalde Mayor don Lope de Yribas [Iribas] los entregó en depósito al Capitán Nicolás Blanco, para que los tuviere trabajando en su trapiche de hacer azúcar por ciertos salarios, con cargo que debía pagar 70 pesos a dicho alcalde por lo que pagó a los negros de San Lorenzo y al alcaide de la cárcel por la aprensión y sustento de dichos negros. También señala que para recuperar a dichos esclavos y gozar de los sueldos debía tener orden del alcalde mayor o juez competente; razón por la cual pidió a la autoridad la entrega de dichos esclavos y salarios y por auto proveído le fue concedida. En este sentido dicho Capitán Nicolás Blanco y el compareciente ajustaron cuentas de los salarios devengados y de ellos tuvo un alcance en 45 pesos y 3 tomines de oro común, los cuales recibió en reales de contado. Finalmente, dijo que dicho Capitán Nicolás Blanco pretendía entregarle los tres esclavos, junto con una mulatita nombrada María y un negrito nombrado Nicolás hijos de la dicha Juana, pero acordaron en que dichos esclavos queden en poder del Capitán Nicolás Blanco; y para cumplir con el presente acuerdo otorga que deja a Sebastián, Juana y Diego, sus esclavos en poder del dicho Capitán Nicolás Blanco, para que por el tiempo de su voluntad le sirvan en dicho su trapiche en lo que los quiera ocupar dichos dos negros a razón de 4 pesos por cada mes y la dicha negra por 12 reales.
Zonder titelJuan de Rivas, vecino de esta villa, declara que habrá dos días que llegó a su casa un negro que fue esclavo de su padre y al presente está en servicio de doña Clemencia de Rojas, vecina de México, de cuyo servicio se huyó, lo cual manifiesta por esta escritura ante el Alférez Juan García Valero, Alcalde Ordinario, para que lo ponga en depósito o haga lo que más bien visto fuere. En la escritura el negro declara llamarse Antón y que fue esclavo de Juan de Rivas, difunto, asimismo, declara que es verdad que huyó de casa de la susodicha y se vino a esta villa en casa del dicho Juan de Rivas, como a casa de su amo, y por el camino vino diciendo que era suyo y que venía a su casa. Ante lo cual el alcalde ordena que permanezca el esclavo en la casa de Juan de Rivas mientras es avisada doña Clemencia de Rojas.
Zonder titelBlas Domínguez, vecino de esta villa de Córdoba, declara que Pablo de los Reyes fue condenado a venta con prisión en una panadería o trapiche donde sirva por tiempo de dos años en precio de 50 pesos, por querella de Francisco de la Cruz español; debido a lo anterior fue puesto a remate público por la citada cantidad, la cual fue pagada por el presente compareciente para que se le entregara el citado mulato y le sirviera. No obstante el mulato se dio a la fuga y después de varios días lo encontró en el monte de Totutla, debido a ello fue puesto nuevamente en prisión. Y respecto a que no tiene en que ocuparlo acordó con el Alférez Nicolás Rodríguez, vecino de esta villa, en traspasarle el derecho y acciones sobre dicho mulato a cambio de los 50 pesos que pagó. Finalmente para mayor validación del acuerdo, otorga que cede y transfiere al Alférez Nicolás Rodríguez, los derechos y acciones que por dicho remate tiene de Pablo de los Reyes, para que a partir de esta fecha y por tiempo de dos años le sirva en su trapiche.
Zonder titelEl Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, albacea y tenedor de bienes del difunto Alférez Juan Maldonado, su suegro, otorga poder al Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, su hijo, Regidor Perpetuo por Su Majestad en esta villa, para que en nombre y en representación de su persona aprehenda un mulato nombrado Andrés, que quedó dentro de los bienes del difunto, que en términos de su vida lo hubo y compró de don Diego Notario, como apoderado de don Diego de Ayala. Aprehendido que sea dicho mulato, lo pueda vender, trocar o cambiar a la persona que le pareciera, otorgando en razón de venta o cambio la escritura y demás recaudos que fueren necesarios. En caso de contienda de juicio parezca ante cualesquiera señores jueces y justicias de Su Majestad de ambos fueros, haga los autos y demás diligencias, por lo que se le delibera éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Zonder titelDon Fernando Rodríguez Ballón, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Tlaxcala, en voz y en nombre del Capitán don Blas Antonio Tamalet, Condestable del galeón el Santo Cristo de Burgos, San Judas Tadeo y las Benditas Ánimas, en virtud del poder que le fue sustituido por don Bernardo Rezabal, vecino de la ciudad de los Ángeles, su fecha en dicha ciudad a primero de diciembre de 1718; otorga que vende al Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa, un negro esclavo nombrado Gabriel, que será de veintidós años poco más o menos, el mismo que había huido de dicho capitán. Lo vende por libre de deuda, empeño e hipoteca, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio ni enfermedad, en precio de 300 pesos de oro común.
Zonder titelEl Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad de esta villa de Córdoba, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico en ella, Comisario de la Santa Cruzada; y el Capitán don Mateo de Garay, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel Asesenatl [Azezenatl] en esta jurisdicción; dijeron que por cuanto don Francisco Mayorga posee un esclavo mulato nombrado Francisco, de veinte años de edad poco más o menos, que hubo y compró al Alférez Alonso de [Sayas], vecino de la ciudad de los Ángeles; y el Capitán don Mateo de Garay posee un esclavo negro nombrado Nicolás, criollo de su hacienda, de veintidós años de edad, que hubo y compró en la Real Almoneda de la ciudad de México, el cual huyó y tiene noticia de que está preso en la cárcel pública del pueblo de Orizaba, donde lo aprehendieron. Y por cuanto tienen valuados dichos negros, el de Mayorga en 300 pesos y el de Garay en 400 pesos, por la presente hacen trueque y cambio el uno al otro de dichos dos esclavos, asimismo, el Capitán Garay hace gracia y donación al Cura Mayorga de los 100 pesos restantes, para que con ellos pague los gastos causados por la aprehensión de dicho negro.
Zonder titelEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa y dueño hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a don Alonso Gómez del Corro, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre parezca ante el Señor Coronel de Caballería don Nicolás Ventura de Chavarría, Caballero de la Orden de Santiago, Corregidor por Su Majestad de dicha ciudad, Gobernador de sus Armas y Teniente de Capitán General en ella, y se ofrezca a indulto y [composición] que proporcionadamente le pareciere y ajustare con su señoría, por razón de sus negros que sopreso [sic] en el palenque, en el paso de Catalina, el Sargento Mayor de dicha plaza.
Zonder titelDon Fernando Cortés de Monroy, Alcalde Mayor que fue de esta provincia, dio su poder cumplido a Melchor de los Reyes y a Francisco Luis, vecinos de Jalapa, y a cualesquiera de ellos in solidum, generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que puedan recibir y cobrar los maravedís, derechos y acciones, y otros bienes que le fueren debidos, y de lo que recibiere, pueda dar las cartas de pago, finiquito y lasto que convengan; asimismo, para que puedan cobrar y aprehender, un esclavo fugitivo llamado José, herrado en el rostro, y remitirlo a la parte donde el otorgante se hallare.