Tomás Henrier, natural de Vitry el Frances [Vitry-le-François] en el departamento de Marne en Francia, de ejercicio comerciante, de treinta y cinco años de edad, hijo legítimo de Hubert Luis y Henrier y de Magdalena Belbat, y hace cinco años residente en esta ciudad; junto con su legítima mujer, María Felipa Baillon, de treinta y cuatro años, natural y vecina de la misma población, residente en esta ciudad, hija legítima de Esteban Juan Baillon y de María Josefa Cappe; ambos otorgan su testamento, en el cual, declaran no tener hijos. Declaran que Tomás posee en Francia algunos bienes raíces que consisten en casas y tierras. Para cumplir con este testamento se nombran recíprocamente albaceas testamentarios, asimismo, se nombran recíprocamente herederos.
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Don Pedro de Casas, natural de la ciudad de Semper en los reinos de Francia y residente en el pueblo de Jalapa, hijo legítimo de Bernardo de Casas y Raymunda de Larman, difuntos, otorga su testamento donde nombra como albacea testamentario y heredero universal a don Juan Mateo Juille, residente en este pueblo.
Don Juan Ajustrado, hijo de don Juan Ajustrado y de doña Juana Piñones, natural del reino de Francia y de oficio panadero, vecino de la ciudad de Veracruz, otorga su testamento donde estipula que como voluntad testamentaria deja a su esposa María Ángela Domínguez, 400 pesos y en caso de que muera, se convierta en sufragio de su alma; nombra como albacea testamentaria a don Gregorio Ochoa de Amézaga, quien tiene conocimiento de los bienes, deudas y acciones pertenecientes a don Juan Ajustrado.
Don Adrián Fayette, natural del pueblo de Estibaus, obispado de Daggs, en los Reinos de Francia y residente en Jalapa, hijo legítimo de don Hernando Fayette y doña Margarita de Molea, difuntos, otorga su testamento donde nombra como albacea a don Francisco Fayette, su hermano, residente en esta Nueva España; a don Miguel de Miranda, residente en Jalapa, a don Juan Santiago Lobo, quien navega con él para España, a don Juan Ignacio de Vértiz, residente en Pamplona, Reino de Navarra, y como herederos universales a sus hermanos carnales de padre y madre.
Don Adrián Fayette, hijo legítimo de los difuntos Hernando Fayette y de doña Margarita de Molea, natural del Obispado de Daggs de los Reinos de Francia y residente en este pueblo, otorga poder para testar y nombramiento de albaceas a don Francisco Fayette, su hermano y residente en este reino, junto con don Juan Ignacio de Vértiz y don Juan Santiago Lobo, vecinos de España, y como heredero al citado don Francisco Fayette.
Mister Francisco Oliverio Doucet, natural de Truarivier [Trois-Rivières], en el bajo Canadá, hijo legítimo de Juan y de Magdalena de Amino, él difunto y ella vive en el lugar expresado, estando enfermo hizo la declaración siguiente: Que es casado con Luisa Julia Querteoison, residente en París de Francia y no tienen ningún hijo. Que en esta ciudad tiene un baúl con ropa, dos caballos y algunas cuentas pendientes de cantidades que le deben. Que en su casa habitación de Veracruz tiene su librería, muebles y demás cosas. Que tiene cuentas a su favor en la casa de los señores Duport y compañía en Veracruz. Que le son deudores varios como sigue: El cónsul inglés en Veracruz 4 onzas, por curación del vómito del canciller y una onza por curación de la cocinera; los señores Leverger Hermanos cuatro onzas por curación del señor Perret, 4 onzas por Mister Agustín su dependiente, cuatro onzas por Francisco el criado y 4 onzas por el cocinero; y tiene recibido a cuenta 4 onzas del señor Perret; don Modesto Ville, señor Médico, vecino de Veracruz, 30 pesos; Ortega, Cirujano del hospital de San Carlos de Veracruz 3 onzas; don Pedro Cullen, comerciante de Veracruz, 100 pesos; la casa de Perret en Veracruz está encargada de los negocios del señor Bellange, quien falleció en Perote, y por sus honorarios le adeuda 100 pesos; el señor Fulton por compra de muebles de casa que son sobre 300 pesos; el cónsul americano que reside en Veracruz le debe 4 onzas por la curación de una americano que falleció; el señor Francisco Colombet que pasó a México 64 pesos de curación de vómito. Que debe 2 onzas a la casa de Levi y Briavoine; 200 pesos a Adoue Hermanos. Que todo lo que se recoja de su pertenencia se remita a los señores Jewitl [Jewett] y Condo de esta ciudad que lo remitirá al señor Alejandro Bellange socio de la casa Duport Hermanos de Veracruz. Que en su carpeta en Veracruz se encontrará una memoria que tiene formalizada y firmada en cuya disposición declara su última voluntad y la persona que es su albacea, que es don Alejandro Bellange, cuyo nombramiento ratifica.
Sans titreDon Marcos Barrut, natural de la ciudad de Francia y vecino de esta villa, hijo del matrimonio de don Dominico Barrut y doña Juana María Sparrut, ya difuntos y naturales también de dicha ciudad, otorga su testamento en el que declara que es soltero y no tiene heredero forzoso y que sus bienes en la República son 620 pesos que tiene guardados don Francisco Fernández y Agudo, 36 pesos que le debe Fernant Bae, vecino de Boca del Monte adelante de Santa Fe, un baúl con ropa de uso. Asimismo, declara que en su país tiene otros bienes por los cuales nombra por heredera universal de ellos a su tía doña Margarita Morán, residente en Nueva Orleans y a quién también le deja el remanente que quedare de los mismos. Por último, nombra por sus albaceas a don Francisco Fernández y Agudo y Mister Arriet.
Sans titreDon Ambrosio Salomón, natural del valle del Ara, reino de Francia, de estado soltero, mayor de 64 años de edad, hijo legítimo de los difuntos don Hilario Andrés Salomón y doña Luisa Subiran, otorga su testamento donde ordena se satisfagan ciertas cantidades a don Pantaleón de Llesande y, a unos sastres que giran en compañía en México; manifiesta poseer la cantidad de 450 pesos en efectivo en poder de don Mariano Pujol, residente en esta Villa; ordena que de sus bienes se dé a doña María Churruga [Sic], mujer del Armero del Regimiento de Nueva España, la cantidad de 150 pesos por los servicios que le ha hecho y asistido en su enfermedad y se gratifique a los sirvientes que lo asisten, y lo que resultare a su favor se invierta en limosnas entre los pobres; por albaceas nombra a don Mariano Pujol y a don José Ignacio Pavón y Muñoz, a quienes otorga la facultad para que entren en sus bienes, los vendan y rematen en almoneda.