Joseph [José] Segura [y] Cevallos [Ceballos], vecino de esta [villa], otorga poder al [Predicador] Fray Pedro de la Concepción, [Religioso de la Orden de Nuestra] Señora del Carmen, estante en la ciudad de la [roto], y a don Juan de Figueroa, vecino de esta villa, para que en nombre del otorgante comparezcan ante los señores jueces y justicias de dicha ciudad, y presenten la Real Provisión despachada a pedimento de don Joseph [José] Caramur, su fecha en la ciudad de México a 17 de marzo de 1696, y testimonios de auto proveído por Su Alteza a pedimento del otorgante, en que se manda se notifique al Capitán don Antonio Orejón de la Lama no salga de este reino sin arraigarse de fianza, pena de 2 000 pesos y lo demás que expresa, con fecha en la ciudad de México a 23 de junio de 1696. Ante cuyos señores jueces y justicias pidan cumplimiento de dicha fianza.
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El Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Paba, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba y su partido, dijo tiene otorgado poder al padre Fray Joseph [José] Salgado, religioso de la Orden de Santo Domingo para sus pretensiones en la villa de Madrid; mismo que revoca y sustituye en el Doctor Alonso Ramírez de Prado, Prebendado de la Santa Iglesia Metropolitana de México, al Capitán Fausto Echaverri y al Capitán Andrés Padillo, vecinos de la ciudad de Cádiz en los Reinos de Castilla, a cada uno especialmente para que por él parezcan ante el Rey y Supremo Consejo de las Indias y pidan y pupliquen a Su Majestad se sirva en [atención] a sus méritos, presentarlo para una de las dignidades o prebendas que están o estuvieren vacantes en la Santa Iglesia Metropolitana de México o en otra.
Sem títuloEl General don Joseph [José] Maza, residente en esta villa de Córdoba, por cuanto tiene por esclava a María de los Ángeles Ramos, mulata criolla de treinta años de edad, la cual hubo y compró del Padre Predicador General Fray Joseph [José] de Fuentes, Prior que era del convento de Santo Domingo de la villa de Tehuantepec, quien se la vendió como albacea de Ana Ramos, difunta vecina que fue de dicha villa, por la presente ahorra y liberta a dicha esclava para que desde hoy y para toda su vida sea libre y como tal pueda tratarse y disponer de su persona a su voluntad.
Sem títuloJuan Estévez, residente en el pueblo de Orizaba y estante en la villa de Córdoba, otorga poder a Fray Diego Estévez, su hermano, religioso de la orden y hospital de San Juan de Dios, para que haga su testamento de la manera siguiente: Nombra a su hermano Fray Diego Estévez como su albacea testamentario y tenedor de bienes, para que entre en ellos, los venda en almoneda o fuera de ella, para cumplir y pagar su testamento, que además cobre lo que se le debe y pague sus deudas; asimismo, lo nombra su heredero.
Sem títuloEl General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, Teniente de Capitán General y Juez Recaudador de Tributos; el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Francisco de Aguilar, el Capitán de Caballos Corazas Juan Valero Grajeda y don Ignacio de Tembra y Simanes, todos Regidores perpetuos de esta villa, a nombre propio y por los demás capitulares que son y fueren del cabildo por quienes prestan voz, otorgan que sitúan y dotan de 100 pesos de oro común anuales para que se celebre la festividad de San Francisco. Decisión que fue tomada porque el convento de San Antonio se encuentra decaído debido a sus cortedades. Señalan que cada uno de los capitulares dará 10 pesos, tomados de sus salarios que se entregaran tres días antes de la festividad que se deberá hacer en el día de su santo sin conmutarla a otra fecha. Celebradas con sus vísperas, misa y sermón y con asistencia del señor cabildo, la comunidad saldrá a recibirlo a la puerta de su iglesia con el esperge y acompañarlo hasta su asiento, y la aplicación de la misa será por la exaltación de la fe católica y por la monarquía. Estando presente el Padre Predicador Fray Pedro Pérez de la Calle y los Padres Fray Antonio Márquez y Fray Juan de Bárcena, se obligan a hacer lo contenido en esta escritura y celebrarán anualmente las fiestas en el convento del Señor San Francisco por razón de la limosna de su dotación.
Sem títuloEl Reverendo Padre Fray Pedro Pérez de la Calle, Guardián del convento del Señor San Antonio de esta villa de Córdoba; Antonio de Villavicencio, Sotasíndico de dicho convento; y dicho padre guardián en voz y en nombre del Muy Reverendo Padre Predicador Fray Antonio Gamón, Provincial del mencionado convento en la ciudad de México, en virtud de su carta orden, su fecha en la ciudad de México a 4 de marzo de 1718, en que le ordena satisfaga al sayalero, para lo cual, venden a doña Josefa de Pedraza, viuda, vecina de esta villa, a saber un solar eriazo que el convento posee en esta villa y se compone de 50 varas de frente y 50 de fondo; que hace frente, calle en medio, con el mencionado convento de San Antonio; por la otra frente, calle en medio, con casa de los herederos de Antonio Millán Quijada, difunto; por el otro lado con casa de don José de Segura y Ceballos, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad; y por el fondo con [roto] errera. Solar que fue donado al convento [roto] Iribas difunto, y hoy lo venden con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derecho y servidumbre, por libre de deuda, empeño e hipoteca, al precio de 200 pesos de oro común en reales.
Sem títuloEl Muy Reverendo Padre Predicador Fray Miguel Zapata, Religioso Guardián del convento de San Antonio [roto] de Córdoba, [otorga poder] general [roto] al Reverendo Padre Fray José Cortecero, Predicador Conventual del convento de Nuestra Madre Santa Bárbara de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre y el del convento de esta villa de Córdoba, parezca en todos su pleitos, causas y negocios civiles y criminales, movidos o por mover, demandando como defendiendo en cualquier juzgado, audiencia o tribunal de ambos fueros, eclesiásticos y seculares.
Sem títuloEl Coronel don Juan Manuel González de Cosío, vecino de México, otorga poder especial a Fray Juan Gutiérrez, de la Orden de San Agustín, y a don Miguel de Cosío Mier, vecino y natural del Valle Rionansa Montañas de Santander, ambos próximos a realizar viaje a los Reinos de Castilla, para que consigan la información de su genealogía, realizando todos los autos y diligencias que sean necesarias.
Gerónimo [Jerónimo] de Leiva, vecino de esta villa y natural de la villa de Damquexque [Dunkerque] en los estados de Flandes, hijo legítimo de Juan de Leiva, natural que fue de Bergara [Vergara] en el señorío de Biscaia [Vizcaya], y de Elena de Tores [Torres], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que el día de su entierro se le cante una misa de cuerpo presente con diácono y subdiácono. Ítem manda a las mandas forzosas y acostumbradas 2 tomines. Declara que es deudor a distintas personas que parecen en su libro de cuentas que queda entre sus papeles. Declara por sus bienes la casa de su habitación, fundada en un solar que hubo y compró a Margarita Pérez, difunta. Ítem declara también por sus bienes otro solar que se le hizo merced por los señores del Cabildo. Ítem declara por más bienes diez mulas y machos de carga y silla, con que acarrea cal; y un caballo. Ítem declara por dichos sus bienes un negro nombrado Francisco de la Cruz de más de sesenta años; una negra nombrada Cathalina de San Joseph [Catalina de San José] de cincuenta años; un negrito nombrado Juan Miguel de trece años; y otro nombrado Gregorio de la Visitación de once años, nacidos en su casa, hijos de dicha negra. Ítem declara estar casado con Isabel Pérez de Moya, natural del pueblo de Orizaba, durante su matrimonio han procreado por sus hijos a Nicolás de Leiva y Andrés de Leiva, mayores de veinticinco años, dicho Nicolás casado con Nicolasa Malpica; asimismo por sus hijos a Jerónimo de Leiva [roto] religioso, novicio del Orden de Predicadores de la ciudad de los Ángeles, de veinticuatro años; Matías de Leiva, de veintidós años; Bernavela de Leiva, casada con Antonio de Aponte; María Gertrudis de Leiva de dieciséis años; Juan de Leiva de catorce años; y Antonio Ventura de Leiva de diez años. Ítem declara que Andrés de Leiva lo ha cuidado mucho, es su voluntad se le entregue un jacal de herrería con todas sus herramientas. Nombra como albaceas, tenedores de bienes a su mujer Isabel Pérez de Moya y a Andrés de Leiva, y como sus universales herederos instituye a todos sus hijos.
Sem títuloFray Marcos Ramírez de Prado, de la orden de San Francisco de Su Majestad, Obispo dignísimo del Obispado de Chiapas, del Consejo de Su Majestad, ratificó un poder dado a Fray José de Barahona, predicador de la Orden de San Francisco, para que en su nombre tome posesión del Obispado de Chiapas; y ahora le da otro, para que lo gobierne en todo y por todo, sin excepción de ninguna cosa, mientras su Ilustrísima llega.