Cristóbal Figueroa, vecino de Jalapa, se obligó a pagar al Capitán Don José de Ibelli, residente en este pueblo, 250 pesos de oro común por razón de otros tantos que le prestó en reales, para el primer viaje que hagan sus mulas con fletes a la ciudad de México o Puebla, cargadas con fardos, ropa y otros géneros, de los que trajere la flota que se espera en el puerto de San Juan de Ulúa.
FLETES
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Don José de Garro, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, Maestre del navío “Nuestra Señora de Arriarte” alías “La Alimeña,” otorga poder especial a don José de Echea, residente en la Nueva Veracruz, para que cobre de las personas que le deban cualquier cantidad, de los fletes de mercaderías que ha traído a este reino, para ajustar y recibir las cargas que le ofrezcan para conducirla en su navío a los Reinos de Castilla.
Francisco de Pro, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Melchor de los Reyes, dueño de su recua, de la misma vecindad, para que cobre de los jueces oficiales de la Real Hacienda de la ciudad de México los fletes de los azogues entregados en los reales almacenes. Asimismo, pague a Tomás de Soto, dueño de su recua, a Cristóbal Martín Matamoros y a Alonso Delgado las cargas que cada uno han llevado; y él tomara lo correspondiente a las cargas que entregaría.
Juan de la Gala Moreno, vecino de Jalapa, dueño de recua, dio su poder cumplido a Juan infante, vecino de este pueblo, mayordomo de su recua, para que de conformidad con el remate que se le hizo para llevar los reales azogues de Su Magestad de la Veracruz a la ciudad de México, otorgue fletamiento en forma, obligándole en favor de Su Magestad y de sus oficiales reales, de que los llevará en su recua, en los plazos, términos y precios en que le fueron rematados.
Francisco Hernández, arriero, residente de Jalapa, fleta su recua, a Francisco Bazo de Andrada, Alcalde Mayor del citado pueblo, para llevar ropa y otras cosas a las minas de Copalco, en Chiametla.
Antón Martín, vecino de México, dio carta poder a Domingo Hernández, mercader, vecino de México, para que en su nombre pueda cobrar los fletes de dos cuadrillas de carros suyos que van a México.
Simón Córdoba, arriero, se obliga de pagar a Francisco del Moral, vecino de Jalapa, 55 pesos de oro común por el flete de 27 cargas de caja desde Perote a Veracruz.
Carlos de Yarsaval, vecino del pueblo de Quechula y residente en esta villa de Córdoba, se obliga a pagar al Capitán Joseph Gómez Dávila, vecino de esta villa, la cantidad de 466 pesos 6 reales de a 8 reales cada uno de oro común, que irá pagando con los fletes que haga con su atajo de mulas, sacando los azucares que fabrican en el trapiche de dicho capitán y llevándolos a la ciudad de los Ángeles y entregarlos al encomendero, al precio de 4 pesos por el flete de cada carga, y hasta que dicho debito esté satisfecho ha de pagar al encomendero de la ciudad de los Ángeles 20 pesos de oro en cada viaje. También se obliga a tener conservadas y aviadas sus quince mulas de todo lo necesario y sacar dichos azúcares hasta que esté satisfecha la deuda.
Zonder titelDon Miguel Valero de Grageda [Grajeda], vecino de esta villa de Córdoba y Alférez Mayor de ella por Su Majestad, otorga poder a Juan Abad, vecino de esta villa, para que en su nombre cobre de la Real Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y señores jueces oficiales reales de ella, todos y cada uno de los viajes que su cuadrilla de carros haga a la dicha ciudad, cargada con sillares de cantera de la Peñuela, para la obra del recalce de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, cobrando la mitad del precio de los fletes de cada viaje que lleve, quedando la otra mitad en dicha Real Caja para la satisfacción de los 8 000 pesos que se le adelantaron a él y al Capitán Joseph [José] Blanco, su hermano.
Zonder titelAlonso Ruiz, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Tomás de Soto, de la misma vecindad, 224 pesos y 4 tomines de oro común, por otros tantos que por él recibió en la nueva Veracruz, de los fletes de su recua, para fin del mes de octubre de 1618, todos juntos en una paga.