Don José Sanchinel, dueño de una casa de altos en la Calle Real de este pueblo, de cal y piedra, cubierta de madera y tejas, dijo que por fianza que se le ha de dar al Teniente, por 3, 000 pesos, le han solicitado sea fiador de don José de Herrera y Campo, para cubrir la citada cantidad que emite la dirección de lotería de este reino.
FIANZAS
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El Alférez Agustín Velázquez como principal, e Isabel López Ruiz Matamoros, su tía, como fiadora, dijeron que María Rodríguez, viuda que fue de Juan Martín de Abreu, impuso 200 pesos de principal a censo redimible sobre una casa ubicada en la Calle Real a favor del Convento del Señor San Francisco de este pueblo, cuyo principal tiene redimido el Regidor Luis de Monterde y Antillón, de la Orden de Santiago, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, por haber entrado en posesión de la casa y el principal se haya en reales efectivos en poder de Diego de la Torre Arnate, Síndico actual del Convento, con quien tiene ajustado el recibirlos a censo redimible pagando los réditos del 5% en cada año y en su virtud otorgar escritura a favor del Convento. De esta forma, imponen a favor del Convento y en su nombre al Síndico actual, 10 pesos de oro común de censo en cada año que cargan sobre todos sus bienes, especialmente sobre un solar ubicado en este pueblo y una casa de pared con techo de teja que colinda con el aguaje que llaman de Techacapa, por otro lado con solar de Juan Rodríguez, con solar de Juana Agustina, y por otro lado con solar de indios. Asimismo hipotecan lo referido por el que pagarán 5 pesos en julio de este año y los otros 5 al cumplimiento el 14 de febrero del próximo año.
Don Diego Briseño, de esta vecindad, dijo que debe al Real Consulado de la Nueva Veracruz, la cantidad de 25 000 pesos, mismos que se le suministraron cuando se estaba construyendo el nuevo Camino Real, con la fianza de don Pedro del Puerto Vicario de aquel comercio; y como después sobrevino la insurrección en esta provincia, de cuyas resultas, él ha sufrido incalculables quebrantos en sus bienes hasta imposibilitarle la redención de dicho capital, por lo que a través de la presente señala que Vicario cubrirá dicha cantidad, y él, le acudirá a éste con los premios que hoy paga al Consulado hasta tanto que pueda reintegrarle lo que así exhiba, que será en un termino de 6 años, por lo que señala que se obliga a favor de Vicario, cuando sea su acreedor, hipoteca una casa de cal y piedra cubierta de madera, ubicada en esta Villa en la tercera cuadra de la Calle Real.
Don José de Herrera y del Campo, vecino del pueblo de Perote y residente en esta Villa, dijo que por cuanto don José María Quiroz ha salido como su fiador por cantidad de 2 000 pesos, para responder por los fondos y resultas de la Real Lotería y del gran sorteo de Nuestra Señora de Guadalupe que entren en poder del otorgante anualmente como colector que es de ella en esta Villa y su jurisdicción e igualmente del pueblo de Perote, otorga por la presente que debe y se obliga a pagar, al mencionado Quiroz, dicha cantidad de 2 000 pesos en que ha salido por su fiador, cuya cantidad pagará siempre que por algún accidente u otro motivo no esperado de algún descubrimiento en que se halle, se le hagan exhibir la expresada suma en reales de contado, y como seguro de dicho principal hipoteca cuatro casas unidas en la Calle de Belén, haciendo frente hacia el poniente con la Real Aduana de esta Villa, así como una botica ubicada en la Calle Real.
Don José Antonio Pereira de Castro, vecino de esta Villa de Xalapa, dueño de casa y tienda ubicados en la calle Real, otorga que se constituye en fiador y principal pagador de don Bernardo María Sánchez de Ibáñez, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la Doctrina de Santa María Tlacolula de este Obispado de la Puebla, por la cantidad de 550 pesos de importe de la Bula que sacará para la próxima publicación, obligándose a pagar el importe de dichas Bulas en la Tesorería que corresponda, en dinero de contado.
Don Juan García Barrio, vecino de Jalacingo, se obliga a pagar a don Esteban Gutiérrez de Olea, vecino de Veracruz, y a su nombre a don José Antonio de la Pedreguera, de esta vecindad, la cantidad de 261 pesos 4 reales; para seguridad de esta deuda hipoteca una casa y un solar ubicada en la Calle Real del pueblo de Jalacingo, frente a la de su suegra doña Rita Bravo y contigua a la del Capitán don José Martín de Vélez, como consta en escritura que entregará a dicho Pedreguera en 10 o 12 días, quedando por fiador mientras tanto, don Felipe Noceda, vecino de Perote.
Don José de Trapaga, vecino del pueblo de Perote Jurisdicción de Jalacingo, informa que el difunto Andrés de Somoza le quedó debiendo 608 pesos 1 real y para cobrar dicha cantidad otorgó poder a don Bartolomé Pico Palacios, vecino de México, de lo que resultó que el Juez General del Juzgado General de Bienes de Difuntos decretó satisfacerle dicha cantidad con la condición de que si salía un acreedor de mejor derecho tenía que devolver el dinero, saliendo dicho apoderado por su fiador, por lo que el otorgante se obliga a sacar a su fiador a paz y salvo, de tal manera que no gaste de su caudal cosa alguna. Como seguro hipoteca una casa y una tienda mestiza que posee en este pueblo en la Calle Real.
Don Agustín Miguel de Mallol, dueño de una tienda y rancho tabacal, junto con don Juan Vicencio de Flandes, dueño de otro rancho tabacal y de casas de cal y canto en las calles Real del pueblo de Teziutlán, de donde ambos son vecinos, se constituyen en fiadores de don Cleofas Manuel de Benavides Góngora y Marino, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de dicha Provincia de Teziutlán y Atempa, a favor de la Real Hacienda, por la cantidad de 2, 916 pesos, un tomín y 6 granos, que pagará anualmente el dicho Alcalde Mayor; dividiéndose dicha cantidad de la siguiente manera; Agustín se obliga como fiador de los 2, 000 pesos anuales y Juan Vicencio de los 916 pesos 1 tomín y 6 granos, pagos que realizará por sus tercios cumplidos que corresponde en cada uno a 972 pesos y 6 granos.
Doña María Magdalena Méndez, viuda y albacea de don Calixto Mariano Rebolledo, hace cesión a sus cuñados don Mariano, don Francisco y don Antonio Matías Rebolledo, todos vecinos del pueblo de Coatepec, de una casa ubicada en la calle Real de esta Villa de Xalapa, como forma de pago de la cantidad de 1, 232 pesos 6 reales que debía dicho difunto a sus hermanos, debido a que habiendo fallecido intestado don Francisco de la Rosa, se procedió a hacer inventario de sus bienes, los cuales quedaron en poder de su cajero Juan González, quien dio por fiador a dicho Calixto; y debido a que el mencionado cajero hizo fuga quedando en descubierto, se solicito a Calixto Mariano Rebolledo para que pagara tal descubierto, afianzando éste con los mencionados sus hermanos los que pagaron 1, 855 pesos 1 y medio reales, quedando dicho Calixto a deber a sus hermanos 1, 232 pesos 6 reales.