Don Diego Cardeña, Escribano Público del Juzgado de Jalapa, se obliga a no ser fiador, ni abonador de ninguna otra persona que no sean sus hijos o yernos, en cantidad de arriba de 10 pesos en plata, y si lo hiciera por arriba de los 10 pesos, caería en contradicción so pena de 300 pesos en oro común, destinados para la Cofradía de la Señora de esta parroquia.
FIADORES
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Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, dueño de ingenio de hacer azúcar en esta provincia, dio su poder cumplido a Alonso de Neira Claver, para que lo pueda obligar como su fiador hasta en la cantidad de 600 pesos de oro común, a fin de que se le remate el oficio de escribano público en esta provincia de Jalapa.
El Capitán Don Fernando Ruiz de Córdoba y Arellano, residente en esta jurisdicción, salió por fiador de Juan García de Vértiz, en virtud de su nombramiento como Teniente de Alcalde Mayor de la provincia de Jalapa.
Juan de Orduña Castillo, como principal deudor, y el Capitán Francisco García López, su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles, 255 pesos de oro común que montaron los diezmos de ganado vacuno y cría de yeguas de la hacienda nombrada Espanta Judíos, ubicada en la jurisdicción de La Antigua Veracruz, propiedad del capitán don Antonio de Orduña Loyando, correspondiente a los años de 1670, 1671 y 1672, para fin del mes de marzo del presente año. Asimismo, se obligaron a pagar otros 255 pesos de diezmos por los años de 1673, 1674 y 1675, a razón de 95 pesos cada Pascua de Navidad.
El Capitán Francisco García López, vecino de Jalapa, se obligó en favor de las cofradías del Santo Nombre de Jesús, Nuestra Señora de la Concepción y de las Animas del Purgatorio, fundadas en la iglesia parroquial de Jalapa, de tal manera que si durante 6 años, a partir de hoy día de la fecha, jugare a los naipes o hiciere cualesquier fianzas en este pueblo, o fuera de él, incurra en pena de 600 pesos, 200 pesos a cada una de las dichas cofradías.
Domingo de Oliveros, como principal deudor, y el Tesorero Pedro González del Castillo, como su fiador, vecinos de Jalapa, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles, y a los señores hacedores de los diezmos y Mayordomo de la Masa General de ella, 591 pesos y 3 tomines de oro común que montaron y manifestaron deber los dueños y administradores de ingenios de la cordillera de Jalapa, de los diezmos de los azucares y mieles correspondientes al año de 1675, mismos que se vendieron al dicho principal; los cuales darán para el fin del mes de febrero de 1677, en la citada ciudad de Puebla.
Diego Lagunes, como principal deudor, y el Lic. Nicolás Roxer, cura beneficiado por Su Majestad del pueblo y partido de Naolinco, como su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles y a los señores hacedores de los diezmos, 540 peso de oro común que montaron los diezmos de ganado mayor, menor y demás géneros y menudencias de los partidos de Naolinco y Tlacolula, de los años venideros de 1677, 1678 y 1679, a razón de 270 pesos en cada fin de año. Asimismo, se obligaron a pagar otros 405 pesos de oro común que montaron los diezmos del partido de Misantla, correspondientes a los años 1676, 1677 y 1678, a razón de 135 pesos, en el mes de diciembre de 1677, otra cantidad igual en diciembre de 1678, y en diciembre de 1679, lo restante.
Francisco González de Herrera, labrador en el Pago de Nopaluca, provincia de Tepeaca, como principal, y Nicolás Zapata, vecino de dicha provincia, como su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, 771 pesos y 7 tomines de oro común, por otros tantos que valieron y montaron los diezmos de semillas, ganados y lana, del año pasado de 1678, de la hacienda de dicho Francisco González de Herrera, el cual compró al Lic. Juan de Vargas Priego, presbítero, colector de diezmos, para fin del mes de diciembre venidero del presente año.
Don Pedro de Espinosa de los Monteros, vecino de la nueva Veracruz, como principal obligado, y Jacinto Marín, vecino del desierto de Perote, como su fiador, se obligaron a pagar a Su Majestad y en su nombre al Señor Don Fernando Desa, Juez de Tributos y Azogues, 437 pesos y 4 reales de oro común, por otros tantos que valieron y montaron 35 cabezas de ganado de cerda y 63 cargas de trigo pelón, a razón de 8 pesos cabeza y a 2 pesos 4 reales la carga, en un plazo de tres meses, a partir de hoy día de la fecha.
El Capitán Don Antonio de Orduña Loyando, dueño del Ingenio San Pedro Buenavista, dio su poder cumplido a su yerno el Capitán Don Juan Velázquez de la Cadena, Alcalde Mayor de Tehuacán, para que lo pueda obligar como su fiador a pagar a cualquier convento hasta la cantidad de 4500 pesos, a los tiempos y plazos que pusiere.