Don Diego Cardeña, Escribano Público del Juzgado de Jalapa, se obliga a no ser fiador, ni abonador de ninguna otra persona que no sean sus hijos o yernos, en cantidad de arriba de 10 pesos en plata, y si lo hiciera por arriba de los 10 pesos, caería en contradicción so pena de 300 pesos en oro común, destinados para la Cofradía de la Señora de esta parroquia.
FIADORES
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Pedro de la Mota, dueño de su recua, haciendo de deuda ajena suya propia, salió como fiador de Alvaro de León, vecino de Naolinco, a que dará cuenta con pago a Don Diego de Rojas de lo que le entregare, o en su defecto, el otorgante pagará de llano en llano por el dicho Alvaro de León hasta la cantidad de cien pesos.
Antonio de Castro, vecino de Jalapa, salió por fiador de Domingo Gómez, vecino de este pueblo, a quien Don Sebastián de la Peña, Alcalde Mayor de Jalapa y su provincia, le dio vara de Alguacil Ejecutor, por el tiempo que fuere a ejercer dicho cargo.
Don Antonio de Orduña Loyando, residente en su ingenio de esta provincia, salió por fiador de Francisco García, maestro dorador, vecino de la ciudad de Los Ángeles que se concertó con el gobernador y naturales de Coatepec para hacerles un retablo en el altar mayor de su iglesia.
Don Diego de Orduña Loyando, vecino de Los Ángeles, residente en su ingenio nombrado San Pedro Buenavista, y Don Antonio de Orduña Loyando, su hijo, asimismo residente en este ingenio, dijeron que habiéndose rematado en la Real Almoneda de la ciudad de México el oficio de Alguacil Mayor de la provincia de Jalapa, en Don Roque Gutiérrez de Ceballos, por 5 100 pesos pagados en tres años por tercias partes, y aunque en la postura que Don Roque hizo ante el Alcalde Mayor de ella, los otorgantes se obligaron como sus fiadores hasta por 3 100 pesos; atento a lo cual, dieron su poder cumplido a Eugenio Fernández de Ledezma, escribano del derecho de la media anata, y a Pedro de Armendáriz, Procurador del Número de la Real Chancillería de Nueva España, para que en sus nombres ante los señores jueces oficiales de la Real Hacienda, los constituyan como fiadores de Don Roque Gutiérrez de Ceballos, en las cantidades de 2 000 pesos y 1 100 pesos, respectivamente.
Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, dueño de ingenio de hacer azúcar en esta provincia, dio su poder cumplido a Alonso de Neira Claver, para que lo pueda obligar como su fiador hasta en la cantidad de 600 pesos de oro común, a fin de que se le remate el oficio de escribano público en esta provincia de Jalapa.
El Capitán Don Fernando Ruiz de Córdoba y Arellano, residente en esta jurisdicción, salió por fiador de Juan García de Vértiz, en virtud de su nombramiento como Teniente de Alcalde Mayor de la provincia de Jalapa.
Juan de Orduña Castillo, como principal deudor, y el Capitán Francisco García López, su fiador, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles, 255 pesos de oro común que montaron los diezmos de ganado vacuno y cría de yeguas de la hacienda nombrada Espanta Judíos, ubicada en la jurisdicción de La Antigua Veracruz, propiedad del capitán don Antonio de Orduña Loyando, correspondiente a los años de 1670, 1671 y 1672, para fin del mes de marzo del presente año. Asimismo, se obligaron a pagar otros 255 pesos de diezmos por los años de 1673, 1674 y 1675, a razón de 95 pesos cada Pascua de Navidad.
El Capitán Francisco García López, vecino de Jalapa, se obligó en favor de las cofradías del Santo Nombre de Jesús, Nuestra Señora de la Concepción y de las Animas del Purgatorio, fundadas en la iglesia parroquial de Jalapa, de tal manera que si durante 6 años, a partir de hoy día de la fecha, jugare a los naipes o hiciere cualesquier fianzas en este pueblo, o fuera de él, incurra en pena de 600 pesos, 200 pesos a cada una de las dichas cofradías.
Domingo de Oliveros, como principal deudor, y el Tesorero Pedro González del Castillo, como su fiador, vecinos de Jalapa, se obligaron a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles, y a los señores hacedores de los diezmos y Mayordomo de la Masa General de ella, 591 pesos y 3 tomines de oro común que montaron y manifestaron deber los dueños y administradores de ingenios de la cordillera de Jalapa, de los diezmos de los azucares y mieles correspondientes al año de 1675, mismos que se vendieron al dicho principal; los cuales darán para el fin del mes de febrero de 1677, en la citada ciudad de Puebla.