Don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba, y doña Josefa María del Castillo de Altra, su esposa, con licencia del susodicho, ambos en mancomún; dijeron que el Bachiller don José Valero Grajeda, Presbítero de este obispado y vecino de la ciudad de los Ángeles, en nombre de don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa y en el suyo, y el Doctor don José Valero Grajeda, Cura Beneficiado que fue de esta villa, en nombre del Alférez don Miguel Valero Grajeda; y en virtud de sus poderes comparecieron ante los señores inquisidores e impetraron el que de las cajas del Real Fisco se les diesen a sus partes la cantidad de 10 000 pesos sobre las haciendas y trapiches del beneficio de hacer azúcar que tienen en esta jurisdicción, que estaban avaluadas en grandes cantidades y solo con gravamen de 6 000 pesos; de cuya cantidad solicitada los señores inquisidores determinaron dar 14 000 pesos a censo redimible. Por lo cual, don Francisco Pibot y doña Josefa del Castillo, como principales, reconocen sobre la hacienda nombrada San Juan, San Joseph [José] y tierras de Santa Theresa [Teresa], que les vendió don Juan Valero, con todo lo que le pertenece; y sus fiadores don Diego de Altamirano, Juan Álvarez de Rivera y don Amaro José Bocarando sobre sus haciendas y rentas y las de don Hipólito del Castillo de Altra y sobre las casas de cal, canto y arena que tiene los principales en esta villa, la cantidad de 14 000 pesos de principal, reconociendo como dueño de dicha cantidad al Real Fisco del Santo Oficio de la Inquisición de esta Nueva España. Cuya paga harán los principales y por su defecto los fiadores, obligándose a que, dentro de cuatro años, que corren desde el día primero de enero del presente año, han de redimir de principal de 14 000 pesos. Para seguridad de esta paga, los principales y fiadores hacen hipoteca especial de la hacienda nombrada San Juan y San Joseph [hacienda San José y San Juan Bautista] y territorio de Santa Theresa [Teresa] que se les fue vendida por don Juan Valero; la casa de cal y canto de doña Josefa María del Castillo de Altra, que tienen en esta villa de Córdoba; la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Saragosa [Zaragoza] en esta jurisdicción, perteneciente a don Hipólito del Castillo de Altra; y otra perteneciente a don Diego de Altamirano, nombrada Señor San Joseph [José]; y doña Josefa María del Catillo, señala su casa principal, baja, de piedra y madera, en la plaza Pública dicha villa, hipotecadas al principal y réditos, ínterin y hasta tanto que esté cubierto y pagado, no han de poder vender, donar, trocar, cambiar ni en manera alguna enajenar
Sans titreFIANZAS
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El Capitán don Francisco Pibot y Tapia y doña Josefa María del Castillo de Altra, su mujer, con licencia del susodicho, ambos en mancomún, dijeron que hoy día de la fecha otorgaron escritura de reconocimiento de censo a favor del Santo Tribunal de la Inquisición de este reino y de su Real Fisco, de cantidad de 14 000 pesos, 7 000 de ellos a plazos por el tiempo de cuatro años y los otros 7 000 a censo redimible que están impuestos sobre el trapiche de hacer azúcar de San Joseph [hacienda San José y San Juan Bautista] en esta jurisdicción, mismo que hubieron y compraron del Capitán don Juan Valero Grajeda. Trapiche que junto con el de don Hipólito del Castillo de Altra y el de don Diego de Altamirano, en esta jurisdicción, hicieron hipoteca especial a favor del Real Fisco y dieron por sus fiadores a los Capitanes Juan Álvarez de Rivera y Juan de los Santos Cubillos, y habiendo fallecido este último, los señores inquisidores mandaron a subrogar otro en su lugar, por lo que nombraron al Capitán don Amaro José Bocarando, vecino del pueblo de Orizaba. Por lo que, reduciendo a escritura, por la presente otorgan que si por razón de dicha fianza en algún tiempo el Capitán don Amaro José Bocarando pague o laste, ha de ser visto por el mismo haberle otorgado escritura de venta de una casa de cal y canto que tienen los otorgantes en esta villa, en la plaza Pública, la cual doña Josefa llevó de dote; y es voluntad de ambos, que en caso referido la halla y la tenga por suya o por los avalúos o vendiéndola en pública almoneda y si sucediere ser más cantidad la que lastare, en este caso obligan para su paga todos los bienes que posean al tiempo de ella y de no llegar a la cantidad de su valor pueda como dicho es, venderla o dejarla a censo redimible sobre ella o como mejor le pareciere, todo diferido lo que así pagare o lastare en el testimonio de lasto, su juramento y esta escritura, sin otra prueba de que le relevan.
Sans titreJuan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción, alias Acatengo, como principal; y los Capitanes don Lope Antonio de Iribas y don Antonio de Leiva Esparragosa, don Nicolás Rodríguez Dávila y el Alférez don José Gómez Dávila, vecinos de esta villa y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, como sus fiadores y principales pagadores que se constituyen del dicho Juan de los Santos Cubillos; otorgan que deben y se obligan a pagar a doña Inés María de Serrano y Perea, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec] de esta jurisdicción, viuda del Pagador don Juan de Buendía, a saber 3 800 pesos de oro común en reales, los mismos que por hacerle bien y buena obra le ha prestado a Cubillos, cuya cantidad es la misma que le cupo a la susodicha y a sus hijos menores en hijuela de partición de los bienes del difunto; dicha cantidad se la pagaran en el plazo de dos años a partir del 29 de diciembre de 1711, con sus réditos del 5 por ciento anual, y para seguro de pago hipotecan sus haciendas nombradas: Nuestra Señora de la Limpia Concepción, alias Acatengo; San José; Santa Cruz; San Juan Bautista y San José.
Sans titreDon Francisco Pibot y Tapia y doña Josefa María del Castillo de Altra, marido y mujer, como principales; don Diego de Altamirano, Juan Álvarez de Rivera, Juan de los Santos Cubillos y el dicho Francisco Pibot y Tapia, en nombre de don Hipólito del Castillo de Altra, su suegro, vecino de la ciudad de Tehuacán, en virtud de su poder, como fiadores; se obligan de pagar a los señores inquisidores del Santo Oficio de la Inquisición de esta reino y a quien en su derecho representare, a saber 14 000 pesos de oro común en reales, 7 000 de ellos estaban sobre la hacienda de trapiche de la hacienda de azúcar que quedó por bienes del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, y los otros 7 000 pesos que tenía sobre su hacienda el Regidor don Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa, que se mandan a entregar a don Francisco Pibot en el valor de la hacienda nombrada San Juan y San Joseph [hacienda San José y San Juan Bautista] y territorio de Santa Theresa [Teresa], pertenecientes al Regidor don Juan Valero, en virtud de despacho de los señores inquisidores. De los 14 000 pesos, los principales se dieron por recibidos y junto con los fiadores se obligan de pagar en la forma siguiente: 7 000 pesos dentro de cuatro años que corren desde el primero de enero del presente año, pagando 3 500 pesos a finales del tercer año y los otros 3 500 pesos a fin del cuarto año con sus costas de cobranza; y los otros 7 000 pesos que los principales tendrán a censo redimible sobre sus bienes, especial y señaladamente sobre la hacienda nombrada San Juan y San Joseph [hacienda San José y San Juan Bautista] y tierras de Santa Theresa [Teresa], que con licencia de los señores inquisidores les ha de vender el Regidor don Juan Valero a razón de 5 por ciento anuales de réditos, ínterin que no se rediman pena de costas y cobranza por lo que el principal y fiadores obligan sus personas y bienes habidos y por haber. Dichos principales obligan sus haciendas de beneficio de hacer azúcar, la de su suegro nombrada Nuestras Señora del Pilar de Saragosa [Zaragoza], y la de don Diego de Altamirano nombrada Señor San Joseph [José], y la de don Francisco Pibot nombrada San Joseph [José] y San Juan y tierras de Santa Theresa [Teresa], con todo lo que le pertenece, y doña Josefa del Castillo hipotecó su casa principal.
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