Don Andrés Rodríguez Rojo, vecino de Jalapa, dueño de rancho y casa en él, otorga poder especial a don Juan Sánchez Casahonda, Agente de Negocios de la Real Audiencia de México, para que lo obligue por 2, 000 pesos a favor de la Real Hacienda como fiador de don Pedro Gorrindo Palomino, provisto Alcalde Mayor de la Provincia de Jalapa y su agregada Jalacingo, para caucionar los reales tributos que por esta razón han de ser a su cargo.
FIANZAS
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Don Francisco Flores [de Castro], vecino de Jalapa, dueño de casa, otorga poder especial a don Juan Sánchez Casahonda, Agente de Negocios de la Real Audiencia de México, para que lo obligue como fiador, liso, llano y principal pagador de don Pedro Gorrindo Palomino, provisto Alcalde Mayor de la Provincia de Jalapa y su agregada Jalacingo, de las cantidades que cobrare por las licencias que diere de fierros.
El Capitán José Antonio de la Pedreguera, el Capitán, Manuel de Bárcena Bezanilla, el Alférez Juan de Bárcena, don Juan Gómez de Estrada y don Francisco del Día, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Juan Sánchez Casahonda, Agente de Negocios de la Real Audiencia y Corte de México, para que los obligue por dos mil pesos a cada uno a favor de la Real Hacienda, como fiadores de don Nicolás Antonio de Rosas y la Plaza, provisto Alcalde Mayor de Jalapa y Jalacingo, para caucionar los reales tributos de los que ha de hacerse cargo.
Don Juan Bautista Guido, vecino del pueblo de Jalapa, declara que don Tomás de la Calle y doña Cayetana María Lobato, esposos, y el apoderado de ella, dueños de tierras en el pueblo de Las Vigas, tienen pleito de tierras con los inquilinos a quienes se las tienen arrendadas, por lo cual el citado don Juan Bautista Guido, se constituye en fiador y pagador de don Tomás de la Calle, para que pueda apoyarlo en el cobro del arrendamiento de tierras.
Don Antonio García Campomanes, vecino de Naolinco, declara que Luis Antonio Ortiz de Zárate, pagará anualmente los 3, 800 pesos que a don José Leonel Gómez de Cervantes y la Higuera, le restan del arrendamiento de los mayorazgos, haciendas, tierras, aguas, etc., o en su defecto lo hará él, como su fiador, en la misma forma que contiene la escritura de fianza que en consorcio del difunto don Juan Miguel Rebolledo otorgó Tomás de Santiago y Cruz.
El Capitán de Milicias Provinciales, José Antonio de la Pedreguera, vecino de Jalapa, dijo que al señor Matías de Armona, Juez de Residencia, se le ha pedido fianza de Juzgado y sentenciado, por la residencia que de su merced va a tomarle al excelentísimo señor Juan Fernando de Palacio, Gobernador de Veracruz, por lo que a través de la presente otorga que se constituye en fiador liso y llano pagador de dicho Armona por cualquier cantidad de pesos que de residencia pueda o deba ser juzgado y sentenciado.
Don Juan Gómez de Estrada, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que el 11 del presente mes hizo postura de carnes de res y carnero y demás Ramos, en la que le admitieron posturas, pujas y mejoras hasta rematársele, acordando dar 4 libras y 12 onzas de carne de res por 1 real, y 26 onzas de carnero por otro real en esta cabecera y en los otros Ramos, cuyo remate tiene aceptado, obligándose a cumplir lo antes mencionado, ofreciendo como fiadores a don Antonio del Camino y don José Antonio de la Pedreguera, quienes aceptaron dicho cargo.
Don Luis Ortiz de Zárate, vecino del pueblo de Jalapa, otorga que subarrienda la hacienda de Cempoala a don Manuel Pérez Tirado, vecino de este pueblo, con todas sus tierras, aguas, pastos, montes, abrevaderos que pertenecen al mayorazgo de la Higuera, cuyo propietario es don José Leonel Gómez de Cervantes y la Higuera, por tiempo de 3 años, en 350 pesos anuales, quedando hipotecadas al seguro de la renta todas las siembras de frutos y aprovechamiento que resultaren de dicha hacienda con los demás bienes que introduzcan en ella, por lo que dicho Tirado dio como fiadores a don Joaquín Toraño y a don Nicolás Molina.
Don Tomás de Santiago y Cruz, vecino de Jalapa, dueño de casa, mulas y rancho en esta jurisdicción, dijo que se constituye en fiador de don Miguel Puchet y Herranz en el empleo de cajero pagador de la factoría de tabaco y en caso de que éste dejara de satisfacer todo los asuntos, entonces el otorgante se obliga a que lo hará por él hasta por la cantidad de 2, 000 pesos.
Don Francisco Fernández y Agudo, don Bernardo Sayago, don Manuel de Cano y Valle, don Francisco Antonio de la Serna y don Gervasio Rodríguez, dijeron que don Juan Nepomuceno de Urquía ha obtenido el destino de contador interino de la Aduana Marítima de Veracruz, para cuya posesión se le exigen cinco fiadores de a 2 000 pesos cada uno y estando anuentes los relacionantes a prestar esa caución, reduciéndolo a efecto por la presente en el modo más oportuno otorgan que se constituyen fiadores y principales pagadores en caución del manejo que sea al cargo del nominado don Juan Nepomuceno de Urquía en el indicado destino de contador de las Aduana Marítimas de Veracruz, obligándose los otorgante de mancomún a satisfacer el descubierto en que pueda salir el repetido Urquía hasta en cantidad de 10 000 pesos. Y estando presente la señora doña María Josefa Timotea Becerra, mujer legítima de don Gervasio Rodríguez, dijo que bien impuesta de las fianzas precedentes y de que uno de los fiadores lo es el nominado su marido, otorga que siempre que por algún evento lleguen a perseguirse los bienes de su referido esposo por la indicada fianza, no alegará la otorgante ningún derecho a ello sea el que fuese, ni hará el más ligero reclamo.
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